Un tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) determinó este miércoles, 26 de enero de 2023, la sentencia de cinco años de pena privativa de libertad para el expresidente de la Corte Provincial del Guayas Gabriel Manzur, en calidad de autor del delito de enriquecimiento ilícito; mientras que a la abogada Silvana Valladares le impuso la pena de 30 meses de prisión, bajo la figura de cómplice.

Como indemnización, la CNJ ordenó el pago de $ 1′288.777,24, que corresponden al duplo de enriquecimiento ilícito probado por la Fiscalía General del Estado en la audiencia de juicio. Este valor deberá ser pagado de forma solidaria entre los procesados: Manzur tendrá que pagar $ 855.483,98, mientras que Valladares, $ 433.293,96.

De esa cantidad, $ 644.388,62 serán depositados en las arcas del Estado y el resto en las cuentas del Consejo de la Judicatura. Además, la sentencia se publicará en tres diarios de circulación nacional.

Publicidad

Los jueces también ratificaron las medidas cautelares de carácter real y el comiso de las acciones y demás derechos de Valladares.

En su sentencia, el tribunal exhortó al Gobierno de Panamá a la incautación, comiso y repatriación de montos que se encuentran en la empresa de la procesada.

En la audiencia que realizó la Fiscalía el pasado 6 de enero detalló que Manzur, con la facilitación de Valladares, habría “precancelado deudas hipotecarias de bienes inmuebles, extinguió obligaciones financieras y adquirió vehículos, por medio de transferencias, cheques y supuestas donaciones sin sustento legal y sin ninguna lógica financiera”.

Publicidad

La acusación se fundamentó en un Reporte de Operaciones Inusuales (ROI) de la UAFE, en el cual se detallaría una serie de movimientos inusuales en cuentas bancarias y adquisición de bienes inmuebles por parte del expresidente de la Corte del Guayas, lo que hacía presumir un ilícito secundado por Valladares. Seis testigos, tres peritos y 31 pruebas documentales fueron presentadas en la etapa de juicio por la Fiscalía.

La audiencia de juzgamiento duró tres días y ese tiempo fue suficiente para probar la existencia del delito imputado a ambos procesados, según Fiscalía. (I)