Más de 95.000 visas de residencia temporal de excepción (Virte) fueron entregadas por el Gobierno a extranjeros entre el 1 de octubre de 2022 y el 11 de abril de 2024.

De momento el sistema para el ingreso de solicitudes se encuentra cerrado —indicó Cancillería— ante un pedido de información de este Diario.

Señaló que el ingreso de solicitudes correspondientes a la tercera etapa del proceso extraordinario de regularización finalizó el 5 de abril de 2024, pero la tramitación podrá extenderse hasta el 5 de mayo.

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En total se han otorgado 95.070 visas Virte.

Para el efecto se emitió el Decreto Ejecutivo 436, de 1 de junio de 2022, que dispuso una amnistía migratoria a cargo del Ministerio del Interior y un proceso de regularización por Cancillería.

En el proceso han intervenido el Ministerio del Interior, con el registro de permanencia migratoria; Cancillería, responsable de la emisión de la visa Virte y la orden de cedulación; el Ministerio de Inclusión Económica y Social, en el acompañamiento de niñas, niños y adolescentes no acompañados o separados; y el Registro Civil, en la concesión de la cédula de identidad como extranjero residente en el país.

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La regularización Virte estableció un procedimiento que garantiza la identificación de la persona solicitante, desde el registro, en el Ministerio del Interior, hasta la emisión de la cédula en el Registro Civil.

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Hubo tres etapas en el proceso extraordinario de regularización:

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- Dirigido a ciudadanos venezolanos y su grupo familiar con ingreso por punto de control oficial hasta el 1 de junio de 2022.

- Dirigido a ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad, menos venezolana, que hayan ingresado por punto de control oficial hasta el 16 de septiembre del 2022.

- Dirigido a ciudadanos venezolanos y su grupo familiar con ingreso irregular.

Con el otorgamiento de la visa Virte, las personas que tienen ese documento tienen derecho a:

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- Una residencia temporal por dos años.

- A una cédula de identidad como extranjero residente con una vigencia por mismo tiempo de la visa.

- Podrán renovarla por una sola ocasión por una misma vigencia de dos años.

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- Pueden cambiar de visa a cualquier otra ordinaria mediante cumplimiento previo de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento.

- A los 21 meses de residencia temporal con la visa Virte podrían optar por una visa de residencia permanente mediante el cumplimiento previo de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento.

- Realizar cualquier actividad permitida por la ley ecuatoriana. (I)