El Consejo Nacional Electoral (CNE) ya recibió el decreto ejecutivo por el cual el presidente Guillermo Lasso le dispone al organismo convocar un referéndum para que la ciudadanía se pronuncie sobre ocho preguntas para enmendar la Constitución de Montecristi relacionadas con temas de seguridad, institucionalidad democrática y medioambiente.

La presidenta del CNE, Diana Atamaint, indicó este 1 de diciembre que, para cumplir el plazo de 60 días que le da la carta magna para organizar estos procesos, la convocatoria al referéndum se realizará el 7 de diciembre; con ello, coincidirá con las elecciones de autoridades seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), previstas para el 5 de febrero.

El pleno del organismo sesionará en estos días para aprobar el texto de la convocatoria, el plan logístico y el presupuesto para la consulta popular.

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El vicepresidente del CNE, Enrique Pita, señaló que el presupuesto tentativo calculado por las áreas técnicas de la institución asciende a $ 20 millones, que incluyen el fondo para la campaña de promoción de las opciones del sí y el no.

Las preguntas constarán en una sola papeleta. En el anverso, el texto de aquellas; y en el reverso, los anexos en los que se detallan las enmiendas puntuales que se harán a la Constitución.

El consejero José Cabrera mostró a los medios de comunicación el modelo de la papeleta para el referéndum. Foto API Foto: El Universo

El consejero José Cabrera mostró a la prensa un modelo borrador de la boleta electoral.

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Algo que fue cuestionado por su colega Elena Nájera, quien dijo que ese documento no ha sido conocido aún en el pleno del organismo electoral y que desconocía desde cuándo está listo.

Incluyendo la del referéndum, los electores recibirán entre cuatro y nueve papeletas electorales, según la jurisdicción a la que pertenezcan, indicó Cabrera.

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En el exterior, son cuatro: CPCCS hombres, CPCCS mujeres, CPCCS pueblos y nacionalidades, y consulta popular.

En las zonas urbanas serán siete: alcalde, prefecto, concejales urbanos, CPCCS hombres, CPCCS mujeres, CPCCS pueblos y nacionalidades, y consulta popular.

En las rurales, ocho: alcalde, prefecto, concejales rurales, juntas parroquiales rurales, CPCCS hombres, CPCCS mujeres, CPCCS pueblos y nacionalidades, y consulta popular.

Consulta en Morona Santiago

El 30 de noviembre pasado, el presidente Lasso emitió un decreto en el que le pide al CNE que organice una consulta popular en la parroquia Sevilla Don Bosco, en Morona Santiago, para que su población decida si quiere convertirse en cantón. En esta localidad, los votantes recibirán nueve papeletas: alcalde, prefecto, concejales rurales, juntas rurales, CPCCS hombres, CPCCS mujeres, CPCCS pueblos y nacionalidades, referéndum y consulta sobre cantonización.

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Atamaint comentó, asimismo, que la organización de los comicios seccionales y del Consejo de Participación avanza dentro del cronograma electoral ya trazado.

8 preguntas del referéndum

Las preguntas de referéndum son las siguientes:

  1. La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional, como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  2. Actualmente, el Consejo de la Judicatura selecciona, evalúa, asciende, capacita y sanciona a fiscales, a pesar de que la Fiscalía es un órgano autónomo. ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  3. En la actualidad, la Asamblea Nacional está integrada por 137 asambleístas y se estima que, con el censo poblacional del 2022, este número ascienda aproximadamente a 152 asambleístas. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  4. Actualmente existen 272 movimientos políticos en el Ecuador. Estos no garantizan la representación ciudadana ni una adecuada participación de sus miembros. ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5 % del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  5. La Constitución excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a las áreas de protección hídrica, por lo que estas no gozan de su protección. ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  6. La Constitución no prevé compensaciones a quienes apoyan a la generación de servicios ambientales. ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  7. El CPCCS es una entidad pública que actualmente tiene el poder de designar a 77 autoridades. ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social enmendando la Constitución según el anexo?
  8. El CPCCS es una entidad pública que actualmente es elegida por sufragio universal. ¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución según el anexo? (I)