Al no estar de acuerdo en que los exjueces Efraín Montero, Patricio Calderón y Efraín Luzuriaga fueron sobreseídos, es decir, se ratificó el estado de inocencia de estos tres procesados en el caso Plaga, la Fiscalía anunció que apelará la decisión tomada la tarde del jueves 13 de noviembre último por el Tribunal de Juicio de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Manuel Cabrera (ponente), integrado por Javier de la Cadena y Hernán Barros.
Para la Fiscalía, los tres son parte de una estructura delictiva descubierta dedicada a obtener la liberación ilegal de personas privadas de la libertad y existirían elementos de prueba que no fueron tomados en cuenta por la sala de primer nivel y deberán ser reevaluados en la etapa de apelación. La decisión del Tribunal de Juzgamiento del caso Plaga se dio a casi cuatro meses de que se suspendió la audiencia (23 de julio pasado) y los jueces ingresaron a deliberar la sentencia que adoptarían contra los seis acusados del delito de delincuencia organizada.
De la lista total de acusados, Cabrera, De la Cadena y Barros condenaron solo a los exjueces Javier Guzmán y Carolina Sarama, además del exsecretario de la unidad del cantón Paján (Manabí) Gary Palma, a una pena agravada de nueve años y cuatro meses de prisión, como autores directos en el grado de colaboradores. El fiscal general encargado, Wilson Toainga, solicitó contra los seis una pena de siete años de cárcel, a la que se le debería incluir la agravante de haber cometido el delito de delincuencia organizada mientras estaban en funciones.
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Contra los tres sí se comprobó que integraron una organización que habría utilizado de manera ilegal y sistemática mecanismos jurídicos, como habeas corpus, acciones de protección con medidas cautelares, medidas cautelares autónomas y la aplicación del principio inter comunis, apoyándose en la colaboración de personas vinculadas tanto a la función pública como privada.
Junto con la pena de prisión, el Tribunal también condenó a los tres culpables al pago de una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados $ 9.400), una reparación integral del doble de la multa ($ 18.400), la pérdida de los derechos de participación y una reparación inmaterial que incluye la publicación de la sentencia en el sitio web del Consejo de la Judicatura, además de emitir disculpas públicas.
El caso Plaga es uno de los procesos penales que se desprendieron de hechos conocidos en los casos Metástasis y Purga, en los que se investigó y sentenció a personas que intervinieron en la manipulación del sistema de justicia para obtener impunidad y réditos económicos.
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#ATENCIÓN | #CasoPlaga: 3 implicados en liberaciones irregulares de PPL son sentenciados a 9 años de prisión. #FiscalíaEc demostró su participación en el delito de #DelincuenciaOrganizada.
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) November 14, 2025
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El fiscal Toainga en su momento explicó que bajo el liderazgo del abogado en libre ejercicio Cristian Romero, coprocesado y prófugo en los casos Plaga y Metástasis; el sentenciado y testigo protegido de esta causa, Lenin Vimos; y Jonathan Roberto Aguinda Shiguango, también procesado y prófugo en este caso, esta estructura delictiva logró la liberación de varias personas privadas de la libertad a cambio de beneficios económicos.
Según la Fiscalía, gracias al control que la cúpula mantenía sobre los colaboradores, cada miembro de esta “estructura criminal” ejerció su rol para satisfacer sus intereses concertados, obteniendo beneficios materiales a cambio de la emisión de boletas de excarcelación para “criminales peligrosos” sentenciados por delitos como asesinatos, delincuencia organizada, tráfico de sustancias sujetas de fiscalización, tráfico de migrantes y violación, entre otros.
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Para lograr la sentencia de Guzmán, Zarama y Palma, la Fiscalía presentó ante el Tribunal de Juicio nueve testigos, seis peritos, cuatro testimonios anticipados y 24 pruebas documentales. Dentro de esa información existirían también datos relacionados con los procesados sobreseídos y que servirían de base para la apelación de la condena de primera instancia.
Acusados condenados como culpables:
Gary Fabricio Palma Cedeño, como secretario del juez Simón Oswaldo G. T., gestionó medidas cautelares inter comunis que facilitaron las liberaciones irregulares.
José Javier Guzmán, como juez, ordenó la excarcelación indebida de un sentenciado por violación mediante habeas corpus.
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Adriana Carolina Sarama Cruz, como jueza, consiguió un habeas corpus para una persona vinculada al líder del grupo delictivo Los Lobos, gestión confirmada por testimonio anticipado. (I)
























