El estado de excepción que el Ejecutivo decretó con vigencia desde el pasado domingo 2 de abril del 2023 no ha variado en su horario de libertad de tránsito.

Esa disposición conocida como toque de queda tiene vigencia de sesenta días (hasta el 1 de junio). Incluye restricción de movilidad de 01:00 a 05:00 todos los días.

Decenas de usuarios de redes sociales han preguntado sobre una ampliación del horario de toque de queda para Guayaquil, luego de que se viralizara una imagen generada el 12 de abril del año 2022.

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Militares apoyarán a la Policía

Este miércoles, el presidente Guillermo Lasso estuvo reunido en Esmeraldas con autoridades y familiares de las víctimas de la masacre sucedida ayer en un muelle en dicha provincia. Tras su reunión anunció que los militares saldrán a las calles para fortalecer los planes de seguridad en todo el país.

“He dispuesto que a nivel nacional las Fuerzas Armadas van a salir en todo el territorio como apoyo de la Policía dentro del marco de la Constitución y la Ley”, dijo Lasso.

Qué implica el toque de queda

El artículo 8 de decreto Nº 706 especifica la suspensión del derecho a la libertad de tránsito a partir de la entrada en vigencia de este Decreto Ejecutivo, todos los días desde las 01h00 hasta las 05h00.

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Las personas que circulen durante el horario restringido sin autorización serán puestas a órdenes de la autoridad judicial competente.

El art. 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años a quien incumpla órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, como el toque de queda dispuesto por Lasso.

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El presidente Guillermo Lasso autorizó desde el 2 de abril, a nivel nacional, la tenencia y porte de armas de uso civil para defensa personal de acuerdo con los requisitos de ley y reglamentos ante el clima de inseguridad en el país. La restricción de movilidad es para los cantones de la zona 8 (Guayaquil, Durán y Samborondón) las provincias de Los Ríos y Santa Elena. (I)