Dos hermanos heredaron bienes tras el fallecimiento de su madre en febrero del 2020. La cuantía sobrepasó la base sobre la cual, hasta noviembre pasado, antes de que se dispusiera su “eliminación”, se debía pagar el impuesto a herencias y legados que era de $ 72.090,01.

Michael Dáger, el abogado que llevó adelante el trámite de uno de ellos, aseguró que pese a haber heredado una gran cantidad en bienes, no significó que ellos tuvieran el dinero en efectivo que debían cancelar por ese tributo, que ascendió a $ 12.000.

Esto derivó en un convenio de pago con el Servicio de Rentas Internas (SRI), por medio del cual los beneficiarios cancelan cuotas mensuales de $ 800 para cubrir esa deuda.

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Según cifras obtenidas por Diario EL UNIVERSO de la página web del SRI, desde el 2010 al 2021 (de enero a noviembre en este último año) se recaudaron $ 215,6 millones por este impuesto. Por ejemplo, en el 2020 se generaron $ 24,3 millones, lo que representó tan solo el 0,2 % de la recaudación total.

En el periodo analizado, el año de mayor recaudación es el 2021 con $ 38,2 millones; y el más bajo fue el 2012 con tan solo $ 6 millones. En tanto que en el 2016 se registró un desplome en el promedio que se venía recaudando. Pues en el 2015 se percibieron $ 28,8 millones, en el 2016 cayó a $ 14,5 millones; y en el 2017 volvió a subir a $ 25,9 millones.

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Al respecto, el experto tributario Carlos Licto aseguró que no encontró razones para esa disminución, tan solo la Ley de Apoyo Humanitario por el Terremoto de 2016 que estableció una exoneración en el impuesto, pero para las donaciones de bienes a favor de personas naturales domiciliadas en la provincia de Manabí, el cantón Muisne y en las otras circunscripciones de la provincia de Esmeraldas. Esto, según su criterio, no es suficiente para una caída tan dramática.

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Otra particularidad que se halló en el periodo analizado es que Pichincha fue la provincia con mayor recaudación de este impuesto, seguida de Guayas y Azuay, aunque en mucho menor valor.

Diario EL UNIVERSO consultó al Ministerio de Finanzas sobre el uso que se les dio a estos recursos. La cartera de Estado sostuvo que se financiaron los gastos permanentes del Presupuesto General del Estado (PGE).

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Este tributo se remonta al 29 de octubre de 1912, cuando se creó la Ley de Impuestos Patrióticos que, entre otros gravámenes, estableció el impuesto a herencias y donaciones, según información obtenida del Repositorio Institucional de la Universidad Andina Simón Bolívar.

Sin embargo, no fue hasta el 30 de octubre de 1920 que se expidió una ley específica para recaudar este impuesto.

Esta estableció que toda sucesión testada o abintestato que valiere más de diez mil sucres hasta cincuenta mil sucres pagaría sobre el acervo total de bienes un medio por ciento; este porcentaje aumentaba conforme el valor de la sucesión hasta llegar al 3 % que gravaba lo que superaba el millón de sucres.

Desde esa época se emitieron nueve leyes o reformas para el efecto, hasta el 22 de diciembre de 1989 cuando, en la Ley de Régimen Tributario Interno, se derogó la Ley de impuestos a las herencias, legados y donaciones y a partir de esta se incluyó el gravamen como impuesto a la renta sobre ingresos provenientes de esas fuentes, con una tarifa proporcional del 10 % sobre el excedente de cinco millones de sucres.

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En el 2001, la Ley Reformatoria, conocida como la Ley 41, modificó la tarifa única y la redujo del 10 al 5 % sobre el exceso de la fracción básica no gravada del impuesto.

En el 2008, a través de la Ley de la Equidad, durante el gobierno de Rafael Correa, se modificó la tasa impositiva cuyo rango mínimo para no pagar este impuesto fue de $ 0 hasta $ 68.880.

En el 2015 la normativa fue nuevamente modificada e incrementó el espectro de acción al disminuir el monto de la base desde $ 0 hasta $ 35.400; después y hasta el 2021 la base se actualizó anualmente conforme a la inflación, hasta que fue modificada con la promulgación de la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal que entró en vigencia el 29 de noviembre pasado, a través de la cual se emitieron exoneraciones.

Su “eliminación”, como la denominó el presidente de la República, Guillermo Lasso, se debe a la poca representatividad que ocupa dentro de la recaudación tributaria. Según el primer mandatario, el 1 de septiembre pasado, en una entrevista en el palacio de Carondelet, el impuesto a la herencia “no genera nada al Estado”.

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“El más modesto de los ecuatorianos es dueño de un terrenito, es dueño de una casa, es dueño de un barco pesquero, es dueño de una finca... ¿Y qué quiere?, que el esfuerzo de su vida llegue a sus hijos, no al Estado. Por lo tanto, ese impuesto, que atemoriza y molesta a los ciudadanos, vamos a eliminarlo”, prometió Lasso.

En tanto, sobre las exoneraciones actuales, el tributarista Javier Bustos destacó, por ejemplo, que “se exonera del pago del impuesto a la herencia a los beneficiarios dentro del primer grado de consanguinidad con el causante. Tampoco se causará el impuesto en el caso de que el beneficiario sea uno de los cónyuges supervivientes, siempre que no existan hijos que puedan acceder a la masa hereditaria”.

Añadió que a la exoneración vigente también se suman las herencias que se generan por fallecimiento del causante entre el 15 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, excepto para quienes ya lo hubieren pagado. Esto se define en la Disposición Transitoria Décima de la Norma.

A criterio de Bustos, el impuesto a la renta sobre herencias para los países que lo mantienen, antes que un fin recaudatorio, busca disminuir las brechas entre grandes fortunas y personas que viven en niveles de pobreza, es lo que se llama redistribución de la riqueza.

Es así que Ecuador, antes de la promulgación de la Ley, estaba dentro de los siete países que más porcentaje de impuesto a la herencia cobran en el mundo, de acuerdo con un escalafón de la consultora PwC (Price Waterhouse Coopers). El cobro de este impuesto se realizaba progresivamente desde 5 % y que llegaba hasta el 35 %, cuando el monto recibido era superior a $ 865.113. Francia, con el 60 %, es el país que tiene el más alto porcentaje que se cobra por ese tributo.

Licto también consideró que la recaudación del impuesto es mínima frente a lo que el SRI logra percibir por impuesto a la renta global, IVA, ISD e ICE que son los más grandes. “Estamos hablando de $ 10.000 millones entre estos cuatro impuestos frente a $ 24 o $ 25 millones que pudiera lograr el impuesto a la herencia en sus mejores tiempos”, comparó el experto.

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Por esta razón, Licto aseguró que este impuesto obedece más a un planteamiento filosófico y político “de por qué las grandes fortunas no pagan impuestos cuando los hijos reciben de manera gratuita estos grandes patrimonios, desde el punto de vista de la justicia distributiva”.

Sin embargo, advirtió que la decisión adoptada por el actual Gobierno pudiera ser cambiada por otro presidente con otra ideología, por ejemplo, izquierda-progresista, que esté en contra de estas grandes fortunas.

“Ahorita estamos viviendo una ideología de derecha, de centroderecha, que mira por estos legados”, expresó Licto, quien no obstante indicó que se puede llegar a términos medios, para que se cobre este impuesto cuando se hereden bienes suntuarios o bienes que no generan beneficios para la sociedad, como casas de recreo, yates, entre otros; pero si se heredan fábricas, no cobrar los impuestos.

Mientras, para Dáger, por más mínimo que el impuesto recaude y represente para el Estado, el país pierde. “Si es que acaso el Ecuador pierde o gana porque ha dejado de cobrar, yo creo que pierde, porque más allá de que se recauden $ 1.000 millones, $ 100 millones, así sea un dólar, pierde”, sostuvo el jurisconsulto. (I)