Desde este 1 de junio algunos centros veterinarios han comunicado a sus clientes que empezarán a cobrar el impuesto al valor agregado (IVA) por atenciones médicas a las mascotas. En la clínica veterinaria Royal Vet, del sector de Los Chillos, en Quito, ya comenzaron con el cobro este mes. Los encargados indicaron que su contador les explicó que se habían dado cambios y que deberían empezar a cobrar el 12 % del IVA. De la misma manera, DiagnoVet, un laboratorio y clínica veterinaria de Guayaquil, informó a sus clientes que todos los estudios que se realizan a las mascotas vendrán gravados con IVA, desde este 1 de junio.

La decisión de estos centros médicos se da en medio de una campaña de disuasión (visita de fedatarios) iniciada por el Servicio de Rentas Internas (SRI) en varios de estos centros veterinarios, según cuentan dueños de estos establecimientos. Sin embargo, hay toda una polémica sobre si se debe cobrar o no 12 % de IVA por las atenciones de salud de mascotas.

Así, la medida “aconsejada” por el SRI de cobrar IVA para atenciones médicas cuenta con el total rechazo de médicos veterinarios, quienes consideran una violación a la Constitución la intención de Rentas Internas de cobrar IVA a las atenciones de salud animal.

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Guido Granda, médico veterinario con varios años de trayectoria, explica: “Los veterinarios sí somos profesionales de la salud, vinculados íntimamente con la salud humana” y aclara que desde hace años no se ha gravado el 12 %, justamente considerando esta situación. Para Granda, existe un vacío en la parte constitucional donde no se menciona a los veterinarios.

Particularmente Granda dice de su experiencia que sin gravar el IVA ya era difícil que los dueños se preocupen de llevar a las mascotas a la atención, y ahora si se empieza a gravar sería mucho más complejo, por ser más costoso. “Será contraproducente, en vez de recaudar más los veterinarios vamos a tener menos pacientes, menos trabajo y menos ingresos”. Considera que el Gobierno ha anunciado que en la nueva reforma tributaria habría un nuevo ámbito de deducción para gastos de mascotas, y este sería el enganche para el nuevo cobro. Sin embargo, llama a la reflexión de que el tema veterinario debe ser considerado dentro de servicios de salud.

Roberto Rueda, presidente de la Asociación de Médicos Veterinarios de Pequeñas Especies del Ecuador (organización global), explica que este es un problema que se ha hecho visible ahora, pero que se viene arrastrando desde el 2014. Lamenta que los criterios de la administración tributaria van cambiando cada vez.

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Recuerda que en 2014, en el gobierno de Rafael Correa, el SRI mediante un oficio dispuso que los veterinarios cobren honorarios médicos con IVA. Sin embargo, hubo todo un trabajo de diálogo y exposición con expertos jurídicos que explicaron a las autoridades del SRI la ilegalidad de hacer dicho cobro. Esto es porque en la Constitución se explica que los servicios de salud están excluidos del IVA. Sin embargo, reconoce que no se aclara si es salud humana o veterinaria. Su gremio considera que como médicos los veterinarios ofrecen servicio de salud.

También indica que luego, en el gobierno de Lenín Moreno, se buscó gravar el servicio de salud veterinario y actualmente se da nuevamente esta intentona. Explica que, en este sentido, han buscado nuevamente un acercamiento con el SRI y por lo tanto ya tienen una cita el próximo 6 de junio. La idea es que acudan representantes de gremios, abogados e incluso miembros de la academia, para presentar sus argumentos. Lamenta que en estos días el SRI vaya a diversos centros veterinarios, en una suerte de intimidación, y les aconseje a los médicos cobrar IVA.

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En todo caso, desde el gremio se les ha dicho a sus asociados que mientras no haya una decisión oficial:

  • No deben cobrar IVA y más bien deben seguir facturando como servicios médicos veterinarios, sin IVA. Para el gremio, el SRI no puede hacer interpretación de la ley y el SRI no ha emitido ninguna resolución vinculante para dicho cobro.
  • Está en trámite un pedido al Ministerio de Salud Pública para que certifique que los veterinarios son parte del sistema de salud humana, incluso por la atención a enfermedades zoonóticas. Para Rueda, actualmente la tendencia mundial es considerar a la salud una sola (One Health). Cree que el tema veterinario no se limita a las mascotas, sino también a la producción en el campo. Se toma como un incremento del IVA que va a encarecer los servicios veterinarios y, por ende, incluso los productos.
  • También se ha hecho consultas al procurador del Estado sobre el mismo tema.

Rueda, por su parte, explica que una cosa son los servicios de salud que no deben gravar IVA y otros son servicios como peluquería, baños, alimento, juguetes, ropa, que sí tienen IVA.

Entre tanto, el SRI considera que según la normativa tributaria vigente desde el año 2007 los servicios veterinarios se encuentran gravados con tarifa del 12 % de IVA, a diferencia de los servicios de salud que son gravados con tarifa 0 % de IVA, y que según la Ley Orgánica de la Salud y su Reglamento, estos últimos se refieren a aquellos destinados a los ”individuos de la especie humana”.

La tarde de este 1 de junio la entidad indicó que en uso de sus facultades y como parte de su plan de control tributario está socializando y recordando a los contribuyentes de este segmento la obligación de emitir y entregar comprobantes de venta con tarifa del 12 % de IVA por los servicios veterinarios prestados.

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El artículo 56 de la Ley de Régimen Tributario Interno enumera los servicios y las condiciones que gravan 0 % de la tarifa de IVA. Dentro de estos servicios específicos constan los de salud, pero no detalla servicios veterinarios.

El artículo 191 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno establece que los servicios de salud exentos “son aquellos que están destinados a la prevención, recuperación y rehabilitación en forma ambulatoria, domiciliaria o internamiento y prestados por los establecimientos o centros de salud legalmente autorizados para dar tales servicios, así como los prestados por profesionales de la salud con título universitario de tercer nivel (...). Comprende también los servicios prestados por las empresas de salud y medicina prepagada regidas por la ley de la materia; así como los servicios de fabricación de medicamentos y drogas de uso humano y veterinario, prestados por compañías legalmente autorizadas para proporcionar los mismos”.

Justamente, sobre este último artículo, Pablo Guevara, socio de Andersen, consultora tributaria, explica que los servicios de medicina veterinaria siempre han estado exentos de IVA y que pretender ahora cobrarlo no sería legal, y más bien si esto ocurriera, significaría que antes el SRI no estuvo cobrando y debería entonces glosarse al SRI por ello.

Para Guevara, el artículo 191 que habla sobre que los servicios de salud están exentos del IVA no hace ninguna discriminación sobre los servicios de salud humana y animal. Sin embargo, en uno de los párrafos habla de los servicios de fabricación de medicamentos y drogas de uso humano y veterinario. Al mencionarlos, este artículo más bien abre la puerta para que los temas de salud humana y veterinaria sean tomadas en cuenta, dice. (I)