Dentro de la Asamblea Nacional los bloques legislativos están expectantes de la decisión que tome el juez multicompetente de La Concordia Ángel Lindao, quien ordenó la posesión de Roberto Romero como superintendente de Bancos, pero que el Parlamento no ejecutó la orden judicial por falta de quorum.

Desde el lado del oficialismo, Pachakutik y algunos asambleístas de la Izquierda Democrática hablan de la existencia del artículo 86 de la Constitución numeral 4, que se refiere a las garantías jurisdiccionales donde se señala: “Si la sentencia o resolución no se cumple por parte de servidoras o servidores públicos, la jueza o juez ordenará su destitución del cargo o empleo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a la que haya lugar...

Asamblea Nacional no posesiona al superintendente de Bancos Roberto Romero y se va de vacaciones por quince días

El juez Lindao, el pasado 16 de diciembre, dentro de la acción de protección concedida a favor de los cuatro vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), otorgó 48 horas para que la Asamblea Nacional posesione al nuevo superintendente de Bancos designado por los cuatro consejeros. Pero la legislatura, el pasado 18 de diciembre, no logró reunirse por la ausencia de los asambleístas de las bancadas Unión por la Esperanza (UNES), del Partido Social Cristiano y algunos de la Izquierda Democrática y Pachakutik. Solo se conectaron de manera virtual 56 legisladores.

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Posiciones legislativas

Cualquier decisión del Parlamento respecto a la posesión del nuevo superintendente de Bancos se tendrá que esperar a que concluya el receso legislativo que inició la Asamblea este 19 de diciembre hasta el 2 de enero de 2023. Todos los plazos y decisiones legislativas se suspenden durante quince días.

El asambleísta Ricardo Vanegas, del bloque Pachakutik, comentó que un juez frente al incumplimiento manifiesto de un servidor público de una resolución constitucional, siguiendo el debido procedimiento, puede dar inicio al trámite de destitución de sus funciones e inclusive suspender los derechos políticos.

En el procedimiento, lo que cabe es que el juez solicite al secretario que se siente razón si los funcionarios públicos dieron cumplimiento o no a lo que dispuso en su providencia como es la posesión del superintendente de Bancos en un plazo de 48 horas; para ello, pedirá al secretario que siente razón si se cumplió o no lo ordenado.

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Luego solicitará que se oficie al defensor del Pueblo para que elabore un informe de cuáles son las razones de ese incumplimiento, y seguramente señalará que los asambleístas no dieron quorum. El problema está en que hubo asambleístas que previa a la instalación de la sesión convocada para posesionar al funcionario de la Superintendencia sacaron un comunicado diciendo que van a incumplir, anotó Vanegas. Y sostuvo que “si el juez tiene el respaldo político, puede mandar a su casa a los asambleístas que no acudieron a la sesión; puede modular su sentencia y disponer la destitución”, reiteró el legislador nacional de Pachakutik.

El coordinador de la Bancada Acuerdo Nacional (BAN), Juan Fernando Flores, comentó que el juez de La Concordia deberá tomar una definición y determinar si se dio o no la posesión de la nueva autoridad en la Superintendencia de Bancos.

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Será el juez quien determine si se procede a no a destituir a los legisladores tomando por supuesto desacato a una resolución de autoridad legítima.

Marlon Cadena, quien habla como miembro de la ID, manifestó que no se conectó a la sesión plenaria 833 para la posesión del superintendente de Bancos, porque no se puede prestar para más atropellos y extralimitación de funciones del juez. También su ausencia se debió a la coherencia de su accionar, pues dijo que él votó por la destitución y censura de los cuatro consejeros del CPCCS.

Alejandro Jaramillo, representante de la ID en Pichincha, comentó que el Parlamento debe respetar lo que existe al momento como es la sentencia del juez constitucional, y además dijo que el artículo 86 numeral 4 es absolutamente claro, donde advierte que el incumplimiento de una sentencia podría llevar a una destitución.

La asambleísta Gissela Garzón, de la bancada Unión por la Esperanza (UNES), comentó que con la presencia de su bloque no iban a legitimar que se entrometa otra función del Estado en las atribuciones que tienen los legisladores, pues la Asamblea tomó la decisión de destituir y censurar a los cuatro consejeros del CPCCS, pero que han sido jueces cuestionados quienes han otorgado medidas judiciales que no son viables.

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“No vamos a permitir que se irrespete nuestro trabajo como legisladores cuando es parte de nuestras potestades hacer control político y fiscalizar”, subrayó la representante de Pichincha.

Garzón aclaró que no cabe una eventual destitución de asambleístas como se advierte, porque una destitución únicamente se hace a través de Corte Constitucional y es un procedimiento mucho más largo porque los legisladores no son funcionarios designados por el presidente de la República, sino de elección popular.

Afirmó que se cumplió con la convocatoria a la sesión de posesión del nuevo funcionario, pero no se pudo instalar por falta de quorum. “De un plumazo no se puede bajar a los asambleístas, pues hay un procedimiento jurídico; además, no podemos ser juzgados por las decisiones que tomamos en el ejercicio del cargo”, puntualizó Garzón. (I)