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Audiencia de revisión en caso por intento de magnicidio contra Rafael Correa el 30-S se difiere por pedido de quienes plantearon el recurso

Cinco de los seis sentenciados por el delito de intento de magnicidio ocurrido el 30-S han planteado el recurso extraordinario de revisión en la Corte Nacional.

QUITO (21-10-2021).- En la Corte Nacional de Justicia no pudo instalarse la audiencia para analizar el recurso extraordinario de revisión solicitado por cinco procesados por los hechos del 30-S. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: El Universo

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Debido al pedido de la defensa de Luis Guanotasig, Geovany Laso, Eduardo Mullo y Jesús Jetacama, quienes fueron sentenciados a doce años de cárcel por el delito de tentativa de magnicidio contra el expresidente Rafael Correa, durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) resolvió diferir la audiencia en que se evaluaría el recurso extraordinario de revisión planteado por los cuatro ahora expolicías.

El pedido de diferimiento de la diligencia fue hecho por la defensora pública Lolita Montoya. Ella aseguró que era necesaria la presencia en esa diligencia de dos peritos que sustentarán la teoría del caso que respalda a los cuatro solicitantes. Supuestamente asuntos de fuerza mayor no permitieron que ninguno de los peritos convocados llegara a la CNJ.

Sobre este pedido, Byron Guillén, presidente del Tribunal de Revisión, señaló que para garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa, de forma unánime decidieron dar paso al diferimiento, más aún cuando no hubo oposición de parte de la Fiscalía ni de la defensa del quinto solicitante del recurso de revisión, Marcelo Bonifaz.

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Sentenciados por intento de magnicidio el 30-S presentan recurso extraordinario de revisión en la Corte Nacional

Guillén aclaró que la norma respecto al recurso extraordinario de revisión en el numeral 6 del artículo 360 del Código de Procedimiento Penal (CPP) no prohíbe que los solicitantes puedan anunciar prueba nueva.

“No hay una prohibición en el CPP. Por antonomasia el recurso de revisión se basa en nuevos hechos y estos nuevos hechos solo pueden acreditarse por medios probatorios establecidos en el CPP. Por lo tanto, este Tribunal no puede limitar que si la hipótesis fáctica nueva que traen, a través de un recurso de revisión, los recurrentes pueda ser acreditada a través de prueba nueva, porque no lo impide, no lo limita el CPP”, apuntó Guillén.

El recurso extraordinario de revisión fue presentado hace más de un año por cinco de los seis sentenciados el 25 de agosto de 2014 como culpables de intentar atentar contra la vida del entonces primer mandatario, en el denominado 30-S.

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Tanto Guanotasig, Laso, Mullo y Jetacama han insistido en que en el procesamiento que terminó con su sentencia de doce años existió una “metida de mano en la justicia”. En esa línea, los cuatro exuniformados, el 16 de septiembre de 2019, presentaron una denuncia contra Correa y 15 operadores de justicia (jueces y fiscales) que habrían participado en la adulteración de evidencias, videos, testigos e incluso en el que se les haya pedido a ellos que inculpen a otras personas.

Expolicías sentenciados por magnicidio en el 30-S presentan denuncia contra Rafael Correa y 15 personas más

Walter Macías y Luis Rivera son los jueces penales que completan la Sala de la Corte Nacional que analizará el recurso de revisión. El presidente del Tribunal aseguró que debido a que el recurso ya lleva un buen tiempo en ese alto organismo de justicia colocarán la nueva fecha para la diligencia lo más pronto que la agenda permita.

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Óscar Ayerve, parte del colectivo ciudadano Asociación de Víctimas del 30-S, califica a esta audiencia de revisión como la más importante del caso 30-S, pues se confirmará que todo fue una “farsa” en la que sentenciaron a seis inocentes, metiendo la mano en la justicia. (I)

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