El mandatario Guillermo Lasso derogó la tarde de este 20 de junio el Decreto Ejecutivo 455, dictado el 17 de junio, por el cual dispuso el estado de excepción para tres provincias del país. Lo hizo a través de otro, el 459, en el que se dicta uno nuevo y además se lo amplía a seis provincias. Esto en el marco de las movilizaciones convocadas contra el régimen por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), que se iniciaron el 13 de junio.

El estado de excepción regirá para las tres provincias originales: Pichincha, Cotopaxi e Imbabura, y además para Tungurahua, Chimborazo y Pastaza.

Lasso emitió estas disposiciones a la par que el pleno de la Asamblea Nacional debatía la propuesta de revocar el Decreto Ejecutivo 455 que hicieron 72 legisladores de UNES, Pachakutik e independientes; es decir que estaban sesionado para revocar un documento que ya no está en vigor.

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En el nuevo decreto se mantienen las restricciones del primero; como la libertad de asociación y reunión; y de movilidad y tránsito.

En las citadas provincias regirá un toque de queda de 22:00 a 05:00 a partir de este 20 de junio.

Y se declara al Distrito Metropolitano de Quito como “Zona de Seguridad”. Aquí se conformará una Fuerzas de Tarea Conjunta con miembros de las tres ramas de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y otras instituciones de seguridad pública.

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En los considerandos del nuevo decreto, Lasso hace un recuento de las afectaciones generadas por el paro: desde las pérdidas económicas hasta fallecidos y heridos, así como los daños en la propiedad privada. Entonces concluye que las manifestaciones “han excedido los estándares de la protesta pacífica”.

También cuestiona que los legisladores hayan planteado la revocatoria del primer decreto a pesar de la situación de caos y violencia que vive el país. Aunque agrega que otros han efectuado propuestas para modular su contenido.

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En ese sentido, en el nuevo texto ya no consta la referencia al uso de la “fuerza letal” sino que se indica que se contemplará el uso progresivo de la fuerza dependiendo del nivel de amenaza que enfrenten los funcionarios encargados el control de las manifestaciones.

El estado de excepción tendrá una duración de 30 días, se indica en el texto. (I)



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