La Corte Constitucional (CC) declaró la inconstitucionalidad del artículo 56 de la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable (Loasfas).

El artículo de la norma, que ahora se deberá modificar, permitía el ingreso de semillas y cultivos transgénicos para experimentación. El fallo favor de la Corte se sostiene en el incumplimiento del trámite previsto en el artículo 401 de la Constitución en el que “se declara al Ecuador libre de cultivos y semillas transgénicas”.

La especialista en derecho ambiental Mariela Irigoyen explicó que la respuesta de la Corte se dio luego de varios años. “Fueron seis demandas de inconstitucionalidad presentadas por colectivos como Acción Ecológica, Ecuarunari, Conaie, un grupo de abogados y un grupo de organizaciones sociales como la Coordinadora de Agroecología, el Colectivo Agroecológico y la Red de Guardianes de Semillas”. Además, dijo Irigoyen, las demandas estuvieron acompañadas de 22 amicus curiae nacionales e internacionales.

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Para el colectivo Ecuador Libre de Transgénicos es importante recalcar que las semillas expresan la combinación entre el trabajo humano y la naturaleza. Además, estas son la base de la agricultura y, por lo tanto, de la alimentación a escala nacional.

En una rueda de prensa, el colectivo recalcó que, desde la introducción de las semillas certificadas, esta diversidad se ha visto amenazada por la homogenización que pretende establecer solamente un mercado de semillas certificadas con apoyo estatal.

Por esta razón, dentro del dictamen de la Corte también se incluyó que existan estímulos para la producción sostenible de semillas y dentro de la definición de semilla de calidad se incluya a las que provienen de los saberes ancestrales.

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Ecuador se declaró libre de cultivos y semillas transgénicas en 2008. Sin embargo, el debate se avivó cuando el expresidente Rafael Correa objetó parcialmente la Ley de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento a la Agricultura Sustentable, en mayo del 2017, para incluir en el artículo 56 la excepción de permitir el ingreso con fines investigativos. La normativa luego fue aprobada por la Asamblea Nacional.

La investigadora Ana Lucía Bravo explicó que ahora el beneficio de este fallo a favor es para todos los ecuatorianos. “A la larga todos nos alimentamos y queremos hacerlo de la mejor manera, con productos sanos, nutritivos y agroecológicos que cuiden nuestra salud y la naturaleza. Además, esta decisión protege a aquellas personas que han dedicado su vida a la producción de semillas y a los cultivos”.

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La sentencia, aseguró Bravo, es un logro histórico ya que ratifica que Ecuador es un país libre de transgénicos.

Con la sentencia, el artículo 56 referente a semillas y cultivos transgénicos deberá modificarse con el texto: “Constituyen infracciones especiales muy graves el ingreso o uso no autorizado de semillas y cultivos genéticamente modificados”.

Además, el documento de la Corte señala que, de considerarlo pertinente, el presidente de la República tendría que cumplir con el trámite previsto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa para una nueva solicitud de ingreso de este tipo de semillas, así como cumplir las obligaciones relativas con los pueblos y nacionalidades indígenas.

Elizabeth Bravo, miembro de la organización Acción Ecológica, expuso que la soya, maíz, algodón y colza son el 99 % de los transgénicos que existen en el mundo. “Existen por dos razones, para vender más plaguicidas y porque las semillas tienen propiedad intelectual, es negocio, no tiene nada que ver con la vida y la alimentación”.

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Adicionalmente, la CC dispuso al Consejo Consultivo de la Agrobiodiversidad y Semillas que presente un proyecto de protocolo para que sea aprobado por la Autoridad Agraria Nacional, relacionado con la determinación de la calidad de semillas campesinas, según lo analizado en esta decisión. La Autoridad Agraria Nacional deberá aprobar el protocolo en el plazo de un año contado a partir de la notificación de la decisión. (I)