Esta mañana, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Educación Superior presentado por el presidente Guillermo Lasso y lo envió a la Comisión Legislativa Permanente de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales.

El proyecto obtuvo seis de siete votos en el CAL y el voto en contra del asambleísta de UNES, Ronny Aleaga.

Consejo de Educación Superior estaría integrado por docentes, según proyecto de reformas a Ley de Educación Superior

Lasso entregó este proyecto el pasado 17 de agosto, personalmente, en el Pleno de la Asamblea y expuso cuáles son sus ejes: libertad y autonomía para decidir, ampliación de la oferta académica y mejoramiento de los procesos de admisión.

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“Este proyecto de ley debe tramitarse y aprobarse en forma urgente sin perjuicio de que luego se hagan reformas más amplias, la reactivación debe estar liderada por profesionales jóvenes, cuyo ímpetu promueva el renacimiento de Ecuador como un país creativo e innovador”, dijo Lasso, en esa ocasión.

Guillermo Lasso entrega proyecto de reformas a la educación superior y pide aprobación urgente de la Asamblea

El proyecto busca que se retome la libertad de elección de la carrera universitaria para los bachilleres, que las universidades y centros de educación superior puedan definir las carreras que impartirán, y cambia la estructura del Consejo de Educación Superior (CES). Aunque no elimina la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología (Senescyt) como fue el ofrecimiento inicial de campaña.

El proyecto mantiene la gratuidad de la educación superior pública de tercer nivel, estableciendo un sistema de responsabilidad académica para los estudiantes.

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Además, tomando en cuenta la autonomía universitaria, cada centro de educación superior podrá implementar directrices y criterios del Sistema de Nivelación y Admisión, inclusive, podrán ofrecer cursos de nivelación con costos establecidos por la misma universidad.

En cuanto al CES, el proyecto le retira la atribución de fiscalizar y supervisar el cumplimiento de la prohibición de lucro, dispone el cese de funciones de los integrantes actuales de este organismo y establece que no se realice la designación de los miembros académicos del CES, según lo disponía la LOES antes de esta reforma.

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“En caso de estar vigente un concurso público, se deja sin efecto el concurso público que se encuentre en trámite o haya sido realizado por el Consejo Nacional Electoral (CNE)”, agrega el documento. (I)