A la Corte Constitucional (CC) llegó, el pasado martes 19 de abril, la primera demanda de inconstitucionalidad al reglamento de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) que dispone a los abogados, profesionales del Derecho y estudios jurídicos reportar periódicamente las actividades “sospechosas” de sus clientes.

El documento fue presentado por César García Sánchez, Olivia Zavala Fonseca y Francisco Zambrano, miembros del estudio García & Partners Abogados, quienes alegan que la citada normativa es inconstitucional y además vulnera tratados internacionales, y leyes y reglamentos nacionales que protegen el secreto profesional.

Por ello piden que esta quede sin efecto y que, mientras la Corte analiza el tema, se dicte la medida cautelar de suspensión de su aplicación.

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La resolución alcanza a los juristas o estudios de abogados que realicen operaciones y transacciones como la compra y venta de bienes inmobiliarios; administración del dinero, valores y otros activos del cliente; administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores; organización de contribuciones para la creación, operación o administración de empresas; creación, operación o administración de personas jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales; creación, operación, administración y compra y venta de contratos fiduciarios; actuación como agente de creación de personas jurídicas, o de contratos fiduciarios; actuación como (o arreglo para que otra persona actúe como) director o apoderado de una compañía, socio de una sociedad o posición similar con relación a otras personas jurídicas; provisión de un domicilio registrado, domicilio comercial o espacio físico, domicilio postal o administrativo para una compañía, sociedad o cualquier otra persona jurídica; y actuación como (o arreglo para que otra persona actúe como) fideicomisario de un contrato de fideicomiso.

En la demanda, los abogados indican que la resolución de la UAFE viola las siguientes normas nacionales: los artículos 20 y 66 de la Constitución de la República, el artículo 179 del Código Orgánico Integral Penal; y el artículo 335 del Código Orgánico de la Función Legislativa.

Y las siguientes internacionales: la Convención Americana de Derechos Humanos, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento a reclusos o Reglas Nelson Mandela, los Principios para la Protección de las Personas sometidas a cualquier forma de prisión o detención, entre otras.

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Desde los gremios de abogados del país se preparan recursos similares. Es el caso del Colegio de Abogados del Guayas cuyo director, César García Rodríguez, señaló que el próximo lunes presentarán también una demanda de inconstitucionalidad ante la CC, pues coincidió en que la normativa viola la garantía del secreto profesional.

Agregó que la UAFE ha manifestado que la norma no afecta al secreto profesional pues no alcanza a los juristas que realicen patrocinio civil, penal, administrativo y laboral a personas naturales o jurídicas, pero esto no es suficiente. “Ellos establecen un catálogo taxativo de conductas que tienen que ser sujetas a reportes; no afectan a un sector específico de abogados, pero a otros sí. Igual es obligatorio, como Colegio de Abogados, proteger al gremio afectado directamente”, dijo el abogado, quien agrega que la resolución es ambigua.

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Esto porque hace referencia a otros “profesionales del Derecho”. ¿Quiénes son esos profesionales del derecho si los únicos son los abogados? ¿Son las secretarias de los despachos, el asistente jurídico? Esa falta de claridad nos genera inseguridad jurídica.

El jurista Andrés Cervantes, patrocinador del gremio, indicó que la normativa es, además de inconstitucional, antitécnica, pues el Estado ya posee todo un andamiaje institucional de control para obtener la misma información que se le está pidiendo a los abogados: Superintendencias de Bancos y Compañías, Contraloría, Servicios de Rentas Internas, y otras.

Mientras, la abogada Carolina Ordóñez, integrante de la Red Multidisciplinaria de Juristas del país, anunció el pasado 20 de abril que presentó por sus propios derechos una acción de protección.

Pero señaló que muchos de sus colegas han tomado contacto con ella para sumarse a su pedido con amicus curiae, pues comparten su inconformidad con la resolución de la UAFE de la que alegaron que viola el derecho al secreto profesional garantizado en la Constitución, las leyes y los tratados internacionales. (I)

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