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Ante una muerte cruzada, el presidente de la República gobernará por unos tres meses sin la participación del Poder Legislativo. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

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En medio del despacho del juicio político al presidente de la República Guillermo Lasso, una eventual activación de la muerte cruzada o disolución de la Asamblea Nacional y que implicaría la convocatoria a elecciones anticipadas enfrentaría a los partidos y movimientos políticos a postular candidaturas presidenciales con el requisito de la paridad de género.

En las reformas al Código de la Democracia, vigentes del 2020, se incorporó un articulado tendiente a favorecer la participación de las mujeres y jóvenes en las listas de candidatos para las diferentes dignidades de elección popular.

Ese artículo es la disposición transitoria tercera en cuyo literal e, establece que la “obligación de paridad en los binomios presidenciales se cumplirá a partir de las elecciones subsiguientes a las elecciones generales posteriores a la vigencia de la ley”.

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Para el analista electoral Jairo Gavilanes, en el caso de haber una convocatoria a elecciones anticipadas, la disposición transitoria entrará en vigencia.

“Hay que hacer una línea de tiempo. Las reformas están vigentes desde el año 2020 y en las elecciones presidenciales del 2021 se mantuvo la decisión de las organizaciones políticas de conformar sus binomios con base en sus criterios internos; pero, la norma habla sobre “las elecciones subsiguientes” a las elecciones generales posteriores a la vigencia de las reformas y, estas vendrían a ser las elecciones presidenciales del 2025″, dijo.

Aunque, ante una posible activación de la muerte cruzada, “eso quiere decir que la paridad de género entraría a regir en ese posible proceso electoral, por lo que no necesariamente se deberá esperar a los comicios del 2025″, recalcó el analista.

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Insistió que la primera elección siguiente a las reformas al Código electoral se dio en el 2021 y la “subsiguiente” vendría a ser la más próxima y, en ese caso, “la más próxima sería la muerte cruzada si se da ese panorama y es ahí en donde los binomios contarían con la presencia de una mujer y hombre o hombre mujer. El Código reconoce que la palabra subsiguiente, lleva a cumplir con la paridad de género en la próxima elección y no explícitamente en el 2025 porque no se contaba con una elección anticipada”, acotó Gavilanes.

En contexto, el jefe del Gobierno Guillermo Lasso enfrenta una interpelación política en la Legislatura impulsada por facciones de oposición, quienes lo responsabilizan de incurrir en presunto peculado, causal contemplada en el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución.

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La acusación se argumenta en que el presidente habría participado en una distracción de fondos públicos en la ejecución de contratos celebrados por la empresa pública Flopec para el transporte de crudo y, esa actuación se habría producido a través de terceros, quienes incidían en la contratación entre Flopec y la transnacional Amazonas Tanker Pool, en el que habría estado vinculado su cuñado, Danilo Carrera Drouet.

En recientes declaraciones, Lasso ha dicho que dejará que el procedimiento se evacúe y que se presentaría en el hemiciclo legislativo para defenderse y exponer sus pruebas de descargo y luego, resolverá si diluye la función Legislativa.

Todavía no es una decisión tomada, pero dependerá -manifestó- de la “tan dinámica creatividad de algunos asambleístas” y de otros líderes políticos como Jaime Nebot del PSC, Rafael Correa de la Revolución Ciudadana y Leonidas Iza, presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie).

La disolución del Parlamento o más conocida como ‘muerte cruzada’ es una herramienta contemplada en el artículo 148 de la Constitución, que puede aplicarse bajo tres motivaciones: cuando se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna.

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Su efecto inmediato es que en un plazo máximo de siete días, el Consejo Nacional Electoral (CNE) convocará a elecciones legislativas y presidenciales para una misma fecha para lo que resta del periodo. Es decir, hasta mayo del 2025.

Mientras se instale la nueva Asamblea, el presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

Articulado a ello, el Código de la Democracia dispone que el CNE convocará a elecciones para que se realicen en un plazo menor a 90 días, contados a partir de la convocatoria. Unos tres meses para efectuar este comicio.

El exjuez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Arturo Cabrera cree también que el requisito de la paridad de género entraría en vigencia en un posible proceso electoral anticipado.

“La reforma al Código de la Democracia determinó que las elecciones próximas se hagan obligatoriamente respetando la paridad de género para las listas pluripersonales en los últimos procesos y en las presidenciales del 2021; pero como ya pasó ese evento, la próxima elección debería respetar la paridad. Además, la muerte cruzada provoca la necesidad de una elección, por lo que creo que no hay a dónde correrse, esa nueva elección debe sujetarse a las reglas”, reflexionó.

En las elecciones presidenciales del 2021 se inscribieron 16 candidatos a la presidencia de la República con sus respectivos binomios, de los que, apenas una candidatura incluyó una mujer: Ximena Peña Pachecho, cobijada por lo que fue el movimiento Alianza PAIS (AP) (hoy Mover) y obtuvo un porcentaje del 1,54% de votación.

En la actualidad, dos actores políticos han manifestado su interés para un próximo proceso electoral.

A finales de marzo, el presidente del movimiento Democracia Sí Gustavo Larrea y Yaku Pérez, que lidera el grupo ciudadano Somos Agua, suscribieron un denominado ‘pacto ético’ con miras a las presidenciales venideras. Y el candidato visible fue Yaku Pérez, que se candidatizó en los recientes comicios por el movimiento Pachakutik (PK).

De su parte, el expresidente y líder del movimiento Revolución Ciudadana Rafael Correa calificó de “novelería” a la reforma y considera que restringe la libertad de elección.

“Con las novelerías de los últimos tiempos, resulta que el binomio debe ser mixto. Somos los primeros en impulsar la equidad de género”, expresó Correa en una entrevista a un medio digital de España y añadió: “Para decir lo absurdo de la medida, si quiero presentar dos mujeres presidenta y vicepresidenta, estoy infringiendo la ley… Tenemos que pensar, que ver, si las elecciones van a ser el 2025, porque pueden ser anticipadas”, expresó prevenido. (I)

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