El Servicio de Rentas Internas (SRI) destaca entre los beneficios de la reforma tributaria, que entregó el Gobierno a la Asamblea Nacional para su trámite urgente, que la tabla del impuesto a la renta de personas naturales es más progresiva y justa.

Impuesto a la renta: ahora rebaja dependerá de cuántas cargas familiares tenga el contribuyente y no del sueldo

El proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar plantea modificar el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno que trata sobre la tabla que sirve para calcular el pago del impuesto a la renta.

Esta es la tabla de impuesto a la renta que propone la reforma tributaria del 2023:

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Fracción básicaExceso hastaImpuesto sobre fracción básica% impuesto sobre fracción excedente
011.72200 %
11.72214.93005 %
14.93019.38516010 %
19.38525.63860612 %
25.63833.7381.35615 %
33.73844.7212.57120 %
44.72159.5374.76825 %
59.53779.3888.47230 %
79.388105.58014.42735 %
105.580en adelante23.59437 %

La fracción básica se mantiene en $ 11.722, pero hay variaciones en los valores de los rangos y en el impuesto fijo a pagar en cada uno de los segmentos, en dos casos baja y en la mayoría aumenta.

  • En el tercer rango el impuesto sobre la fracción básica baja de $ 161 a $ 160
  • En el cuarto rango sube de $ 534 a $ 606
  • En el quinto rango sube de $ 984 a $ 1.356
  • En el sexto rango sube de $ 2.539 a $ 2.571
  • En el séptimo rango sube de $ 4.612 a $ 4.768
  • En el octavo rango sube de $ 7.203 a $ 8.472
  • En el noveno rango sube de $ 10.312 a $ 14.427
  • En el décimo rango baja de $ 24.231 a $ 23.594

Los porcentajes que se aplican a la fracción excedente para cuantificar el impuesto se mantienen entre el 0 % hasta el 37 %. (I)