Como parte agraviada por la sentencia emitida por una Sala Penal de la Corte de Justicia de Pichincha con la que se aceptó la acción de protección presentada por quince jueces y ocho conjueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) removidos al no alcanzar el puntaje requerido en el proceso de evaluación de 2019, el Consejo de la Judicatura (CJ) busca alternativas legales para revertir la decisión.

Los recursos de ampliación y aclaración a la sentencia, así como el recurso de nulidad, según el vocal del CJ Fausto Murillo, son las primeras acciones que la institución ha interpuesto ante el fallo que él califica como una “barbaridad”.

Murillo aclara que los jueces y conjueces no fueron destituidos, sino removidos por no haber alcanzado el puntaje mínimo en la evaluación, por lo que, insiste, la remoción no es una sanción, sino es la consecuencia de no estar preparado o con las capacidades para seguir siendo juez.

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Consejo de la Judicatura rechaza fallo que acepta recurso de 23 jueces y conjueces de Corte Nacional destituidos en 2019

“Hemos presentado un recurso de nulidad porque esa sentencia está afectada en su validez. El Tribunal integrado por los jueces Fabián Fabara, Diana Fernández y Miguel Narváez está mal conformado por la irregular intervención de la jueza Fernández. El CJ tomará todas las acciones legales en el ámbito procesal, administrativo e inclusive, de ser el caso, en el ámbito penal”, explicó Murillo.

A lo que se refiere el vocal como irregular intervención es que la jueza Fernández habría suspendido por cerca de tres horas su periodo de vacaciones que concluía el 31 de diciembre pasado, para formalizar la sentencia de la Sala de la Corte Provincial que fue notificada a las partes procesales el 30 de diciembre último.

Beatriz Suárez, una de las conjuezas removidas, asegura que la Sala de la Corte de Pichincha falló a su favor y la del resto de exmagistrados porque encontró que en la evaluación realizada por el CJ se violaron derechos fundamentales, entre ellos, la inmovilidad de los jueces, como garantía de independencia, y se establecieron en la resolución las reparaciones que estimen pertinentes.

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Para Suárez, la decisión de la Corte de Pichincha es inapelable y por tanto el CJ está en la obligación de acatar inmediatamente. Según la exconjueza, no existe ningún mecanismo jurídico que detenga la ejecución del fallo.

QUITO (04-01-2022).- El martes último, los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia removidos en 2019 dieron una rueda de prensa sobre la sentencia de la Corte Constitucional que declaró inconstitucional el reglamento del CJ. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: El Universo

Murillo no lo cree así, por lo que en paralelo al recurso de nulidad planteado adelantó que, en su momento, el CJ presentará una acción extraordinaria de protección para que la resolución suba a conocimiento de la Corte Constitucional (CC) y sea esta instancia la que diga si prevalece la sentencia de los jueces de la Corte Provincial o la que emitió sobre el mismo tema la CC.

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El 21 de diciembre pasado, la CC en sentencia definió que el reglamento que usó el CJ en 2019 para evaluar a jueces y conjueces de la CNJ era inconstitucional. No dispuso la restitución de los cargos, pero sí ordenó que sea la jurisdicción contencioso-administrativa la que determine la reparación respecto de quienes consideren fueron vulnerados sus derechos con la resolución declarada inconstitucional.

Luis Terán, uno de los jueces removidos, dice que existe inconstitucionalidad en la “destitución” de jueces y conjueces de la CNJ en noviembre de 2019, pues tras el concurso de méritos y oposición ellos fueron designados para un periodo de nueve años. “La inmovilidad de estos cargos es una de las garantías básicas de la independencia judicial. No hay norma legal ni constitucional que faculte al CJ a destituir a jueces y conjueces luego de un proceso de evaluación”.

Murillo resalta que lo único que cuestionó la CC del proceso de evaluación del CJ es que no se debió hacerlo en 2019 sino en 2020, para que coincida con la renovación por tercios que prevé la ley. Del resto, según él (la potestad del CJ para evaluar, los parámetros de evaluación, el procedimiento de la evaluación), todo estuvo dentro del marco constitucional y del marco legal.

“La CC en su resolución ha dicho que no se ha violentado el principio y el derecho de los jueces, pero la Corte Provincial dice sí se ha violentado; la CC dice que no se ha violentado el principio de inamovilidad, esto es la permanencia de los jueces, la Corte Provincial dice que se ha violentado la inmovilidad porque estaban para nueve años y no podían ser removidos...”, explicó el vocal Murillo, al tiempo que cree que ante esta disyuntiva la sentencia que debe prevalecer es la del máximo órgano constitucional, es decir, la Corte Constitucional.

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Corte Constitucional define ‘vulneración a la seguridad jurídica’ en reglamento usado para la evaluación de jueces y conjueces de la Corte Nacional

La exconjueza Suárez manifestó que debido que habían transcurrido dos años dentro de los cuales no había respuesta a sus requerimientos, los hoy exjueces y exconjueces, en noviembre pasado, decidieron acudir a instancias internacionales para presentar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Para ella, si bien la CC declaró la inconstitucionalidad de la resolución que fue base para la evaluación de los miembros de la CNJ en 2019 y la Corte Provincial de Pichincha resolvió a favor de ellos, “estas dos resoluciones se quedan cortas para efectos de proteger la independencia judicial en el país”, por lo que decidieron “continuar con las acciones internacionales a fin de sentar un precedente para que este tipo de intromisiones no vuelvan a repetirse”.

Representantes de los jueces y conjueces removidos criticaron que el CJ arremeta contra los miembros del Tribunal que falló a su favor en la acción de protección que presentaron y calificaron a los anuncios hechos como una clara manifestación de irrespeto a la independencia judicial. “Exhortamos a la ciudadanía a mantenerse vigilante respecto de la persecución de la que pueden ser víctimas los miembros de este tribunal”, concluyó Suárez. (I)