Los autos que están en los centros de retención vehicular (CRV) de Quito, por infringir el Código Orgánico Integral Penal (COIP), ya pueden ser liberados por sus propietarios. La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) reanudó el proceso desde el 17 de enero.

Los automotores fueron retenidos porque sus conductores cometieron contravenciones o delitos que van desde conducir con la licencia caducada hasta ocasionar un accidente de tránsito que resulte en la muerte de una o más personas.

Según la AMT, los siniestros de tránsito y conducir en estado etílico son dos de las principales causas de retención.

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El trámite de liberación se lo puede realizar de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 16:30. En la capital hay nueve CRV:

Sector<b>Centro de retención vehicular</b><b>Dirección</b>
NorteCarapungoAv. Geovanny Calles y José Viteri
NorteGualaquizaCalle Gualaquiza y av, Luis Tufiño
NorteBicentenario 1Pasaje Iturralde y av. de la Prensa
NorteBicentenario 2José Borrero y Rafael Aulestia
NorteLa “Y”Av. 10 de Agosto, junto a la antigua Estación Norte del Trole
NorteRío CocaAv. Río Coca y Rosales
SurLas Cuadras 1Av. Matilde Álvarez y av. Mariscal Sucre
SurLas Cuadras 2Av. Matilde Álvarez y av. Mariscal Sucre
SurRumichacaAv. Rumichaca y av. Matilde Álvarez

Requisitos y valores a pagar

En la página web de la Agencia Metropolitana de Tránsito constan los siguientes:

Documentación:

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  • Documentos que acrediten propiedad del vehículo: original de matrícula del vehículo o certificado único vehicular. Original de cédula de ciudadanía del propietario del vehículo.
  • Original de orden de libertad autoridad competente (juez o fiscal)
  • Original y copia de orden judicial en caso de ser necesaria.
  • Parte informativo del agente civil de tránsito (de ser el caso).
  • Original y copia de pago de servicio de garaje (parqueadero).
  • Pago de la matrícula al día (SRI, ANT y AMT).
  • Pago de la totalidad de las multas generadas por cometimiento de contravenciones de tránsito que se registre en el sistema del organismo de tránsito competente (ANT, AMT).
  • Original y copia de pago por concepto de permanencia del vehículo en el CRV por los días de servicio de garaje (parqueadero).
  • Copia pago del servicio particular de grúa o plataforma autocargable (de ser el caso).

Montos:

Valor diario de servicio de garaje

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  • Motocicleta $ 1
  • Vehículos liviano $ 3
  • Vehículo pesado $ 9
  • Vehículo extrapesado $ 15

Valor factura del servicio particular de grúa o plataforma autocargable.

Dónde se puede pagar

  • El pago diario del servicio de garaje se lo realiza en las ventanillas del Banco del Pacifico.
  • El pago del servicio particular de grúa o plataforma autocargable se lo debe hacer en las entidades bancarias indicadas en las guías de remisión o recibos que son entregados al propietario por parte de los operadores. La AMT aclara que tiene contrato o relación de dependencia con las compañías que prestan este servicio.

Remate

La AMT advierte que si los vehículos no son retirados por más de un año podrían ser rematados o sometidos a un proceso de chatarrización. Además, por cada día que pasa los valores a pagar se incrementan. Actualmente se encuentran 7.000 automotores en los patios de retención. (I)


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