A más de ocho meses de que la jueza de Pichincha, Luz María Ortiz, suspendió la audiencia preparatoria de juicio por asesinato de un policía y dos militares ocurridos durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010, la jueza penal dispone que el 7 de abril próximo se reinstale la diligencia para conocer la resolución respecto a los vicios de nulidad expuestos por abogados de los nueve militares activos y pasivos investigados.

El 1 de septiembre pasado se instaló en el Complejo Judicial Norte, en Quito, la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por el delito de asesinato ocurrido contra el policía Froilán Jiménez y los militares Darwin Panchi y Jacinto Cortez. Según la Fiscalía, el delito investigado se dio bajo la modalidad de ejecución como grave violación a los derechos humanos.

Por estas muertes la Fiscalía investiga a los oficiales en servicio pasivo de las Fuerzas Armadas Luis Castro, Paúl Guzmán, Jorge Merino, Jorge Peña y Hegel Peñaherrera y a los militares activos Fernando Castro, Marco Cano, Luis Orozco y Patricio Guadalupe. Este caso se inició por el delito de homicidio, pero la Fiscalía reformuló cargos para analizar un asesinato bajo la modalidad de ejecución.

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Fiscalía asegura que pedidos de desclasificación de información sobre la Operación Rescate 30-S no fueron atendidos

Las muertes de Jiménez, un policía del Grupo de Intervención y Rescate (GIR), y de Panchi y Cortez, un soldado y un cabo del Ejército, respectivamente, se dieron en los alrededores del hospital de la Policía. En esa zona del norte de Quito se produjeron actos violentos dentro de la revuelta denominada 30-S, en la que al final de la jornada se produjo el rescate del entonces presidente Rafael Correa, quien estaba siendo atendido en ese hospital.

Que en este caso para conocer la respuesta a las nulidades expuestas se ha superado todo plazo razonable es lo que piensa la defensa del general Peñaherrera, Paúl Ocaña. Aunque no está de acuerdo con el tiempo que ha transcurrido, el cual incluye que se haya diferido un par de veces la audiencia, Ocaña cree que de alguna forma eso revela que el tema es complicado y difícil y que es complejo para la jueza el analizar y tomar una decisión.

“Yo creo que existe el fundamento para nuestras aseveraciones y en función de ello esperamos que la jueza advierta que existen falencias que vulneran el derecho a la defensa, las garantías constitucionales, el debido proceso y eso hace que se pueda dar una nulidad”, sostuvo Ocaña, quien señaló que existen dos nulidades respecto al procedimiento: la falta de notificación y el no incorporar información de descargo de dos expertos.

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Otro de los argumentos para asegurar que en el caso existen nulidades, es el que dio Washington Andrade, abogado de los cuatro militares procesados, indicando que en este caso no se cuenta con la información completa respecto a la operación militar de rescate realizada el 30-S y eso limitaba realizar una defensa correcta.

QUITO (24-11-2021).- El sargento segundo en servicio pasivo Luis Alfredo Guanotasig Oña sale de la Corte Nacional de Justicia, después de ser declarado inocente del delito de intento de magnicidio contra el expresidente Rafael Correa, durante la jornada del 30 de septiembre de 2010. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas

Según él, en enero de 2021, solicitó sin resultado que se disponga una inspección ocular técnica y de reconocimiento por parte de la Fiscalía a los archivos del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe) o del Comando Conjunto donde se encuentra información de “suma importancia para todos en el caso”.

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Al no haberse cumplido ese pedido, Andrade solicitó que la jueza Ortiz declare la nulidad por un tema de procedibilidad y luego de ello habilite cinco días de instrucción fiscal para que se pueda anexar al expediente información que no ha sido desclasificada por el Cosepe, el Ministerio de Defensa y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas respecto a la Operación Rescate 30-S.

“Fiscalía ha sostenido que hay información que no se ha desclasificado y que esta eventualmente sería uno de los pilares o haría presumir la culpabilidad de los procesados. Lo que implica que no se cuente con esta información, a pesar de que reconocemos que se han realizado más de 17 pedidos por parte de la Fiscalía”, explicó Andrade.

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La fiscal Claudia Romero, quien lleva la causa, en respuesta a la nulidad planteada reconoció que existió el pedido de Andrade, aclarando que no se lo ha podido cumplir, ya que en su calidad de fiscal puede ordenar pericias, diligencias dentro de la investigación, pero no tiene el rango para disponer la inspección ocular técnica de documentos clasificados como reservados.

“Si se tiene que dar una nulidad por este hecho, sería porque nos ha dejado en indefensión durante diez años de investigación y específicamente ante la respuesta del general Holger Cevallos Borja, secretario del Cosepe, quien señala que desde 2014 ni siquiera se ha considerado reclasificar, es decir, ni siquiera han atendido nuestros pedidos”, refirió la fiscal en la audiencia de septiembre pasado.

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Romero informó a Ortiz que el secretario del Cosepe, en enero pasado, envió un oficio en el que informó que “desde 2013 no se ha considerado ningún pedido de desclasificación de información, siendo que durante toda la actuación investigativa de Fiscalía, por múltiples ocasiones, fue requerida la desclasificación, que no fue atendida”.

Respecto a estos y otros argumentos de nulidad, que según los abogados de los procesados ocurrieron antes y durante los 120 días de instrucción fiscal, es que debe pronunciarse la jueza Ortiz.

La fiscal Claudia Romero fue la encargada de formular cargos para que se vincule a cuatro personas más al caso por la muerte de un policía y dos militares durante la jornada del 30 de septiembre de 2010. (API)

Ocaña reconoce que de declararse la existencia de una o varias nulidades, el caso podría retrotraerse al momento en que se ubicó la nulidad, pero aclaró que existe la posibilidad de que la nulidad pueda ser ubicada antes de la etapa de instrucción fiscal y el caso vuelva a cero. Según el abogado, las nulidades pedidas no solo van a la etapa de instrucción fiscal, sino también a la de investigación previa.

En este caso ya existe el antecedente de mayo de 2019 cuando la jueza penal de Pichincha Ximena Rodríguez declaró la nulidad de gran parte de la instrucción fiscal que investigaba en ese momento solo el asesinato del policía Froilán Jiménez. (I)