La decisión del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) de remover de su cargo al vocal del Consejo de la Judicatura (CJ) Fausto Murillo trae consecuencias. El organismo deberá cancelar una reparación a la autoridad que bordea los $ 6.900.

El 23 de abril del 2021, con cuatro votos afirmativos de los siete consejeros, se resolvió remover de la vocalía del CJ a Fausto Murillo, basados en un informe del exministro de Trabajo Andrés Isch, en el que se alegaba que tenía impedimento legal.

En la sesión virtual de ese entonces, fue la presidenta Sofía Almeida la que mocionó disponer la remoción de Murillo, y le cuestionó que él había reconocido que tenía impedimento y no podía ejercer.

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Esa moción la respaldó el consejero Javier Dávalos, y con los votos de Almeida, Dávalos, Ibeth Estupiñán y María Fernanda Rivadeneira se lo despojó del cargo.

En contra votaron los consejeros Hernán Ulloa y Francisco Bravo. David Rosero se abstuvo.

Fiscalía abrió una investigación previa a cuatro vocales del CPCCS por destitución de Fausto Murillo

Murillo apeló la decisión ante la justicia ordinaria, y en junio de ese año la Corte Provincial de Justicia de Pichincha dejó sin efecto la resolución adoptada por el Consejo y ordenó la reparación por el daño material, la cual comprendía una compensación por la pérdida o detrimento de los ingresos que dejó de percibir desde que fue separado de sus funciones.

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Los jueces concluyeron que se vulneraron los derechos de defensa, que se actuó sin la competencia constitucional y legal para resolver la remoción. Además, que se omitió el cumplimiento de la debida motivación y no se notificó el inicio del procedimiento que se seguiría en su contra ni se le permitió comparecer, presentar pruebas y analizarlas.

Se aclaró que el informe del exministro de Trabajo no constituía “un acto administrativo, conforme las disposiciones del Código Orgánico Administrativo vigente que establezca la obligación de la entidad accionada de ejecutar directrices expuestas en dicho oficio, incluso desconociendo la competencia constitucional y legal para la fiscalización y juzgamiento de los vocales del Consejo de la Judicatura”.

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Consejo de Participación Ciudadana removió a Fausto Murillo del Consejo de la Judicatura

Bajo ese marco legal, un tribunal distrital de lo Contencioso Administrativo dispuso en noviembre pasado que el CPCCS debe cancelar $ 6.991,32 por reparación integral a la autoridad, que está en funciones.

De ese valor se desprenden los aportes patronales por $ 877,35 y aportes personales por $ 850,03, los cuales debían depositarse en diez días. Sin embargo, hasta el momento, el Consejo no habría cumplido con esa disposición.

Adicionalmente, la institución deberá cancelar los honorarios de un perito, que había actuado durante el proceso judicial.

Ministro del Trabajo concluye que el removido exvocal Fausto Murillo no tiene impedimento legal para ejercer cargo en la Judicatura

El Consejo no tiene justificación para evitar el pago; si no lo hacen, las autoridades podrían ser sancionadas con base en el numeral 4 del artículo 22 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales, que determina que si los servidores incumplen una sentencia o acuerdo reparatorio, los jueces ordenarán el “inicio del procedimiento para su eventual destitución”.

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Los cuatro consejeros del CPCCS que removieron a Murillo son investigados por la Fiscalía del Estado, por un presunto delito de acción pública.

La denuncia la presentó el afectado, por lo que el proceso se encontraba en investigación previa.

El exministro de Trabajo Andrés Isch, nombrado en el gobierno de Lenín Moreno, emitió su informe de impedimento legal el 20 de abril del 2021, y el CPCCS lo trató tres días después, resolviendo remover a Murillo.

Isch pidió la remoción porque ocupaba un nombramiento de periodo fijo, que no se encontraba dentro de los cargos excepcionados en el artículo 14 de la Ley de Servicio Público (Losep).

Es decir, que su reingreso al sector público podía darse sin devolver una compensación económica por $ 30.000, que había recibido por sus 25 años de labor en la Función Judicial, y sería solo para ocupar “cargos de nombramiento provisional y cargos de libre nombramiento y remoción”. Pero que Murillo había sido designado para un periodo fijo.

Fausto Murillo volverá a la vocalía de la Judicatura por orden de la Corte de Pichincha

Con el cambio de administración presidencial a Guillermo Lasso, el nuevo ministro de Trabajo, Patricio Donoso, emitió un nuevo informe en el que se concluyó que el consejero no estaba impedido de asumir el cargo.

Se argumentó que los vocales de la Judicatura, “si bien son servidores judiciales administrativos, al ser nombrados para un periodo fijo de seis años y en virtud del artículo 42 del Código Orgánico de la Función Judicial, no pertenecen a ninguna carrera y, por ende, no les es aplicable la Ley Orgánica del Servicio Público”. (I)