En el marco de la cooperación en temas de seguridad que la Unión Europea (UE) mantiene con Ecuador, para frenar a mafias transnacionales, el pasado 7 de septiembre se publicó en el Registro Oficial un acuerdo ministerial con el que entró en vigencia la imposición del requisito de visado para el ingreso a territorio ecuatoriano a ciudadanos procedentes de Albania, Tayikistán y Uzbekistán, elevando a 37 los países a los que se aplica esta medida migratoria.

El requisito de visado a los ciudadanos de estas nacionalidades se terminó luego de haber revisado el informe técnico elaborado por la Dirección de Visados y Naturalizaciones y también ante los pronunciamientos de la UE en cuanto a la presencia de bandas encabezadas por albaneses en naciones europeas, como Bélgica y Países Bajos, y de América Latina, como Ecuador, Colombia y Perú.

En el acuerdo ministerial, se menciona que que la Subsecretaría de América del Norte y Europa de la Cancillería determinó que la imposición de visado a los nacionales de Albania no conlleva ningún tipo de afectación, ya que relación bilateral con Ecuador en materia comercial no significativa. Así como tampoco existe una afluencia constante de ciudadanos de Albania en el país.

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“No existirán motivos para suponer que la imposición del visado puede poner en riesgo la relación bilateral”, refiere el documento. Personal de la Cancillería confirmó que toda la información y los cambios se comunicaron oficialmente al Gobierno de Albania de manera oportuna y sin registrar novedades.

El canciller Juan Carlos Holguín, en una entrevista con el medio digital Primicias, reiteró que esta decisión responde a la postura que Ecuador ha dejado muy en claro. La lucha que está haciendo contra las organizaciones criminales del narcotráfico y que solo se puede hacer desde una visión transnacional.

En el documento final del acuerdo se resalta que la medida está en plena consonancia con los principios de política migratoria del país, que propugna una migración regular, segura y ordenada y que garantice la protección de los derechos seguridad y bienestar de las personas en movilidad humana.

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Los ciudadanos de estas naciones tendrán que regirse a los requisito de visa de turismo estipulados y deberán solicitar la visa en una oficina consular. La visa de turismo tendrá un periodo de 90 días de duración, a partir del ingreso al territorio, podrá prorrogarse hasta 90 días continuos, mediante una solicitud presentada ante la dependencia administrativa de la Cancillería.

Al igual que con el resto de países, quedan exentos de este requisito los ciudadanos que porten pasaportes diplomáticos, oficiales, especiales, sujetos de acción recíproca de visado en virtud de acuerdos multilaterales o bilaterales suscritos por Ecuador.

Listado de países a los que Ecuador pide visa

  1. Afganistán
  2. Albania
  3. Angola
  4. Bangladesh
  5. Camerún
  6. Costa de Marfil
  7. Cuba
  8. Egipto
  9. Eritrea
  10. Etiopía
  11. Filipinas
  12. Gambia
  13. Ghana
  14. Guinea
  15. Haití
  16. India
  17. Irak
  18. Irán
  19. Kenia
  20. Libia
  21. Mali
  22. Myanmar
  23. Nigeria
  24. Nepal
  25. Pakistán
  26. República Democrática del Congo
  27. República Popular Democrática de Corea
  28. República del Congo
  29. Senegal
  30. Siria
  31. Sri Lanka
  32. Somalia
  33. Tayikistán
  34. Uzbekistan
  35. Venezuela
  36. Vietnam
  37. Yemen (I)