En los diccionarios de siglos pasados, los nombres de cargos públicos solo constaban con género masculino, ya que por tradición esas funciones eran ejercidas únicamente por hombres. El femenino se usaba para referirse a la esposa del dignatario que desempeñaba algún cargo. Y así en el siglo XVII se usaba la palabra presidenta para nombrar a la esposa del presidente. No obstante, en aquellos tiempos la voz presidenta también tenía la acepción de ‘mujer que manda y preside en alguna comunidad’.

El uso del masculino también predominaba para los títulos y ocupaciones; por lo tanto una doctora era la mujer del doctor; la médica, la mujer del médico; la alcaldesa, la mujer del alcalde; una intendenta, la mujer del intendente. Pero como la presencia de la mujer se fue imponiendo en diferentes ámbitos profesionales, los diccionarios incluyeron el género femenino en las acepciones de muchos títulos y cargos. Así, en el siglo XX la gobernadora era la mujer del gobernador, pero también la que gobernaba un reino o nación; la concejala era la mujer del concejal, asimismo la que desempeñaba el cargo de concejal de un ayuntamiento.

En consecuencia, hoy la presidente y la presidenta, la alcalde y la alcaldesa son formas válidas. En estos nombres, la elección del género (masculino o femenino) depende de factores diversos, que pueden ser regionales, institucionales, entre otros. Pero hay casos en que solo rige el masculino: se debe decir la cabo, no la caba; la sargento, no la sargenta; la soldado, no la soldada; la vigilante, no la vigilanta; la canciller, no la cancillera, etc.

Como siempre, el hablante, no la hablanta, tiene la última palabra. (F)

FUENTES:

Diccionario de la lengua española (versión electrónica), Nueva gramática de la lengua española (2009), Libro de estilo de la lengua española (2010), Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española (en línea), de la Real Academia Española.