La Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento (Epmaps-Agua de Quito) informó este lunes 17 de enero de 2022, mediante un boletín, que resolvió “dar por terminado anticipada y unilateralmente el Contrato de Régimen Especial n.º CRE-Epmaps-GT02-2019, para la construcción de las obras de saneamiento en la parroquia Tumbaco” con la compañía Inmosolución.

El contrato fue adjudicado por el Municipio de Quito en la administración de Jorge Yunda por el valor de $ 21′487.026,77 sin IVA. Sin embargo, la Epmaps aclaró que se ejecutó un valor de $ 11′922.486,80, equivalente al 55,48 %.

Uno de los proyectos fue el sistema de túneles construidos bajo las parroquias de Tumbaco y Cumbayá para el manejo de aguas servidas y agua lluvia, con el fin de evitar inundaciones en el sector. El contrato también incluía 45 kilómetros de tubería para alcantarillado en barrios tumbaqueños.

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Según la empresa municipal, Inmosolución incumplió varias normativas de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Una de las acciones citadas por el documento es el haber subcontratado el 95 % de la ejecución del contrato a través de “alianzas estratégicas”, con la compañía Geincosolution y la constructora Cevallos Hidalgo.

Los artículos citados son:

“Art. 79.- Subcontratación. - (…) Las subcontrataciones no se las podrá realizar con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con esta Ley, ni podrán superar el treinta (30 %) por ciento del monto del contrato reajustado…”.

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El artículo 120 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece: “Subcontratación. - Conforme al artículo 79 de la Ley, el contratista podrá subcontratar con terceros, registrados y habilitados en el RUP, parte de sus prestaciones, siempre y cuando la entidad contratante apruebe por escrito previamente la subcontratación. La aprobación será efectuada por la máxima autoridad, su delegado o por el funcionario que cuente con facultades suficientes para ello. (…) Las subcontrataciones se efectuarán de preferencia con las pequeñas y microempresas”. (RGLOSNCP)

La Resolución Epmaps-2022-GG-004, del 12 de enero de 2022, suscrita por Othón Zevallos, gerente de la Epmaps, contiene la finalización de este contrato. En el mismo documento, “la Epmaps se reserva el derecho a iniciar acciones legales y constitucionales” sobre potenciales daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato referido.

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Este Diario solicitó una entrevista con la empresa Inmosolución, sin embargo, hasta la publicación de esta nota informativa no hubo respuesta.

Finalmente, fuentes de la empresa Agua de Quito informaron que iniciarán un nuevo proceso de contratación para no dejar inconclusas las obras de este contrato. (I)