Seis de las ocho propuestas de cambios a la Constitución que hizo el presidente Guillermo Lasso en su iniciativa de consulta popular pueden ser tramitadas por la vía de la enmienda, según resolvió la Corte Constitucional (CC) la noche del pasado 12 de octubre.

Estas son las que constan en las preguntas 2, 3, 4, 5, 7 y 8, que se refieren a permitir las extradiciones de ecuatorianos que tengan relación con el crimen transnacional; la creación de un consejo fiscal que evalúe, elija y sancione fiscales; la modificación de la forma para elegir a los asambleístas; aumentar el número de afiliados para los partidos políticos; la creación de un subsistema de protección hídrica; y la compensación para comunidades que trabajen en protección ambiental.

En cambio, la CC indicó que los temas planteados en las preguntas 1 y 6 no se pueden tramitar por enmienda. “Podrían tramitarse, al menos, por vía de reforma parcial”, señaló la entidad en un comunicado.

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La 1 proponía que las Fuerzas Armadas apoyen de manera complementaria a la Policía Nacional en el combate al crimen organizado; y la 6, que la elección de las autoridades de control pase a la Asamblea Nacional.

“En relación con la pregunta 1, la Corte consideró que parte de la estructura fundamental de la Constitución, y de los elementos constitutivos del Estado, es la separación funcional entre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Respecto de la 6, estableció que el nuevo mecanismo de selección de autoridades altera el principio republicano de gobierno, al modificar el sistema de pesos y contrapesos de los poderes del Estado”, se indicó.

Estas son las preguntas del referéndum impulsado por el gobierno de Guillermo Lasso

Según la Constitución y otras sentencias de la CC, las enmiendas proponen cambios no significativos al texto constitucional, y una de las formas de hacerlas es mediante un referéndum solicitado por el presidente, o por la ciudadanía con el respaldo de al menos el 8 % de las personas inscritas en el registro electoral.

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La reforma parcial, que posibilita “efectuar modificaciones a la estructura de la Constitución o al carácter o elementos constitutivos del Estado, sin que esto pueda implicar una restricción de derechos o garantías” o el procedimiento de reforma a la carta magna, necesariamente debe pasar por el debate de la Asamblea Nacional, y luego debe convocarse a un referéndum.

Preguntas del EjecutivoTrámite que debe seguir según resolvió la Corte
Pregunta 1: Actualmente, las Fuerzas Armadas no pueden apoyar a la Policía Nacional en la protección interna y mantenimiento del orden público. ¿Está usted de acuerdo con que se permita el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas en las funciones de la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, enmendando la Constitución de conformidad con lo previsto en el anexo 1?Reforma parcial
Pregunta 2: La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 2?Enmienda
Pregunta 3: Actualmente, el Consejo de la Judicatura selecciona, evalúa, asciende, capacita y sanciona a fiscales, a pesar de que la Fiscalía es un órgano autónomo. ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 3?Enmienda
Pregunta 4: En la actualidad, la Asamblea Nacional está integrada por 137 asambleístas y se estima que, con el censo poblacional del 2022, este número ascienda aproximadamente a 152 asambleístas. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 4?Enmienda
Pregunta 5: Actualmente existen 272 movimientos políticos en el Ecuador. Estos no garantizan la representación ciudadana, ni una adecuada participación de sus miembros. ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5 % del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 5?Enmienda
Pregunta 6: El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) es una entidad pública que actualmente tiene el poder de designar a 77 autoridades. ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos que garanticen meritocracia, escrutinio público, colaboración y control de diferentes instituciones, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS y a sus consejeros, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 6?Reforma parcial
Pegunta 7: La Constitución excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a las áreas de protección hídrica, por lo que estas no gozan de su protección. ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 7?Enmienda
Pregunta 8: La Constitución no prevé compensaciones a quienes apoyan a la generación de servicios ambientales. ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 8?Enmienda

Una vez que la CC se ha pronunciado sobre la vía del cambio constitucional, debe revisar la constitucionalidad de las preguntas 2, 3, 4, 5, 7 y 8, es decir, constatar si están bien formuladas.

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Esto “se iniciará una vez que la jueza ponente (Alejandra Cárdenas) dicte un nuevo avoco de conocimiento, momento desde el cual se contabilizarán los 20 días término que la ley concede a la Corte para emitir la decisión”, mencionó la CC.

La entidad indicó que el juez Jhoel Escudero Soliz salvó parcialmente su voto respecto de la decisión alcanzada para las preguntas 2 y 4. Y sus colegas Carmen Corral Ponce y Enrique Herrería Bonnet salvaron parcialmente sus votos respecto de la decisión sobre las preguntas 1 y 6. (I)