Diciembre es sinónimo de fiesta y de regalos. Y para los 2,5 millones de ecuatorianos, que integran la población económicamente activa con empleo adecuado, este mes llega con una ayuda adicional: el décimo tercer sueldo, que servirá para mantener a flote el bolsillo del hogar, pagar deudas o cumplir anhelos materiales.

Este pago, que debe llegar a las manos de los empleados hasta el 24 de diciembre, corresponde a la suma de todas las remuneraciones recibidas por el trabajador durante un año y divididas para 12; su periodo de cálculo comprende del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso.

Después de haber enfrentado meses difíciles por los efectos de la pandemia de COVID-19, ciudadanos tienen varias interrogantes sobre el pago de esta conquista laboral. EL UNIVERSO recogió esas consultas y se las trasladó a dos abogados especializados en Derecho Laboral.

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¿La crisis económica por COVID-19 es razón para que un empleador no pague el décimo tercer sueldo?

"Tiene que pagarse porque no hay ninguna ley que lo impida. Todas las garantías laborales se respetan, son irrenunciables", indica el abogado William Galindo.

El letrado Christian Cerezo añade que la crisis no es motivo de un no pago, debido a que "la legislación laboral es clara en indicar que se puede llegar a acuerdos de pago".

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Producto de la pandemia, muchas empresas se acogieron a la figura legal de reducción emergente de la jornada laboral, contemplada en la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19, con el objetivo de reducir el rubro sueldos para mantener las plazas laborales. Desde el 22 de junio hasta el 5 de noviembre, el Ministerio del Trabajo registra 66.316 contratos con jornada reducida.

¿Se afecta el cálculo de la décimo tercera remuneración?

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"Sí. Por motivo que el décimo tercer sueldo es el cálculo de las remuneraciones que se perciben desde diciembre de 2019 hasta el 30 de noviembre de 2020, y en muchos casos durante este periodo de pandemia muchas plazas de trabajos han sido reducidas en sus remuneraciones, por ende afectan dicho cálculo", refiere Cerezo.

Según el Ministerio de Salud Pública (MSP), unas quince mil muertes relacionadas con el COVID-19 se han registrado desde marzo hasta la fecha, unos diez mil casos confirmados; y, el resto, casos sospechosos.

COMUNICADO | Situación Nacional #COVID19

Las familias de empleados que murieron por esta enfermedad u otra causa tuvieron que recibir un pago proporcional del décimo tercer sueldo. ¿Cómo se puede reclamar esto?

"Cuando una persona fallece, se hace un cálculo como si hubiese sido despedido intempestivamente y la familia recibe la indemnización del trabajador. Ahí van incluidos todos los valores (décimo tercer sueldo)", detalla Galindo.

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Los familiares directos del trabajador tienen derecho a esa liquidación, detalla Cerezo. Y lo hacen "presentando la posesión efectiva que les acredite como herederos del fallecido".

Y si el patrono no cancela el décimo tercer sueldo o un valor que no corresponde al cálculo real de esa remuneración, el empleador puede presentar una denuncia administrativa. ¿Ante qué institución?

"El trabajador tiene derecho a reclamar ante la autoridad administrativa que es el Ministerio de Trabajo en caso de no pago de este beneficio, posterior al 24 de diciembre, que es la fecha límite, salvo que exista un acuerdo entre trabajador y empleador se puede extender este plazo, caso contrario es hasta la fecha antes indicada", señala Cerezo.

#PorTusDerechos | ¿Sabes cómo se calcula el Décimo Tercer Sueldo?

En estas fechas, una parte de las empresas entrega a sus empleados bonos navideños, que pueden ser tarjetas con cupo para comprar comida o juguetes, o canastas de víveres. Los abogados especializados en Derecho Laboral aclaran a ciudadanos que confunden el pago del décimo tercer sueldo con estos otros regalos de los patronos: son cosas distintas.

"Hay empleadores que le pueden dar un bono o no. Es opcional", indica el abogado Galindo. (I)