Se estima que el 72% de personas en Ecuador tiene cuentas de ahorros, esto de acuerdo al Banco Central del Ecuador. Lo que quiere decir que la mayoría de personas ha escuchado o ha tenido alguna experiencia con los intereses bancarios. Sin embargo, este es un tema que muchas veces genera confusión y malentendidos en los usuarios de las instituciones financieras.

“Conocer y entender con claridad estos conceptos es fundamental para tomar decisiones financieras acertadas. Muchas veces, por falta de conocimiento podemos aceptar préstamos con costos elevados o perder ganancias de nuestros ahorros”, explica Esteban Correa de Cooperativa Andalucía.

El interés bancario es la cantidad monetaria que se paga o se gana por un capital, ya sea al que se tuvo acceso mediante un crédito o que fue entregado a una entidad financiera como inversión. El interés a pagar o ganar se establece mediante un porcentaje y en un tiempo determinado y su a valor dependerá si es: préstamo y el tipo de préstamo, y las clases de depósitos.

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Existen intereses remuneratorios o de mora. El primero corresponde a los que se pagan o se cobran por la concesión del dinero. Es decir, son los que se pagan como intereses ordinarios en un préstamo o los intereses que se cobran por un depósito a plazo. El segundo, en cambio, es un interés moratorio, es decir, aplica como penalización por incumplimiento.

Existen 5 tipos de intereses bancarios o tasa de interés:

  • Tasa de interés activa: Es la cuantía que cobra una institución financiera por el dinero que presta.
  • Tasa de interés fija: Es el porcentaje de interés que se aplica durante el periodo de pago de un préstamo, cuyo valor se fija al momento de concretar el crédito.
  • Tasa de interés variable: Aquella que se paga durante la duración de un préstamo y varía en función de una tasa de interés referencial.
  • Tasa de interés pasiva: El valor que una entidad financiera tiene que pagar por el dinero que recibe en calidad depósito. Es decir, de los ahorros de sus clientes.
  • Tasa de interés al rebatir: Tasa de interés que se aplica sobre el saldo adeudado.

(I)