Alexandra N. L., exdirectora de la cárcel de Jipijapa, fue sentenciada la noche del pasado miércoles a cumplir una condena de cuatro años de privación de libertad.

El Tribunal Penal de Manabí la halló culpable del delito de concusión, tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), confirmó Óscar Alarcón, su abogado defensor.

La audiencia de juzgamiento se inició el pasado lunes 19 de abril, y luego de tres días de sesiones se determinó la sentencia. Alexandra N. fue detenida en noviembre pasado, un mes después de que se presentó una denuncia por presunta extorsión; incluso, la aprehensión de la exfuncionaria se dio en la misma cárcel donde fungía como directora.

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En esa fecha de la detención, la Fiscalía General del Estado (FGE), a través de un comunicado, informó que entre los principales elementos de convicción constaba la denuncia presentada por un familiar de una persona privada de la libertad (PPL) del CRS de Jipijapa, a “quien la procesada habría solicitado 2.000 dólares para no ingresar en su expediente el detalle de una falta disciplinaria en el interior del lugar. Al no contar con la totalidad del dinero, depositó una parte en una tarjeta de crédito de Alexandra N. L., pero —según consta en la denuncia— la exfuncionaria pidió lo que faltaba”, se indicó.

Alarcón acotó que el delegado de FGE ni siquiera presentó el expediente en la audiencia de juzgamiento, y que ninguno de los testigos referenciales dijo que su defendida les había pedido dinero, que es la base para acusar a una persona del presunto delito de concusión.

“La denuncia se la presentó el 21 de octubre del año 2020 a las 17:45 en Portoviejo, y ese mismo día a las 19:00, en la Tienda de Anita, en Manta, se hizo un depósito de 126 dólares en una tarjeta de (almacén), en donde ella no tiene servicio de notificación. Hay una retaliación por parte del caporal de la cárcel, que es la persona quien, a través de la esposa, le presenta una denuncia porque el caporal tuvo un comportamiento en una agresión con una PPL y fue sancionado por la directora, pero la Fiscalía hace caso omiso de eso y la justicia igual”, declaró Alarcón.

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Agregó que la sentencia fue el primer paso dentro de este proceso legal y que, una vez sea notificado lo resuelto por el Tribunal, pedirá una suspensión condicional de la pena impuesta en contra de la exdirectora, porque el dictamen condenatorio previsto no supera los cinco años; además, que no se trata de un delito de violencia intrafamiliar, ni de carácter sexual, y que los antecedentes penales de su defendida la destacan como una persona de bien.

Dentro de la indagación del proceso 13284-2020-07888, según folios judiciales, se conoció que en el momento de la detención de la exdirectora en noviembre pasado, “se le encontró en su poder, en la chaqueta de color azul tipo jean marca Patprimo, dinero en efectivo (veinte soportes de papel moneda de similares características a billetes de denominaciones de veinte dólares), los cuales presuntamente habrían sido exigidos por parte de la procesada a una de las presuntas víctimas”.

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Ante eso, Alarcón indicó que ese dinero le pertenecía a la madre de su defendida y que fue justificado, por lo cual el monto fue devuelto a su dueña.

“Porque la señora está detenida por 126 dólares, que le han depositado a su tarjeta, ni siquiera se ha periciado la tarjeta, absolutamente nada, ni el teléfono celular de ella se ha explotado para establecer dónde está la intimidación o la exigencia que se requiere en derecho para probar ese tipo de delitos”, expuso Alarcón. (I)