El primer día del trámite del proyecto de ley que garantiza la interrupción voluntaria del embarazo para niñas, adolescentes y mujeres en caso de violación, la Asamblea Nacional se dedicó a escuchar a representantes de organizaciones y personas a favor y en contra de la iniciativa legislativa.

La sesión plenaria se inició cerca de las 10:00 y se suspendió a las 16:00 tras la lectura del informe. La presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, reveló que los jefes de las bancadas solicitaron que se suspendiera la sesión 758 debido a que requieren más tiempo para las consultas internas, para el análisis y elaboración de propuestas que mejoren el informe elaborado por la mesa legislativa. No hay fecha para la reinstalación de la sesión, pero el pedido es que sea de manera presencial.

Con plantones Asamblea Nacional inicia trámite del proyecto que garantiza el aborto por violación en Ecuador

El inicio del trámite del segundo debate del proyecto de la interrupción del embarazo estuvo matizado por la presencia de organizaciones de mujeres que pertenecen al colectivo feminista del país, quienes ataviadas de tambores, banderas, carteles y gritos pedían a los legisladores la aprobación de una ley justa y reparadora.

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En la otra orilla, las organizaciones provida emitieron pronunciamientos para rechazar el informe elaborado por la Comisión de Justicia, también este sector intervino en la comisión general del pleno.

La temporalidad, los requisitos y la objeción de conciencia fueron los temas de mayor preocupación entre los representantes de organizaciones, médicos, catedráticos, feministas y provida. Frente a ello, pidieron a la legislatura que su decisión final se aleje de dogmas e ideologías. También hubo pronunciamientos de rechazo al anuncio formulado por el presidente de la República, Guillermo Lasso, de vetar el proyecto si se excede de la sentencia de la Corte Constitucional.

En abril de 2021, la Corte Constitucional despenalizó el aborto por violación para niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes en caso de violación, y otorgó plazos tanto a la Defensoría del Pueblo como a la Asamblea Nacional para que aprueben una normativa que garantice el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación.

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Tras el debate de más de un año, la Comisión Legislativa de Justicia presentó un informe al pleno donde propone que las niñas y adolescentes menores de 18 años de edad, víctimas de violación, pueden libre y voluntariamente interrumpir el embarazo hasta las 22 semanas de gestación, esto es, cinco meses y medio; en tanto que las mujeres mayores de 18 años de edad pueden interrumpir el embarazo por violación a las 20 semanas, lo que significa cinco meses de gestación; para el caso de personas con discapacidad víctimas de violación se observará la Guía de Práctica Clínica denominada Atención del Aborto Terapéutico.

Comisión general

En la comisión general, Óscar Cabrera, director asociado de la iniciativa Familias Saludables del Instituto O’Neill, aseguró que la sentencia de la Corte Constitucional es un paso importante y que la Asamblea tiene que garantizar el acceso, y afirmó que no hay un mandato al legislador de establecer términos o plazos, lo que la Corte dice es que el legislador puede determinar si existe la necesidad de establecer algún límite gestacional; por lo tanto, el asambleísta puede perfectamente determinar que no existe esa necesidad.

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En cambio, María de Lourdes Maldonado, representante de la organización Dignidad y Derechos, comentó que el proyecto en debate cambió el espíritu y el alcance de la sentencia emitida por la Corte Constitucional vulnerando el derecho a la vida del no nacido y otros derechos consagrados en la Constitución como el acceso a la información, la libertad de conciencia y el derecho de las niñas al cuidado de sus familias.

Aseguró que no es cierto que la Corte no haya establecido la temporalidad, pues en el párrafo 194 claramente la Corte señala que se requiere de una legislación que fije los límites objetivos y técnicos, lo que incluye la necesidad de la fijación de un término máximo de gestación permitido (semanas). Si se aprueba el proyecto de ley contenido en el informe, advirtió Maldonado, se estaría contraviniendo la disposición de la Corte.

Esteban Ortiz, médico investigador experto en salud pública, aseguró que el 99 % de los abortos se realizan antes de las 20 semanas, es partidario de que no se limite el acceso a las niñas, adolescentes y mujeres a la interrupción del embarazo por violación; que no se pongan obstáculos como la temporalidad, objeción de conciencia y los requisitos.

Dijo que nadie en sus cabales va a querer que la mujer aborte a las 28 semanas de gestación, porque eso no se da en ningún lado; las únicas personas que acceden tardíamente al sistema sanitario son aquellas con más vulnerabilidad.

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Pablo Andrés Proaño, abogado por la universidad San Francisco de Quito, se pronunció a favor de que se establezcan requisitos para poder acceder a la interrupción del embarazo por violación, pues sin ellos, causarán varios problemas de tipo legal como reconocer los hechos fácticos para la configuración de la sanción penal y trae consecuencias sobre la salud de las niñas, adolescentes y mujeres, la persecución de los delitos. El aborto por violación en el Ecuador es una excepción.

La investigadora de Human Rights Watch, Ximena Casas, reveló que en Ecuador las mujeres sí están siendo judicializadas por practicarse un aborto, incluyendo los casos por emergencias obstétricas; por lo tanto, dijo que se debe eliminar todo obstáculo para acceder a la interrupción del embarazo por violación.

Teresa Arboleda, representante de la Casa de la Vida, afirmó que el proyecto como está presentado promueve el aborto como un derecho, porque textualmente dice que la interrupción voluntaria del embarazo producto de violación ejecutada de acuerdo a los enfoques y principios de esta ley constituye una medida de reparación. Esta ley se enfoca únicamente en las consecuencias, y deja en enunciados las horrorosas causas que generan la tragedia de muchas niñas, adolescentes y mujeres que son objeto de abuso, incesto, violencia intrafamiliar y violaciones.

Lo que debe hacer la ley, por mandato constitucional, es regular el libre acceso a la interrupción voluntaria del embarazo a quienes hayan sido víctimas de violación.

Arboleda indicó que si bien esta no es una ley para sancionar el delito de violación, indiscutiblemente ayuda a encubrir al violador, pues en el artículo 20 del proyecto se determina que bajo ningún concepto se requiera la denuncia o declaración previa, lo que implica un total silencio y encubrimiento para el violador y el perpetrador del incesto. Deja a la víctima en el mismo lugar, en el mismo entorno de violencia a su desdicha y al responsable de este crimen en la impunidad.

Antes de concluir la comisión general, Estefany Altamirano, sobreviviente de violencia sexual, señaló que el proyecto en discusión no es justo ni reparador, pues si la Asamblea Nacional pone plazos para el acceso a la interrupción del embarazo, lo más seguro es que muchas niñas, adolescentes y mujeres estén condenadas a la tortura de una maternidad forzada. (I)