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Cuatro extrabajadores de los medios privados incautados han muerto esperando sus liquidaciones

La posición del Gobierno es que estas compañías son de origen privado y que no se pueden designar recursos estatales para cubrir sus liquidaciones.

Los extrabajadores de los medios incautados privados esperan el pago de sus liquidaciones. Foto: CORTESÍA

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La noche del viernes pasado murió otro extrabajador de los medios privados incautados. Con él ya son cuatros los que han fallecido esperando el pago completo de sus liquidaciones. Él trabajaba en Cablevisión, al igual que Javier Ortiz y Freddy Vera. A ellos se suma José Véliz, quien laboraba en una de las radios.

Algunos de los fallecidos aguardaban incluso por la jubilación patronal y les debían el 70% de sus indemnizaciones.

Son 200 los extrabajadores de los medios privados incautados a quienes les deben sus liquidaciones, aportaciones al IESS y cuotas de créditos quirografarios e hipotecarios.

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Sus representantes señalan que hay dos caminos para resolver el embrollo.

Uno es la reforma legal a la Ley de Compañías (LC) para que se establezca que el Estado, como accionista principal de una empresa privada incautada, pues pueda asumir bajo el concepto de la solidaridad patronal los pasivos laborales.

La otra opción es que el presidente de la República disponga mediante decreto ejecutivo el pago de las indemnizaciones, como se menciona en un informe de la Procuraduría General del Estado (PGE) del 8 de octubre del 2020.

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A la mayoría les deben desde el 2018, cuando fueron despedidos de los medios incautados en los que trabajaban, que en ese entonces eran parte de la Empresa Pública de Medios Públicos de Comunicación del Ecuador, en liquidación desde mayo del 2020.

Sin embargo, el informe de la PGE concluye que “una empresa pública accionista de sociedades privadas (...) está excluida de la solidaridad patronal”, citando a la LC y al Código de Trabajo.

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El documento indica, además, que “las sociedades anónimas cuyo capital esté integrado única o mayoritariamente con recursos provenientes del Estado, como es el caso de las empresas incautadas, están sujetas a la LC”, según su art. 300.

Y resalta también que “las empresas incautadas (...) no se someten a las disposiciones de la LOEP (Ley Orgánica de Empresas Públicas) y conservan su naturaleza de personas jurídicas de derecho privado”.

La Empresa Pública de Medios Públicos de Comunicación del Ecuador entró en liquidación, cuando en medio de la austeridad anunciada por el Gobierno debido a la pandemia del COVID-19, se dispuso la extinción de esa entidad.

El decreto ejecutivo n.º 1059 que determina la extinción indica que, luego de que fenezca el plazo para la liquidación, tanto los activos como los pasivos, incluyendo los derechos litigiosos, pasarán al Ministerio de Telecomunicaciones.

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Pero también dispone que esta última entidad no será sucesora en derecho y que su responsabilidad para cubrir los pasivos no excederá los activos que le haya transferido la empresa pública liquidada.

“Incluyendo aquellos casos en los que” estos activos “fueren insuficientes para cubrir sus pasivos”, señala el artículo 4 de la norma.

La Superintendencia de Compañías indica a este Diario que los medios incautados privados están a cargo de liquidadores designados.

Estos, añade, “se encuentran obligados por ley a cancelar los pasivos de las compañías dentro de la prelación de créditos, y entre aquellos, se encuentran los pasivos laborales, aportes del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, etc., con recursos económicos disponibles, ya sean producto de los dineros existentes que fueron producto del giro del negocio, o del saneamiento de sus activos”.

El problema es que hay bienes inmuebles que tienen medidas cautelares a favor de los anteriores dueños de estos medios, por lo que no pueden venderse. Es una demanda internacional con prohibición de enajenar los bienes.

Además de cuentas difíciles de cobrar y equipos obsoletos o deteriorados, con lo que no se alcanza a cubrir el monto para cubrir las liquidaciones. Incluso hay demandas establecidas por pérdida de autos, por ejemplo.

En esta situación están los excanales de televisión Cablevisión y América Visión, las radios Super K800, Carrousel, La Prensa, El Telégrafo 770 y la editorial Uminasa, todos bajo la legislación de la LC.

Eugenia Espinoza, una extrabajadora de los medios incautados, indica que solo en indemnizaciones por despidos intempestivos se requieren unos dos millones de dólares, sin contar el monto por los juicios ganados por el Comité de Empresa de Cablevisión.

La Superitendencia de Compañías indica que lo que “el Estado incautó no fueron los bienes de las compañías que en la actualidad se encuentran en proceso de liquidación, sino los títulos contentivos de acciones de propiedad de personas naturales y jurídicas que eran accionistas de dichas compañías, y que a su vez tenían obligaciones económicas vencidas a favor del Estado”.

Por ende, agrega la entidad de control, “el pago de las indemnizaciones le corresponde a cada una de las compañías en proceso de liquidación y solidariamente a los liquidadores y/o representantes legales de las mismas a cargo de la liquidación en sus correspondientes periodos de gestión”.

En septiembre pasado se resolvió también por decreto ejecutivo escindir y crear la Empresa de Comunicación del Ecuador para que se encargue de los servicios públicos de radiodifusión y televisión, al igual que de Diario El Telégrafo “como un medio en internet”.

Esta es la entidad que se encarga de la liquidación de los trabajadores de El Telégrafo que fueron despedidos, por ejemplo, esta semana. (I)

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