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Freddy Carrión recusa a dos jueces e impide se conozca la resolución oral sobre su pedido de caducidad de la prisión preventiva

Freddy Carrión ingresó a la Cárcel 4, en Quito, el 17 de mayo pasado y el 20 de octubre siguiente fue sentenciado a tres años de reclusión por abuso sexual.

Quito. 03/01/2022. De forma presencial asistió a la Corte Nacional de Justicia el exdefensor del Pueblo Freddy Carrión (c), quien pide la caducidad de la prisión preventiva que pesa en su contra por el delito de abuso sexual. Cortesía/El Universo. Foto: El Universo

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Una recusación presentada a última hora por la defensa de Freddy Carrión contra dos de los jueces que integran el Tribunal que analiza el pedido para que se declare la caducidad de la prisión preventiva que pesa sobre el exdefensor del Pueblo, dentro del caso en el que fue sentenciado a tres años de cárcel como autor directo del delito de abuso sexual, impiden que se reinstale la diligencia, convocada para la tarde de este miércoles, en la que se debía escuchar la resolución oral de los jueces.

La defensa de Carrión presentó una demanda de recusación contra los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Byron Guillén y Luis Rivera y solo quedó por fuera de la misma Javier De la Cadena, quien es el juez ponente del caso.

La diligencia se suspendió la tarde del lunes último para que los jueces entren en periodo de deliberación, pues habían escuchado por aproximadamente una hora y media los alegatos de los abogados del exdefensor; de la fiscal general, Diana Salazar; de Marcelo Icaza, defensa de la víctima; e incluso de Freddy Carrión, quien fue censurado y destituido del cargo de Defensor del Pueblo el 15 de septiembre pasado por 75 votos afirmativos en la Asamblea Nacional.

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Mediante la declaratoria de caducidad de la prisión preventiva, Carrión busca recuperar su libertad. Él ingresó a la denominada Cárcel 4, ubicada en el norte de Quito, el 17 de mayo pasado y el 20 de octubre siguiente recibió la sentencia de primer nivel que lo condenaba a tres años de prisión y al pago de $ 21.560 como reparación integral a la víctima.

También en sentencia se le ordenó pagar a Carrión una multa de diez salarios básicos unificados ($ 4.000) y en el momento que el fallo esté en firme se deberá notificar al Consejo Nacional Electoral de la pérdida de los derechos políticos del condenado por el mismo tiempo que dure la pena privativa de libertad.

QUITO (14-09-2021).- Momento en que Freddy Carrión llega a la Asamblea Nacional para el juicio politico. Cortesía de la Asamblea Nacional / EL UNIVERSO Foto: Cortesía

En este caso, la fiscal general le indicó a los integrantes del Tribunal que al existir una sentencia de por medio en este caso, la caducidad de la prisión preventiva ya no opera. Para fundamentar su posición, Salazar hizo referencia al artículo 541, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal, que señala que la caducidad de la prisión preventiva se regirá por reglas como que “el plazo para que opere la caducidad se contará a partir de la fecha en que se hizo efectiva la orden de prisión preventiva. Dictada la sentencia, se interrumpirán estos plazos”.

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Según este razonamiento, Carrión solo estuvo poco más de cinco meses con una orden de prisión preventiva, es decir, desde el 17 de mayo que ingresó a la cárcel y el 20 de octubre que fue sentenciado, y eso no haría que no se rebase el plazo razonable de seis meses de prisión preventiva para los delitos sancionados con una pena privativa de libertad menor a cinco años.

Los abogados de Carrión consideran que ya han transcurrido más de siete meses desde que el exdefensor está detenido y la orden de prisión preventiva dispuesta el 16 de mayo pasado ya caducó. El pedido también está fundamentado en que la sentencia de primera instancia de tres años de cárcel ha sido apelada y no está en firme.

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Se indicó desde el Tribunal que para garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva lo procedente es suspender esta audiencia hasta que se resuelva la demanda de recusación. El juez que no ha sido recusado tendrá la responsabilidad de resolver la demanda planteada.

Freddy Ron, parte de los abogados de Carrión, señaló que la demanda de recusación pretende que la justicia sea la adecuada, que sea imparcial para decidir la situación jurídica del exdefensor. “No nos podemos olvidar que los dos jueces recusado, por ejemplo Byron Guillén ha indicado claramente su criterio con relación al caso de Freddy Carrión y por esa razón es que nosotros estamos pidiendo que se pueda nombrar a otros dos jueces a fin de que se pueda garantizar la imparcialidad de la decisión en este caso”.

Ron habla de que se anticiparon criterios en la audiencia debido a que habría existido una solicitud de una diligencia de sustitución de medida cautelar en la que precisamente ya tuvieron conocimiento previo de la causa y además se habría llegado a topar puntos controvertidos dentro del expediente que lógicamente hacen que puedan tener un criterio parcializado.

La recusación presentada por Freddy Carrión tiene el fin que los jueces Guillén y Rivera se aparten del conocimiento de esta causa. Procesalmente lo que debe darse es que se califique la demanda y si se lo hace mediante una audiencia se deberá decidir si procede o no la demanda. (I)

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