El proyecto de Código para la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Copinna), plantea despenalizar el aborto en niñas y adolescentes si el embarazo es consecuencia de una violación.

La Comisión Ocasional para atender temas y normas sobre niñez y adolescencia de la Asamblea Nacional prepara el informe para segundo y definitivo debate de lo que será el código en materia de niñas, niños y adolescentes, y tiene plazo hasta este 10 de marzo para aprobar el documento, según lo determinó el Consejo de Administración Legislativa (CAL), tras una octava ampliación de permanencia de la comisión.

El borrador de informe consta de al menos 650 artículos, más las disposiciones generales, transitorias y reformatorias. En esta última se incluye una reforma al artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), referente al aborto no punible, donde se señala que: “El aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal, cuando ella no se encuentre en posibilidad de prestarlo, no será punible en los siguientes casos (...)

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Los legisladores miembros de la comisión acordaron que a continuación del numeral 2, del artículo 150 del COIP, se incorpore el siguiente texto: “Si el embarazo es consecuencia de una violación a la niña o adolescente”.

En el debate, la experta en área de derechos de la niñez, Berenice Cordero, sugirió que para no poner en peligro toda la Ley, se proponga que el aborto no punible por violación sea para niñas hasta los 14 años de edad y personas con discapacidad, pues dijo que son 2.600 embarazos al año en el país, lo cual es una afectación gravísima, dijo. Ese planteamiento lo apoyó la legisladora Gloria Astudillo (CREO-SUMA).

Astudillo advirtió que dentro de la Asamblea existen posiciones radicales respecto al tema del aborto, y lamentó que por la inclusión de este articulado como disposición reformatoria se podría echar abajo el código en discusión; y recordó que el pleno ya intentó incluir este tema, pero que no se dio paso.

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En efecto, la Asamblea Nacional en la sesión plenaria del 17 de septiembre de 2019 negó la despenalización del aborto en caso de violación, contemplada dentro del proyecto de reformas al COIP.

Asamblea Nacional en el 2019 negó despenalización del aborto por violación

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La activista en temas de derechos de niñez Sara Oviedo recordó que los niños en el país respaldados en 20.000 firmas presentaron una propuesta para este Código, y que el tema del aborto por violación para niñas y adolescentes es uno de los pedidos fundamentales.

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La legisladora Gabriela Larreátegui (SUMA) también apoyó el planteamiento de la despenalización del aborto por violación a niñas hasta los 14 años de edad, pero señaló que de todos modos se tendrá oposición en la Asamblea, y por ello dijo que está de acuerdo dejarlo que el aborto por violación se permitirá para niñas y adolescentes. La posición de Larreátegui fue respaldada por el legislador Franklin Samaniego (RC).

La presidenta de la comisión ocasional, Encarnación Duchi (PK-BIN), explicó en la mesa lo que actualmente establece el artículo 150 del COIP, respecto a la interrupción del embarazo, pero que se propone que también se proceda a la interrupción del embarazo cuando exista violación de las niñas y adolescentes hasta los 18 años de edad. Que si bien el tema del aborto es álgido se debe dar pasos firmes.

Indicó que si en el debate en el pleno se presentan posiciones radicales se puede mediar en el texto, pero que la inclusión de una reforma al artículo 150 del COIP, se mantiene.

Anticoncepción oral de emergencia

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El proyecto de código, que espera la aprobación del informe para segundo debate, incluye temas referentes a derechos de las niñas y adolescentes víctimas de violencia y se plantea el acceso gratuito a anticoncepción oral de emergencia y a información sobre interrupción terapéutica del embarazo en caso de violación y/o abuso sexual o riesgo a la salud integral de la niña o la adolescente.

También en el artículo referente al derecho a la protección de niñas y adolescentes en condición de embarazo, se propone que sin perjuicio de las normas, políticas y acciones públicas y privadas encaminadas a la prevención y erradicación del embarazo infantil y adolescente, las niñas y adolescentes embarazadas tienen derecho a la protección especial y a la atención integral por parte del Estado.

Esta atención integral comprenderá el derecho a acceder a procedimientos de interrupción del embarazo en condiciones de seguridad y salubridad para evitar el riesgo para la vida, para la salud integral de la niña o adolescente embarazada y en caso de violación, después conocer y comprender a nivel social y psicológico, exhaustiva y profundamente los efectos.

El código en discusión incluye los derechos a la salud sexual y reproductiva, donde se propone que las niñas, niños y adolescentes tendrán autonomía, libertad y el derecho a la integridad sexual; el derecho a tomar decisiones autónomas sobre su proyecto de vida, su cuerpo y su salud sexual y salud reproductiva, por tanto, libre de toda violencia, coacción o discriminación, el acceso a información y formación sobre sus derechos y el acceso real y efectivo a servicios integrales de salud sexual y salud reproductiva, educación sexual integral, consejería en sexualidad y planificación familiar, conforme su edad y autonomía progresiva.

Contempla el acceso a métodos anticonceptivos, pues se determina que las y los adolescentes tienen derecho a acceder de manera gratuita a métodos anticonceptivos en los centros de salud públicos o privados, incluida la anticoncepción oral de emergencia.

Estos no podrán ser denegados por los servicios de salud cuando las y los adolescentes los requieran. Los servicios de salud públicos o privados que faciliten el uso de métodos anticonceptivos a las y los adolescentes, deberán entregar además información sobre salud sexual integral como sobre la correcta utilización de métodos anticonceptivos, los riesgos de iniciar una vida sexual en forma precoz, los efectos de un embarazo adolescente y orientación en torno a factores de riesgo.

Plazo para el informe segundo debate

Tras dos años y medio, la comisión ocasional para atender temas y normas sobre niñez y adolescencia presidida por Encarnación Duchi (PK-BIN) no termina de aprobar el informe para segundo y definitivo debate del Copinna, cuyo plazo vence este miércoles10 de marzo.

Esta comisión fue creada en octubre del 2018 para un periodo de duración de seis meses, pero hasta el momento lleva ocho veces en que el Consejo de Administración Legislativa (CAL) amplía su permanencia y el último plazo vencerá el 31 de marzo; sin embargo, el órgano administrativo de la Asamblea puso un ultimátum a la comisión ocasional para que presente el informe para segundo debate hasta este miércoles 10 de marzo.

La comisión ocasional está integrada por los asambleístas Encarnación Duchi (PK-BIN), Franklin Samaniego y Verónica Arias (RC), Gabriela Larreátegui (SUMA), Brenda Flor (AP), Gloria Astudillo (CREO-SUMA), Ángel Sinmaleza (IND) y Karina Arteaga (antes de AP).

Este 9 de marzo, la comisión ocasional en su orden del día constaba la aprobación del informe para segundo debate, pero su trabajo se centró a una nueva revisión de algunos textos donde no había consenso, debatir las disposiciones generales, transitorias y reformatorias. La sesión que se instaló a las 08:00 se suspendió a las 13:42.

En la sesión también esperaban conocer la renuncia de la legisladora Dayllana Passailaigue (PSC), a seguir dentro de la comisión ocasional, aunque el documento ingresado a la Presidencia de la Asamblea Nacional tiene fecha julio de 2020.

En la carta de dimisión, Passailaigue denuncia que la elaboración del proyecto de código que discute la comisión estaría en manos de dos organizaciones de la sociedad civil que aportan para sostener a los asesores que trabajan en la reforma, tras las medidas de austeridad aplicadas por la Asamblea Nacional. Esa participación externa en la elaboración del proyecto estaría causando malestar en otras agrupaciones cuyos informes técnicos y jurídicos no han sido tomados en cuenta, advierte la legisladora socialcristiana.

Otros temas

El proyecto de código también incluye temas como la adopción, la patria potestad, custodia en el cuidado y protección, así como el régimen de protección económica.

En el tema de protección económica que actualmente se conoce como pensiones alimenticias, se plantea que esta protección incluya también a personas adultas hasta la edad de 24 años de edad, que demuestren que se encuentran cursando estudios en cualquier nivel educativo que les impida o dificulte dedicarse a una actividad productiva y carezcan de recursos propios y suficientes.

Protección de hijos hasta los 24 años de edad

En el tema de adopciones, se determina que las medidas de apoyo para la reinserción familiar, no pueden extenderse más de seis meses, cuando hay orfandad respecto a ambos progenitores dentro del proceso de investigación para dar con el paradero de los progenitores y parientes, en caso de no encontrarlo el juez debe declarar de inmediato la adoptabilidad.

Para los casos de niñas o niños menores de doce meses de edad abandonados o entregado a terceros o instituciones públicas o privadas, el juez debe declarar su actitud legal para ser adoptado en el término máximo de tres meses, el proceso de adoptabilidad tiene que hacerse por vía sumaria, la decisión del juez debe notificarse a la unidad de adopciones en tres días. (I)