NOTICIAS

Publicidad

Voy a renunciar a mi trabajo: ¿cuánto debo recibir si renuncio voluntariamente?

Para terminar su relación laboral con la empresa, el trabajador también puede recurrir a la figura del desahucio.

En la normativa vigente no existe la figura de renuncia voluntaria. El Código de Trabajo señala que a dicha figura se la conoce como la terminación de contrato por acuerdo entre las partes. Imagen: Pexels

Publicidad

Actualizado el 

Ante la decisión de renunciar al trabajo pueden surgir diversas dudas. Una de las más principales es qué cantidad de dinero se recibirá al hacerlo voluntariamente.

Al estar en esta situación, para empezar, se debe conocer que en la normativa vigente no existe la figura de renuncia voluntaria. En su lugar, el Código de Trabajo señala que a dicha figura se la conoce como la terminación de contrato por acuerdo entre las partes, indica Fabricio Dávila, abogado y asesor empresarial. “Sin perjuicio de lo anterior, podemos establecer que cuando el trabajador presenta su renuncia, realmente se encuentra ante la figura de terminación por acuerdo entre las partes”, afirma.

Para terminar su relación laboral con la empresa, el trabajador también puede recurrir a la figura del desahucio. Dávila señala que la terminación de contrato por acuerdo entre las partes y el desahucio son similares entre sí y sus efectos son los mismos, salvo el procedimiento para su terminación. El especialista explica a qué se refiere cada uno:

Publicidad

Renuncia: Sin perjuicio de que inicialmente exista una comunicación por parte del trabajador al empleador, ambos acuerdan la terminación de la relación laboral.

Desahucio: Por otro lado, el desahucio constituye el aviso o notificación por escrito —inclusive por medios electrónicos— que se realiza con al menos quince días de anticipación, en el cual la persona trabajadora le hace saber a la parte empleadora que es su voluntad la de dar por terminado el contrato de trabajo. Adicionalmente, dentro de los quince días posteriores al aviso, el empleador tiene la obligación de liquidar las bonificaciones y demás derechos que le correspondan al trabajador.

“En el ámbito económico, por la compensación tanto para la renuncia como para el desahucio, el empleador bonificará al trabajador con el 25 % equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicio prestados. Por lo tanto, concluimos que la renuncia es un método más eficaz para la terminación de la relación laboral, toda vez que, por medio del acuerdo entre las partes, no es necesario el procedimiento que requiere el desahucio”, indica Dávila.

Publicidad

Fui despedido y aún no recibo mi liquidación, ¿qué puedo hacer?

En cuanto al tiempo que el empleador deberá continuar en el trabajo tras presentar su renuncia, el experto explica que “en virtud de que la renuncia constituye una forma de terminación por acuerdo entre las partes, estas podrán acordar el retiro inmediato del trabajador”.

¿Cuánto debo recibir si decido renunciar?

Dávila detalla que a quienes renuncian voluntariamente se les da el trato de terminación de la relación laboral por acuerdo entre las partes y son acreedores a la misma bonificación que corresponde al desahucio, es decir, bonificación del 25 % del equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicio prestados a la misma empresa o empleador. “Adicionalmente a esto deberán pagársele los valores que hayan quedado pendientes en virtud de otros beneficios de ley, como son la decimotercera y decimocuarta remuneración”, agrega.

Publicidad

Además, el Ministerio del Trabajo cuenta con un simulador de cálculo de liquidaciones, al que es posible ingresar para obtener un estimado de cuánto se podría recibir.

¿Qué valores debo recibir por despido intempestivo, desahucio y fuerza mayor?

“Es importante señalar que los cálculos se efectuarán tomando como base el Contrato Individual de Trabajo (cuyas causas de terminación están estipuladas en el art. 169 del Código del Trabajo) sin considerar los logros obtenidos en los Contratos Colectivos, Ordenanzas Municipales/Provinciales, Resoluciones o Actas Transaccionales”, se señala en el sitio web.

Recomendaciones para quienes deciden renunciar

Dávila señala que los trabajadores que deciden terminar junto con su empleador la relación laboral deben tomar en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Realizar un informe sobre las labores realizadas o la entrega del puesto.
  • Hacer una entrega de los materiales o insumos entregados.
  • Revisar si existe una cláusula de confidencialidad o de no competencia.

Si soy despedido, ¿cómo debo utilizar mi liquidación?

  • Guardar un respaldo físico que sirva como constancia de la renuncia efectuada.
  • Contar con una copia del aviso de salida emitido respecto del trabajador por su empleador a fin de poder constatar la razón por la cual fue dada de baja la relación laboral. De esta forma se pueden evitar futuros problemas que puedan desprestigiar al trabajador, como puede ser que en el archivo conste como si fuese despedido por medio de visto bueno. (I)

Publicidad

Publicidad

Publicidad

¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad