Las bancadas Unión por la Esperanza (UNES) y del Partido Social Cristiano (PSC) reunieron 59 firmas para presentar la solicitud de juicio político en contra del presidente de la República, por supuesto delito de concusión y peculado en las empresas de Petroecuador, Flopec y Emco.

La solicitud de juicio fue presentada este 16 de marzo de 2023 a las 17:34, en medio de una caravana de legisladores de las dos bancadas que respaldan la interpelación al primer mandatario. Los legisladores: Viviana Veloz (UNES), Pedro Zapata (PSC), Mireya Pazmiño (separada de Pachakutik) y Rodrigo Fajardo (separado de la ID), serán los interpelantes.

Para este pedido de juicio, los asambleístas firmantes invocan el artículo 131 de la Constitución de la República que se refiere a la facultad de la Asamblea Nacional de proceder al enjuiciamiento político por incumplimiento de funciones de los ministros de Estado y a las autoridades de control, y no se refiere expresamente, que para enjuiciar al Presidente de la República, se necesita de un informe de admisibilidad de la Corte Constitucional, lo cual lo contempla el 129 de la misma Constitución.

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Comienza recolección de firmas entre los asambleístas para el juicio político al presidente de la República, Guillermo Lasso

Presentada la solicitud, el expediente pasó a conocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela, quien convocó para este viernes 17 de marzo a las 19:45 a reunión del Consejo de Administración Legislativa (CAL), y en el quinto punto del orden del día consta el conocimiento de la solicitud de juicio.

La asambleísta Veloz comentó que es un día histórico para el país, porque con el juicio político se trata de establecer las responsabilidades políticas del primer mandatario.

Recalcó que los asambleístas no son jueces ni fiscales, sino que tienen el rol de fiscalizar y ejercer el control político y más aún cuando el presidente Guillermo Lasso, adecuó su conducta para proteger los vínculos de una estructura criminal en las empresas públicas, porque el presidente siempre supo y tuvo conocimiento, siempre quiso proteger y permitió que se hagan feria de esas empresas y se reparta el dinero del pueblo ecuatoriano.

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El presidente Lasso, añadió, prefirió proteger a su cuñado, a su familia, a sus amigos y ocultó una investigación que atacaba al narcotráfico albanés para poner por encima a su cuñado, Danilo Carrera.

Veloz espera que el Consejo de Administración de la Legislatura califique y envíe a la Corte Constitucional, quien tiene que actuar como un ente jurídico y no político, pues la mirada de los 18 millones de ecuatorianos estarán sobre esta Corte que tiene que permitir la salida constitucional y democrática.

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La legisladora, representante de UNES en Santo Domingo de los Tsáchilas, habló que presentó el pedido con 58 firmas, aunque en el oficio entregado en Gestión Documental constató 59 rúbricas. Veloz dijo que en estos días se adherirán mas firmas, y aseguró que existirán los 92 votos para destituir al primer mandatario.

Dijo que las firmas provienen de las bancadas Unión por la Esperanza (UNES), Partido Social Cristiano (PSC), Izquierda Democrática, Pachakutik e Independientes.

El coordinador de la bancada de Gobierno, Juan Fernando Flores, dijo que será la Corte Constitucional, compuesta por jueces probos, quienes determinarán si existe razones para llevar a un juicio político.

Destacó que la nueva causal del del juicio político en contra del primer mandatario no tiene elementos probatorios que determinen que esto fue una orden o ejecución del Presidente de la República, pues establecen que existen elementos por los cuales consideran que en función de una omisión por comisión se cometió un delito, lo cual no está tipificado como causal de juicio a un mandatario.

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Flores manifestó que según la ley, una vez presentado el juicio, se debe revisar que cumpla la forma, pero que los elementos constituidos dentro de las causales tengan conectividad y conexidad; “no es solo decir yo considero que se cometió este delito, y en función de eso, vean ustedes si es cierto o no, tienen que existir los elementos probatorios dentro de lo que se establecen las causales, sino lo tienen, al final del día será solo un enunciado”.

Añadió que no cederán a ningún tipo de presión que pretenda, en función de lo que busca, alguien desde un ático, se adelanten elecciones para poder cumplir caprichos personales.

El legislador de Gobierno dijo que los correístas y socialcristianos aspiraban presentar el juicio con mas de 70 firmas que al día de hoy no llegan ni a las 60. Lo que hay que preguntar, por qué tanto conflicto interno a la hora de firmar.

Acusaciones

La acusación se refiere a la segunda causal del artículo 129 de la Constitución por el delito de concusión y como hechos se destacan:

  • El 18 de agosto de 2021, el Presidente de la República, a través de la expedición del Decreto Ejecutivo No. 163, modificó la conformación de los directorios de las Empresas Públicas adscritas al gobierno central concentrándolas bajo la dirección de un solo organismo: Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO EP). Tal conformación se encontraba legalmente prevista en el artículo8 de la Ley de Empresas Públicas, por lo que el decreto la reformó.
  • El 12 de julio de 2021, el Presidente de la República, firmó el Decreto Ejecutivo No. 107, por el cual nombró al señor Hernán Luque Lecaro, como presidente de EMCO EP.
  • Según información de la Superintendencia de Compañías, Hernán Luque, fue alto directivo del Banco de Guayaquil durante 23 años y en el 2010, vicepresidente comercial de esa institución.
  • Mediante Oficio MDN-MDN-2023-0239-OF de 13 de febrero de 2023, suscrito por el Ministerio de Defensa, consta que el señor Hernán Luque, presidente de EMCO EP, se reunió con el primer mandatario alrededor de cuarenta ocasiones durante el tiempo de su gestión.
  • Se agrega en el expediente audios publicados por el medio digital La Posta, sobre supuestos diálogos entre Hernán Luque y Rubén Cherres.
  • Se agregan como prueba publicaciones periodísticas.
  • Certificados de la Fiscalía General del Estado de que el Presidente de la República no presentó ninguna denuncia contra Hernán Luque Y Ruben Cherres, “lo que evidencia que el primer mandatario, jamás cumplió con su deber de actuación para denunciar las irregularidades y actos ilícitos que se perpetraron en la administración pública.
  • Se agrega el informe presentado por el ex secretario Anticorrupción, Luis Verdesoto, sobre presuntas irregularidades denunciadas en la empresa EMCO.

En la acusación constitucional por incurrir en la causal segunda del artículo 129 de la Constitución por el delito de peculado, pretende demostrar la responsabilidad política del primer mandatario en la conformación de un estructura de corrupción que perjudicó las arcas estatales.

El expediente de juicio valida el informe presentado por la comisión ocasional que investigó el caso “El Gran Padrino”, aprobado por la Asamblea Nacional con 104 votos.

En el documento se señala que el informe aprobado “ha servido como insumo para la presente acusación constitucional de juicio político al Presidente de la República, sin embargo, esta acusación no se reduce a su mera réplica, pues, como no puede ser de otra manera, se han examinado otros hechos y pruebas, así como se ha realizado un análisis individual para sustentar con la rigurosidad que una demanda de este tipo exige la responsabilidad del Presidente de la República por incurrir en dos tipos concreto de infracciones contenidas en el articulo 192.2 de la Constitución de la República”. (I)