Una de las propuestas de enmienda a la Constitución que modifica el mecanismo para la designación de las autoridades de las instituciones de control no incorporó la metodología para elegir a funcionarios de otras cuatro entidades, por lo que quedaría en manos del Ejecutivo y la Asamblea Nacional resolverlo a través de reformas legales, en el caso de que esto llegue a aprobarse en el referéndum que se alista para febrero del 2023.

Entre las ocho preguntas de la propuesta de enmienda a la Constitución que hizo el presidente de la República, Guillermo Lasso, dos de ellas están enfocadas en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Una para quitarle la atribución de designar a las principales autoridades de control de las funciones del Estado y otra para cambiar la forma en la que se elige a sus siete consejeros.

Sobre la primera pregunta, se propone eliminar los numerales 10, 11, 12 del artículo 208 que encarga al CPCCS la elección de 23 autoridades de catorce instituciones del Estado y eliminar el artículo 209, en el que se establece la obligación de conformar comisiones ciudadanas para que desarrollen los concursos de méritos para elegirlos.

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Corte Constitucional aprueba la vía de enmienda para quitarle al Consejo de Participación Ciudadana la atribución de elegir a las autoridades de control

El fin es traspasar esta atribución a la Asamblea nacional para que elija, con la conformación de comisiones técnicas, a los titulares de las defensorías del Pueblo y Pública, de la Fiscalía General, de la Contraloría General, a los jueces del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), a los cinco vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE) y a los cinco vocales del Consejo de la Judicatura.

Por ternas enviadas por el presidente de la República, la Legislatura también elegiría a los titulares de la Procuraduría General y de las superintendencias de Bancos, de Compañías, de Control de Poder de Mercado, de Economía Popular y Solidaria, de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo y de Protección de Datos.

No obstante, de esta enmienda quedó fuera la definición de los procesos de elección de los 25 representantes de la sociedad civil ante los cinco Consejos Nacionales de Igualdad; un delegado de los afiliados activos y un delegado de los jubilados que conforman el directorio del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess); de los nueve representantes de la sociedad civil que conforman la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria (Copisa); y, de los dos delegados ante el Comité Nacional de Desarrollo Fronterizo.

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La iniciativa de ocho preguntas para referéndum fue aprobada por la Corte Constitucional (CC) tanto en el mecanismo, es decir, que se realice vía enmienda a la Constitución; así como la constitucionalidad de los anexos y considerandos, aunque con ciertas excepciones, para que no afecten la decisión del elector.

Solo resta un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de tres preguntas de consulta popular que están en análisis de los jueces para que Lasso emita los decretos ejecutivos, disponiendo al Consejo Nacional Electoral (CNE) que convoque a un referéndum y posible plebiscito y lo organice en un plazo de 60 días.

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Si ello ocurre en las siguientes horas, no se descarta que se incorpore una papeleta con once preguntas en los comicios de febrero del 2023, en los que se elegirá a las autoridades de los gobiernos seccionales y a los siete vocales del CPCCS.

Según el Gobierno, la designación de las autoridades de los cuatro organismos mencionados deberá resolverse con la elaboración de nuevos proyectos legales que entren en trámite si este referéndum tiene la aprobación del electorado.

Desde Carondelet se precisó que la enmienda se refiere a cambios a la Constitución, por lo que se limitó a regular procedimientos recogidos por las instituciones creadas solamente en esa norma; de lo contrario se hubiera contravenido el artículo 105 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, al preguntar sobre varios temas en una pregunta y exceder el campo de aplicación. Además, la Corte ha señalado que en una enmienda no se puede reformar leyes.

QUITO (31-10-2022).- Francisco Jiménez, ministro de Gobierno, llega a la Corte Constitucional a entregar las preguntas finales para la Consulta popular. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

En ello ahondó la asesora jurídica de la Secretaría Jurídica de la Presidencia, Karen Sichel: “La Corte ha dicho que incluir una reforma legal en una enmienda podría ser una pregunta compuesta, con esto lo que se trata es de evitar que se introduzca la ‘letra pequeña’ en los anexos. Entonces, regulamos lo que correspondía en cuanto a las autoridades señaladas en la Constitución. Sobre aquellas que se eligen por mandatos legales, se establece un régimen de transición para que todas en las que no se ha avanzado en su renovación se prorroguen hasta que la Asamblea apruebe las reformas legales”, reflexionó Sichel.

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Esto se recogería en las disposiciones transitorias primera y segunda del proyecto de anexos del referéndum, que da al poder Ejecutivo un plazo de 180 días para remitir los proyectos de ley reformatorios que regulen los cambios para la implementación de la enmienda.

Y a la Asamblea Nacional le da un plazo de 365 días desde la publicación de los resultados del referéndum en el Registro Oficial para aprobar esos articulados.

Hasta que esto ocurra, “todas las autoridades cuya designación le compete actualmente al Consejo de Participación Ciudadana y que no han sido legalmente reemplazadas, debiendo serlo, se entenderán prorrogadas en sus funciones hasta que sean reemplazadas previo cumplimiento de la disposición transitoria primera y culminación del proceso de designación previsto en la Constitución”.

Según Sichel, esa prórroga busca generar “estabilidad institucional” y no designar autoridades de transición, mientras se aprueban las leyes.

Bajo esa esfera, el Gobierno enviaría los proyectos de ley necesarios que reformen los mecanismos para elegir a las autoridades, lo que podría contemplar que sea la Legislatura la que asuma esa responsabilidad o plantear un procedimiento abreviado, indicó Sichel.

Indicó que de ser aprobada la pregunta, el CPCCS “no tendrá ninguna facultad para elegir autoridades y se actuaría en contra de la voluntad del soberano el que se le encarguen estos procesos y tampoco la Asamblea tendría fundamento constitucional para dejar que el Consejo asuma esta atribución”.

Esto tomando en cuenta que la enmienda elimina la conformación de comisiones ciudadanas que son las encargadas de organizar los concursos públicos, por lo que no habría un órgano que asuma esta responsabilidad.

La elección de las mencionadas autoridades surgió por mandatos legales aprobados por el Parlamento y están en desarrollo en el Consejo de Participación Ciudadana, aunque sin avances.

Por ejemplo, los miembros de Copisa llevan prorrogados en funciones cuatro años y seis meses y su renovación sigue en ciernes.

Conferencistas de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria (Copisa) fueron posesionados en el 2014. En el 2018 terminó su periodo en funciones y hasta la actualidad no se elige a sus reemplazos. Foto tomada del Twitter de Copisa. Foto: El Universo

En octubre pasado se revisaron los expedientes de 53 postulantes para integrar la comisión ciudadana de selección que debe encargarse del concurso de méritos, pero se amplió la convocatoria a inscripciones y los procesos se detuvieron.

Respecto de los miembros del Comité de Desarrollo Fronterizo, el 17 de octubre se publicó la convocatoria a postularse a la comisión ciudadana y no avanzó. La conformación de los cinco Consejos Nacionales para la Igualdad se convocó a integrar la comisión ciudadana en octubre pasado y se pasmó en la verificación de requisitos de los candidatos.

Para renovar los delegados ante el Biess se ordenó la elaboración de un reglamento en octubre pasado y tampoco ha tenido una resolución del pleno.

En lo operativo, el Gobierno nacional está a la espera de que la CC se pronuncie sobre la viabilidad de las tres preguntas de consulta popular y el Consejo Nacional Electoral está trabajando en el presupuesto que implicaría su organización.

El pasado 23 de noviembre, se solicitó a los departamentos y áreas operativas del Consejo Electoral que realicen las gestiones administrativas, presupuestarias, logísticas para atender las actividades que conlleven lo que sería la ‘Consulta popular-Elecciones Seccionales y CPCCS 2023′. (I)