En este mes, miles de trabajadores que se encuentran en relación de dependencia se encuentran en la elaboración de su proyección de gastos personales correspondientes al año 2022.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó el formulario único para la proyección de gastos personales con el que se podrá cumplir con la disposición. En este año se aplica un nuevo esquema que son las rebajas del impuesto a la renta causado por gastos personales sustentados en comprobantes de venta, del 10 % y el 20 % de dichos gastos.

La fracción básica desgravada del impuesto a la renta para este año corresponde a 11.310 dólares y son necesarios los comprobantes de venta para deducir los gastos en:

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  • Arriendo o pago de intereses por créditos para adquisición de una sola vivienda.
  • Alimentación.
  • Pensiones alimenticias.
  • Vestimenta.
  • Turismo nacional en establecimientos registrados y con LUAE La Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas).
  • Salud.
  • Educación (incluye los gastos efectuados en arte y cultura).

Estos son los cambios en la proyección de gastos personales para el 2022

¿Hasta cuándo se puede presentar la proyección de gastos personales?

De acuerdo con el inciso primero del artículo 50 de la Ley de Régimen Tributario Interno dispone que esta proyección se debe presentar el documento a los empleadores dentro del mes de enero, ante esto varias empresas disponen días previos al fin de mes para su entrega.

En el caso de que el empleado considere que hay cambios en la proyección de enero se puede presentar una nueva en julio o agosto, aunque si hay un incremento de sueldo o salario se podrá hacerlo en cualquier mes del año.