La deuda privada del Ecuador se ha reducido en más de $ 1.000 millones entre agosto del 2022 y marzo del 2023, coincidiendo con el mayor incremento de riesgo país. Es que mientras en agosto la deuda pública se había colocado en $ 11.986 millones, para febrero de este año se ha ubicado en $ 10.914 millones, es decir ($ 1.072 millones menos). El actual monto de deuda privada también significó una reducción importante entre enero 2023 (11.407 millones) al actual monto de febrero ($ 10,914 millones)

La reducción del crédito externo, que es proporcional a cómo ha ido subiendo el riesgo país, desemboca en la escasez de crédito interno y en el flujo de billetes dólares frescos en nuestra economía, según indican expertos.

En enero del 2022 el riesgo país estaba en 768 puntos, sin embargo ha experimentado una escalada desde hace varios meses. Para agosto del 2022, luego de las protestas indígenas y durante las mesas de diálogo y las negociaciones de paz, el riesgo subió a 1.555 puntos (22 de agosto). Luego tuvo una leve baja, pero, se incrementó a 1.584 en febrero del 2023 (5 de febrero) tras las elecciones que no le fueron favorables al Gobierno. Al conocerse la intención de juicio político en contra del presidente Lasso, el riesgo llegó hasta 1.975 puntos, el 6 de abril. Al 17 de abril, con un juicio político en marcha, se colocó en 1.864 puntos. El riesgo país eleva las tasas a las cuales el Ecuador puede endeudarse, tanto a nivel privado como público.

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De acuerdo con Jaime Carrera, secretario ejecutivo del Observatorio de la Política Fiscal (OPF) la reducción de la deuda privada está estrechamente ligada al incremento del riesgo país. Es que al ser más costoso el crédito en el exterior, las empresas y bancos se endeudan menos y más bien van pagando sus vencimientos y nada más. Si se endeudaran con créditos caros, el incremento deberían trasladarlo a sus productos (en el caso de las empresas)y a los créditos (en el caso de la banca), lo cual no viable, tanto por la legislación como por la situación del mercado.

Entonces, dice Carrera, la consecuencia de un crédito caro externo es justamente la reducción en el acceso al crédito de las empresas y la banca y, por tanto, como parte de la cadena, la disminución del crédito en el país. Como corolario, la economía no crece, pues el crédito es un factor básico para ello para el crecimiento de una economía. Adicionalmente, en una economía dolarizada es preocupante este menor acceso a crédito externo, pues la deuda privada es una fuente de flujo de dólares a la economía explica, explicó.

Sobre el tema, Alberto Acosta Burneo, editor de Análisis Semanal, dijo que el acceso a financiamiento externo es fundamental para un país en desarrollo como Ecuador. Todo país que quiere acelerar su ritmo de desarrollo debe tener acceso a capitales que están en países desarrollados. En este sentido indicó que es preocupante que el acceso al crédito esté cayendo, en un entorno en el que el financiamiento interno también está escaso, y por lo tanto la inversión no repunta.

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En medio de este panorama, hace pocas semanas, el gerente del Banco Central, Guillermo Avellán, informó que se está trabajando una reforma en la Junta Monetaria sobre la deducibilidad de los intereses de los créditos en el Impuesto a la Renta y la exoneración del ISD. Según el Banco Central, esta es una reforma necesaria a una política vigente, que no es nueva, y que permite mantener el dinamismo económico, especialmente cuando se consiguen recursos en el exterior.

El anuncio generó críticas y, desde entonces, no ha dicho nada sobre cómo avanza el proceso. En todo caso, lo que si se sabe es que desde el 2004, la normativa del país dispone que los intereses de créditos sean deducibles del Impuesto a la renta y sean exonerados del Impuesto a la Salida de Divisas. Por ello, se entiende que, frente a las altas tasas externas, se incrementaría el límite de la deducibilidad que existe ahora.

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La normativa de deducibilidad de los intereses, tiene su origen desde hace casi dos décadas.

  • En 2004, la Ley de Régimen Tributario, en su artículo 10, estableció que los costos (intereses) para créditos obtenidos en el exterior sean considerados como gasto y deducibles del Impuesto a la Renta (IR), siempre y cuando estén registrados en el Banco Central del Ecuador.
  • En 2008, en el artículo 15 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria, se estableció que los pagos de capital e intereses por créditos externos (registrados en BCE) estarán exentos del pago al ISD.
  • En la Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas de 2015, se estableció que son deducibles y no estarán sujetos al Impuesto a la Renta (IR) en Ecuador ni se someten a retención en la fuente los pagos de créditos obtenidos en el exterior, así como los intereses de créditos obtenidos en el exterior conferidos de gobierno a gobierno o por organismos multilaterales. También se señala que los intereses no podrán exceder las tasas de interés máximas referenciales fijadas por Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.
  • En tanto, la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador dispone a la Junta determinar los segmentos, plazos, condiciones y requisitos adicionales para efectos de la exención del pago del ISD para el caso de las instituciones del sistema financiero nacional cuando los recursos provengan de prestamistas externos. La exención al ISD no aplicará para el exceso de la tasa cuando esta supera la tasa de interés activa referencial a la fecha del desembolso del crédito.
  • Ambas resoluciones sobre la deducción del Impuesto a la Renta (IR) y la exención del Impuesto a Salida de Divisas (ISD) para créditos obtenidos en el exterior fueron expedidas por la extinta Junta Monetaria y Financiera en el año 2015.

Acosta Burneo explica que la reforma que se está pensando, no debe ser vista como un incentivo sino como una necesidad. Se conoce que el acceso al crédito sobre todo en los segmentos productivo corporativo y productivo empresarial han bajado de manera importante, incluso luego de un leve incremento de tasa a principios de año.

Para Acosta, sería importante trabajar en salir del actual esquema nocivo del techo de las tasas de interés y entender que el entorno de financiamiento internacional es alto y los techos de las tasas domésticas deben ser más altos para impedir el bloqueo o escasez de crédito que se está viviendo, dijo.

En cambio Jaime Carrera, considera que este tipo de incentivos no tienen lógica. Sería una medida sin viabilidad, pues en las actuales circunstancias de inestabilidad política y económica, por más que se dieran más incentivos, la demanda de crédito no aumentará. La gente en este momento no está invirtiendo, porque no hay certezas, dice.

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“El único incentivo que cabe es que el país llegue a acuerdos para que haya paz, seguridad jurídica y confianza para invertir, si el inversor interno y externo no se siente seguro, no sirve para nada ningún incentivo. La clave es la confianza”, dijo. Para Carrera, sin ello, no va a haber inversiones, tal como no ha habido en los últimos 43 años.

Adicionalmente, dijo que en el país siempre se habla de incentivos, a las inversiones, al empleo a discapacitados, y a otros sectores, pero nada funciona, pues no hay un clima adecuado para invertir.