Solo en Guayaquil hay un promedio de 120 siniestros de tránsito causados por exceso de velocidad cada fin de semana, según la Autoridad de Tránsito Municipal de la ciudad (ATM).

En las impugnaciones de estos casos no se pueden presentar como prueba los videos de las cámaras que graban y miden la velocidad de los vehículos, las que algunos conductores colocan en sus autos, ya que estos dispositivos deben estar homologados y calibrados según las especificaciones de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

Las infracciones de tránsito por exceso de velocidad se miden y captan con cámaras homologadas, por lo que si una persona tiene incorporada en su auto una cámara que mide la velocidad del vehículo sirve de poco en este caso específico.

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Pero una cámara colocada en los vehículos sí puede ser útil para determinar la culpabilidad en un siniestro de tránsito, como un atropellamiento, o en la resolución final de una infracción.

Jorge Félix, director de Gestión de Infracciones y Servicios de Tránsito de la ATM, indica que la cámara puede tener imprecisiones con rangos de límites de velocidad elevados y hasta peligrosos. “Entonces, eso no se puede aceptar. Cuando las autoridades de tránsito compran radares tienen que ver que esté homologado y que cumpla con todas las especificaciones técnicas que la ley indica, también calibrados”, dice Félix.

En Guayaquil hay conductores que al impugnar una multa por exceso de velocidad quieren establecer como prueba la cámara que mide la velocidad de los autos. Pero la respuesta al momento es que no se puede validar porque no están homologadas, señala Félix: “Y ojo, no es porque Jorge Félix o la ATM no quieren, la misma ley exige que los dispositivos que miden velocidad deben ser homologados, no se puede ir contra la norma ya establecida”.

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Entonces hay que analizar el tipo de infracción de tránsito y cada caso para determinar cuánto un video puede ser utilizado o no en la resolución de un conflicto. Uno de los pasos para que sea considerado una prueba en un proceso es la desmaterialización del video ante un notario.

El procedimiento incluye llevar el video original, se desmaterializa y se hace una copia que se puede presentar en los juzgados.

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Si la cámara está en la parte frontal, por ejemplo, y ese auto ‘atropella’ a una persona que cruzaba de forma imprudente, o se ha lanzado frente al vehículo, se puede presentar el video en la vía judicial siguiendo los pasos señalados.

Su función sería la de precautelar en caso de que haya algún tipo de imprudencia dentro de la vía o que alguien haga alguna mala maniobra y así logremos demostrar que más allá de ser negligencia del conductor es negligencia en realidad del ciclista, del que camina o del que sale a realizar deportes, para ese tipo de casos es totalmente válido”.

El ingeniero electrónico y experto en videos Jesús Vega afirma que en el mercado nacional hay cámaras para colocar en el interior de los vehículos que cuestan desde 15 dólares, que son las más básicas y de menor resolución de calidad.

Estas requieren tarjetas micro sd para almacenar los eventos con sonido que captan. Tienen una capacidad que va desde 32 gigabytes de almacenamiento, lo que permite una grabación de hasta 24 horas y desde allí se sobrescribe reemplazando lo más antiguo. Vienen con una pequeña pantalla y no poseen la función de conectarse a internet.

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“Obviamente la calidad no es la adecuada. Además, están las que son mejores como las de la marca Hikvision cuyo precio es desde 170 dólares y adicional también hay que adquirir la micro sd para grabar los eventos. Uno puede apagarla al bajarse del auto o desde el celular ya que se conectan vía wifi o bluetooth al teléfono móvil”, dice Vega.

En los buses interprovinciales, agrega, se colocan por lo general las cámaras dvr con GSM (sistema global para comunicaciones móviles) que son aún más profesionales. En estas se coloca un chip de telefonía celular con plan de datos conectado a internet.

De esta forma se puede revisar desde cualquier lugar lo que ocurre en tiempo real al interior de los buses durante los periplos. “También desde mi teléfono puedo revisar los videos de ese equipo, incluso las grabaciones de los días anteriores a través del móvil”.

En las redes sociales hay videos que captan los robos al interior de los buses. Mientras mejor es la resolución de la cámaras, más se puede identificar a los responsables.

Vega recomienda una cuya resolución sea de 5 megapíxeles como mínimo o más. “Al tener mayor capacidad de imagen la cámara va a grabar con más calidad, entonces cuando uno hace una ampliación del video o de la foto no se va a despixelar tanto y se podrá captar datos como la placa de un carro o características específicas que se necesiten visualizar”.

Hay unas que graban a color por las noches, las llamadas Colorvu. Otra característica que se debe preguntar es el número de fotogramas por segundo. En este requerimiento técnico cómo mínimo se pide una que tenga desde 30 fotogramas por segundo. Así se capta más información.

Las cámaras en los autos livianos se colocan por lo general en el parabrisas frontal y posterior, agrega. “En este caso, la mayor de conductores las ponen para protegerse de los accidentes de tránsito y determinar la culpabilidad de los siniestros. O para grabar a los agentes cuando estos piden coimas a cambio de no proceder con la infracción”.

Vega cuenta una anécdota cuando iba de Guayaquil a Quito. Un agente lo detuvo y lo primero que verificó al interior del auto al acercarse es si tenía una cámara instalada. Luego le pidió que encendiera el celular para percatarse de que no lo esté grabando con este dispositivo.

La tecnología ahora da soluciones como la posibilidad de grabar lo que captan las cámaras en la nube, es decir, en el cyberespacio. Entonces ante un robo pues se puede acceder a los videos almacenados. Hay programas como Ezviz, compatible con equipos determinados, en las que se paga una suscripción desde 20 dólares mensuales para almacenar estos videos de manera remota en internet.

Las cámaras más sofisticadas reconocen tarjetas micro sd de hasta 250 gigabytes cuya capacidad de almacenamiento es de 10 a 15 días y luego se sobrescribe. Las más económicas solo reconocen tarjetas de hasta 64 gigabytes.

Los dispositivos que hoy valen 160 dólares hace un año costaban 200 dólares debido al impacto de la guerra entre Rusia y Ucrania y la crisis de los contenedores, asegura Vega.

A nivel nacional ocurrieron 19.742 siniestros de tránsito entre enero y noviembre de este año con un total de 17.267 personas lesionadas y 1.999 fallecidas, según las cifras de la ANT.

Un poco más de los 19.337 ocurridos en el mismo periodo del 2021 y que dejaron 15.801 personas lesionadas y 1.888 fallecidas.

No hay datos oficiales de en cuántos se presentan vídeos grabados por las cámaras instaladas en el interior de los autos como prueba para determinar la responsabilidad de un siniestro o de una infracción de tránsito. Félix indica que si hay casos así en Guayaquil, pero su participación aún es ínfima y no se contabilizan.

En el 32,88 % de los siniestros de lo que va del 2022 estuvieron involucrados automóviles y camionetas, en el 30,88% las motocicletas, en el 12,7 % no se identificó, en el 9,76 % los camiones y en el 13,78 % el resto de vehículos motorizados, como buses, y los que no lo son (bicicletas).

Las diez principales causas probables de estos accidentes son conducir desatento a las condiciones de tránsito por el uso de celular, pantallas de video, maquillaje, etc. (4.643), no respetar las señales reglamentarias de tránsito como el disco pare, ceda el paso o la luz roja del semáforo (3.738), conducir vehículos superando los límites máximos de velocidad (3.203), conducir bajo la influencia del alcohol o drogas (1.562), no mantener la distancia prudencial respecto al vehículo que le antecede (1.311), realizar cambio brusco o indebido de carril (977), no guardar la distancia lateral mínima de seguridad entre vehículos (727), no ceder el derecho de vía o preferencia de paso a vehículos (581), bajarse o subirse de vehículos en movimiento sin tomar las precauciones debidas (577) y conducir en contravía (515)

Otros casos en los que se pueden aplicar los videos para comprobar una acción es cuando se capta a un agente de tránsito con una conducta indebida, como pidiendo una coima a un conductor.

“Hay gente que graba y allí se realiza una investigación en la que se determina si el agente actuó o no de mala forma. Se hace en dos aspectos, primero ver si el agente civil cumplió con los parámetros que debe cumplir para sancionar, y segundo, si hay un mal comportamiento se eleva al área de talento humano para proceder con las sanciones”, afirma Félix.

Entonces, en estas situaciones cuando las personas denuncian si se toman en cuenta sus videos en las investigaciones que emprende la ATM para resolver el caso.

“Tenemos varios métodos, llega el video del ciudadano, pero también vemos en qué sector es, ya que existen cámaras de la Corporación de Seguridad Ciudadana, del ECU911, incluso los agentes civiles tienen una body cam en el pecho y pedimos esos videos, llamamos a las partes a que presenten sus pruebas, entonces a la larga se llega a la conclusión de un comité y se sanciona en caso de que se compruebe la falta”.

Félix afirma que la mayoría de agentes tienen la body cam en el pecho para grabar los procedimientos que realizan. Está activada todo el tiempo que la batería permita, añade. “Algunas ya han sido dadas de baja”, sin especificar cuántas están habilitadas. (I)