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Un nuevo esquema de tributación presentó este jueves el Gobierno Nacional con una variación en el cálculo del impuesto a la renta.

En la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar se establecen tres fórmulas para fijar el monto máximo de la rebaja de este impuesto para personas naturales. El Gobierno espera que los cambios entren en vigencia desde este mismo 2023.

¿Cuánto impuesto a la renta pagará si se aplica reforma tributaria?

De acuerdo a sus gastos personales, se acogerá a alguna de estas fórmulas:

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  • Para las personas naturales sin cargas familiares, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18 % del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por siete (7).
  • Para las personas naturales con cargas familiares, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18 % del menor valor entre los gastos personales y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por la cantidad de canastas que le corresponda, según el número de sus cargas familiares. Con una carga el tope será de nueve canastas y a más cargas se aumenta el tope: dos cargas, 11 canastas; tres cargas, 14 canastas; cuatro cargas, 17 canastas; y cinco o más cargas, 20 canastas.
  • Para las personas naturales con o a cargo de personas con enfermedades catastróficas, raras y/o huérfanas, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18 % del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por veinte (20).

El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó una calculadora para que el contribuyente se vaya familiarizando con el nuevo esquema.

Actualmente la rebaja es del 10 % y 20 % de los gastos personales que tenían como tope siete canastas básicas, alrededor de $ 5.000. El 10 % de rebaja lo tuvieron quienes reportaron ingresos anuales mayores a $ 25.000 y el 20 % quienes tuvieron menos de ese valor.

En esta página del SRI también puede consultar el impuesto a la renta y la salida de divisas que ha generado. (I)

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