La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) sugiere a los conductores cuya licencia está próxima a caducar, empezar el proceso de renovación hasta 90 días antes de que el documento caduque.

El artículo 387 del Código Orgánico Integral Penal establece que conducir con licencia caducada, anulada, revocada o suspendida acarrea una multa del 50 % de un salario básico unificado ($ 212,50) y reducción de nueve puntos en el registro, además del retiro del documento.

No obstante, existe una resolución vigente desde marzo pasado para que los ciudadanos cuya licencia ya expiró puedan seguir conduciendo.

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La resolución de prórroga permite la libre circulación de las personas portadoras de licencias que hayan caducado desde el 01 de enero de 2020, siempre que cuenten con los siguientes requisitos:

Además, todos los exámenes psicosensométricos y aquellos documentos que constituyen requisitos previos a la obtención por primera vez, renovación y duplicados de licencia de conducir que de acuerdo con su fecha han caducado y se hayan emitido desde el 01 de enero de 2020 serán válidos hasta la obtención de las licencias de conducir.

El costo de la renovación es de $ 68.

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Renovación de licencias no profesionales

Requisitos:

  • Original de licencia de conducir caducada.
  • En caso de pérdida o robo, presentar la denuncia realizada ante el Consejo de la Judicatura. Puede hacer la denuncia aquí. No es necesario que esté firmada y/o sellada por la Fiscalía.
  • Original del resultado del examen psicosensométrico realizado en una de las escuelas de capacitación autorizadas por la ANT, aprobado.
  • Original de la cédula de identidad y/o ciudadanía.
  • Original del comprobante de pago.

Procedimiento: