Versiones, transcripciones de conversaciones ubicadas en teléfonos periciados, informes de la Contraloría General del Estado (CGE) sobre el desvanecimiento de glosas relacionadas con la empresa Nolimit y China CAMC (...) son parte de los 79 elementos de convicción que le sirvieron de base al juez de la Corte Nacional Felipe Córdova para presumir la participación, en calidad de líder, del excontralor Pablo Celi en una supuesta “organización delictiva” que buscó beneficiarse económicamente por desvanecer glosas y facilitar pagos en otras empresas públicas.

El lunes último, Pablo Celi, su hermano Esteban, el exgerente de Petroecuador Pablo Flores, Adolfo Agusto Briones, hermano del exsecretario de la Presidencia José Agusto Briones, y nueve personas más fueron llamados a juicio por el delito de delincuencia organizada, el cual se investiga desde abril del 2021 bajo el nombre de caso Las Torres.

Córdova, siguiendo la acusación de Fiscalía, llamó a juicio como cabezas de este grupo estructurado a Pablo Celi y Pablo Flores; mientras que en calidad de colaboradores a Natalia Cárdenas, Mauricio Orellana, Roy Calero, Martha Barrezueta, Esteban Celi, Pedro Saona, Álvaro de Guzmán, Adolfo Agusto Briones, Silvia López, Ángelo Rodríguez y Andrés Luque.

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Transferencia de $ 1,3 millones de empresa China CAMC a los hermanos Pablo y Esteban Celi confirmaría ‘modus operandi de la organización delictiva’

Marcelo Ron, abogado de Pablo Celi, sostiene que el llamado a juicio de su cliente no tiene sustento jurídico ni existen hechos imputables. Desde su perspectiva, el juez Felipe Córdova se sometió a los elementos de convicción inconsistentes de Fiscalía, por lo que basó su decisión en “suposiciones no probadas, partiendo de chats, reuniones y transacciones en los que Pablo Celi no participa”.

Entre las principales versiones que se acogen como indicios de una posible responsabilidad penal del excontralor están la del exfuncionario de Petroecuador Raúl De la Torre y el empresario inmobiliario Roberto Barrera, ambos sentenciados en 2019 en Estados Unidos luego de aceptar su culpa en una trama de corrupción desarrollada dentro de Petroecuador.

En conversaciones transcritas en el expediente, De la Torre hablaría de su ‘tío’, que se presume sería el excontralor, de la cercanía que tiene con la CGE e incluso indicaría la forma como concertaban y acordaban tener el beneficio económico, los posibles integrantes de la organización, entre ellos, Pablo y Esteban Celi o PC o EC, quienes aparentemente para De la Torre eran sus ‘tíos’.

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La defensa del excontralor, a quien se le negó la sustitución de la prisión preventiva que pesa sobre él desde hace nueve meses, sostiene que el uso del nombre de Pablo Celi en chats de terceros no prueba la participación de su cliente. Insiste en que no hay ningún chat de Celi con los procesados y afirma que “es una elaboración direccionada de Fiscalía sostener que los términos “tío” o “number one” se refieren a Pablo Celi”

“Se ha llegado al extremo de mala intención, recogiendo un chat entre De la Torre y Barrera, con un texto forjado que no es un reenvío de algo enviado por Pablo Celi, como asumen Fiscalía y el juez, sino una elaboración fraudulenta para usarlo con fines extorsivos por parte del delincuente Raúl De la Torre”, refirió Ron.

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El auto de llamamiento a juicio se da debido a que entre los años 2017 y 2020, en Quito, mediante un posible acuerdo de funcionarios públicos de nivel directivo y con la colaboración de otros funcionarios públicos y privados se habría consolidado una estructura compleja y de presunta jerarquía, a través de la cual posibles líderes ostentaban cargos directivos en Petroecuador, la CGE y la secretaría de la Presidencia de la República.

Para Córdova, la información enviada como parte de la asistencia penal internacional de Estados Unidos, así como comprobantes de transferencias que están en el expediente y los documentos en los cuales se desvanecen varias glosas por pedido directo del entonces contralor indicarían la supuesta dirección o liderazgo en el actuar de esta organización que tenía Pablo Celi.

El objetivo de esta estructura, según la teoría que mantuvo la fiscal general, Diana Salazar, habría sido la obtención de beneficios económicos, para lo cual se presume que los integrantes de la organización de forma reiterada y permanente habrían acordado y planificado el cometimiento de infracciones penales sancionadas con una pena de privación de la libertad superior a los cinco años.

Las versiones de los excontralores subrogantes Luis Miño y Nelson Dueñas, en las que se señalaría que los desvanecimientos de al menos cinco glosas fueron hechos por “orden y disposición” del entonces contralor Pablo Celi, fueron elementos que para el juez Córdova abren la puerta a la presunción sobre indicios que debían ser debatidos en etapa de juzgamiento ante un Tribunal de la CNJ.

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El excontralor del Estado subrogante Pablo Celi presentó el 26 de julio sus pruebas de descargo del juicio político planteado en su contra y que procesa la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional. Cortesía Foto: Fernando Sandoval

Respecto a este tema, Marcelo Ron explicó que no se ha presentado ninguna evidencia de que Pablo Celi haya actuado en el desvanecimientos de glosas y la imputación se basaría en el “testimonio interesado de Luis Miño”, funcionario de Contraloría que intervino en la elaboración y suscribió los desvanecimientos de glosas y finalmente fue sacado del proceso por este servicio prestado a la Fiscalía.

Según Ron, los desvanecimientos de glosas cumplieron un debido proceso, no han sido impugnados y se encuentran vigentes. Además aclaró que los pagos de planillas en Petroecuador no dependen de desvanecimientos de glosas, de ninguna acción de Contraloría o decisión del contralor, por lo que no puede establecerse un vínculo causal entre informes y resoluciones de Contraloría con acuerdos de terceros sobre asuntos que no son de competencia del organismo de control.

En el expediente también existirían elementos que describen el contacto permanente de los hermanos Celi sobre temas de la CGE e incluso no se habría justificado el porqué un sinnúmero de documentos de la Contraloría y otras instancias públicas estaba en manos de Esteban Celi pese a que él no laboró en esa institución o tenía algún contrato de servicios profesionales.

“Estas conversaciones contemplan la forma como habrían operado, a través de Raúl De la Torre, quien explicaría de la distribución, los repartos y los beneficiarios de los fondos, entre ellos, Pablo Celi. (...) De la Torre hace alusión a su tío Pablo Celi, de quien inclusive se referiría como la tercera máxima autoridad en el país. Se puede colegir una posible presión y hasta lo que posiblemente pudiese configurarse en las amenazas a personeros de Nolimit para la entrega de fondos”, apuntó Córdova en la fundamentación de su llamado a juicio.

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Marcelo Ron criticó que el juez haya dicho insistentemente durante la audiencia que no puede tener convencimiento de hechos en esta etapa, sin embargo, “con evidente direccionamiento” acoge como elementos de convicción todo lo que sirve a Fiscalía para fines acusatorios e ignora la alegación de la defensa, calificándola de subjetiva y general. Desde su perspectiva, Córdova da credibilidad a las declaraciones de Luis Miño y Marcelo Dueñas y resta toda validez a las versiones de funcionarios de CGE que no acusan a Pablo Celi.

Pablo Celi al ser uno de los dos líderes de la organización fue llamado a juicio en calidad de autor directo del delito de delincuencia organizada previsto en el artículo 369, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que deja una pena de siete a diez años de cárcel. (I)