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Calendario tributario: Estas son las fechas topes para presentar anexo de gastos personales al SRI

Desde este 10 de febrero comenzaron a vencer los plazos para cumplir con este trámite que permite tener rebaja en pago de impuesto a la renta.

Todos los trabajadores que usaron rebaja de impuesto a la renta en 2022 deben presentar anexo de gastos personales en febrero. El SRI tiene un tutorial en YouTube sobre cómo cumplir con este trámite. Foto: Captura de pantalla

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En este mes de febrero todos los trabajadores en relación de dependencia deben presentar el anexo de gastos personales al Servicio de Rentas Internas (SRI) si aplicaron a la rebaja del impuesto a la renta a través de la proyección de gastos personales.

Esta es la primera vez que todos los que hicieron uso de la rebaja deben presentar este anexo, pues antes solo tenían obligación de hacerlo los que no proyectaban tantos gastos personales, pues la norma establecía que el anexo se debía presentar solo cuando los gastos proyectados por el trabajador superaban el 50 % de la fracción básica desgravada (esto era menos de $ 5.600). Pero ahora -por la reforma tributaria que rige desde 2022- el reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno indica que “a efecto de llevar a cabo la rebaja, el contribuyente deberá presentar obligatoriamente el anexo de los gastos personales”.

Todos los trabajadores que usaron rebaja de impuesto a la renta en 2022 deben presentar anexo de gastos personales en febrero

Para presentar este anexo -que implica sustentar los gastos personales con las facturas- todos los años se aplica un calendario según el noveno dígito de la cédula de identidad o RUC del contribuyente. Cada dos días es el plazo a un dígito pero si el día asignado cae feriado o fin de semana se traslada al siguiente día hábil.

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El SRI en una de las capacitaciones que realizó sobre el anexo de gastos personales presentó las fechas topes para presentarlo:

  • Si el noveno dígito del RUC o cédula es 1 la fecha máxima de entrega es el 10 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 2 la fecha máxima es 12 de febrero, pero como cae domingo se corre al lunes 13 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 3 la fecha máxima es 14 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 4 la fecha máxima es 16 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 5 la fecha máxima es 18 de febrero, pero como cae domingo y empieza el feriado de carnaval se corre al miércoles 22 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 6 la fecha máxima es 20 de febrero, pero como es feriado se corre al miércoles 22 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 7 la fecha máxima es 22 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 8 la fecha máxima es 24 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 9 la fecha máxima es 26 de febrero, pero como cae domingo se corre al lunes 27 de febrero.
  • Si el noveno dígito es 0 la fecha máxima es 28 de febrero.

El SRI en el link de calendario tributario en su portal también indica que “cuando una fecha de vencimiento coincida con fines de semana o feriados nacionales o locales, se trasladará al siguiente día hábil, en caso de que esta nueva fecha de vencimiento se traslade al siguiente mes, la fecha de vencimiento corresponderá al último día hábil del mes de vencimiento”.

Tope de gastos personales será de $ 5.344,08 para aplicar a rebaja en el impuesto a la renta

La entidad tiene publicada la información relacionada a la presentación del anexo de gastos personales en un tutorial que mantiene en su canal de Youtube SRI Ecuador. En este link Anexo de Gastos personales año fiscal 2022 - YouTube está esta capacitación para los contribuyentes que lo necesiten.

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El ciclo del impuesto a la renta tiene tres partes: la primera fue en enero del 2022 cuando se realizó la presentación de los gastos personales, calculando cuánto se iba a gastar durante ese año. Ahora estamos en la segunda parte: en febrero del 2023 se debe presentar el anexo de esos gastos, en marzo ya tocará hacer la declaración, todo esto corresponde al ejercicio del 2022. La proyección de gastos que hace poco se presentó (en enero pasado) es por el 2023 que se deberá sustentar el próximo año. (I)

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