Miguel Ángel Loor, presidente de la LigaPro, y Andrea Sotomayor, hasta este domingo secretaria del Deporte, anunciaron el viernes pasado, en una rueda de prensa, que los clubes profesionales del fútbol nacional pueden convertirse en “sociedades mercantiles” tras “expedirse una normativa sobre la transformación de las organizaciones deportivas, dedicadas a la práctica del deporte profesional”.

“Los clubes profesionales que opten por esta transformación a sociedades anónimas deportivas tendrán la oportunidad de acceder a una mayor capacidad de financiamiento, atrayendo inversiones nacionales o extranjeras”, dijeron la LigaPro y la Secretaría del Deporte en un comunicado.

Para el constitucionalista Antonio Pazmiño Ycaza, también síndico de Emelec, lo que la entidad que organiza el campeonato nacional y la cartera de Estado, que desde este lunes tendrá un nuevo titular, califican como “un gran paso para el deporte profesional ecuatoriano y para los clubes afiliados” no es legalmente viable.

Publicidad

“Mediante Acuerdo Ministerial 0302, del 17 de mayo de 2021, la Secretaría del Deporte ha expedido la normativa sobre la transformación de organizaciones deportivas dedicadas a la práctica del deporte profesional en sociedades mercantiles, lo que no es viable legalmente”, dice Pazmiño Ycaza. Explica que “de conformidad con la Ley de Compañías, las especies de sociedades mercantiles que existen en el Ecuador son las siguientes: Artículo 2.- Sin perjuicio de lo previsto en normas especiales, hay seis especies de sociedades mercantiles, a saber: La compañía en nombre colectivo; la compañía en comandita simple y dividida por acciones; la compañía de responsabilidad limitada; la compañía anónima; de economía mixta; y la sociedad por acciones simplificada. Estas seis especies de sociedades mercantiles constituyen personas jurídicas”.

De la posibilidad de transformación en sociedades anónimas se resaltó que implicará un mayor control de los clubes profesionales por parte de entes gubernamentales, con base en una mejor transparencia en el manejo administrativo y económico del club, a la par del correspondiente control económico que hace la LigaPro.

Documento de LigaPro sobre las sociedades mercantiles en el balompié profesional de Ecuador. Foto: Cortesía

Mientras, Pazmiño Ycaza le explicó a este Diario que “los clubes de fútbol no son compañías, son personas jurídicas de derecho civil, constituidas al amparo del Código Civil. Si bien el artículo de la Ley de Compañías antes citado dice ‘sin perjuicio de lo previsto en normas especiales’, esto se refiere a leyes. No se puede, vía reglamento de la Ley del Deporte, constituirse un nuevo tipo de sociedad mercantil, porque un reglamento no puede modificar una ley”.

Publicidad

Y aunque Loor añadió que la normativa ha surgido tras discusiones y aportes entre la LigaPro y la Ecuafútbol, para lograr que se apruebe un acuerdo ministerial que permita la creación de sociedades anónimas deportivas, el síndico millonario refuta esa posibilidad.

No pueden transformarse

“No solamente que no puede constituirse una sociedad anónima deportiva. Sino que tampoco un club puede transformarse en sociedad anónima deportiva. Una sociedad civil sin fines de lucro (los clubes deportivos) no pueden transfomarse en sociedad anónima. Un tipo de compañía puede transformarse en otro tipo de compañía, lo otro no”.

Publicidad

Antonio Pazmiño Ycaza, constitucionalista. Foto:

Pazmiño Ycaza se plantea lo siguiente: “¿Qué pasará cuando un club presente la solicitud de transformación ante la Superintendencia de Compañías? Seguramente, su pedido no prosperará. La intención de la secretaria Sotomayor no fue acompañada por una correcta asesoría de su abogado”.

El constitucionalista remató así su análisis: “Por otro lado, si se llegara a convertir un club en sociedad anónima y, en consecuencia, le tocará tributar, ahí sí ya tocará nomás bajar la cortina y apagar la luz”. (D)