La antesala de la jornada de votaciones del 5 de febrero del 2023 se caracterizará por una campaña electoral dividida en tres tipos: para la promoción de las propuestas de los candidatos a los gobiernos locales; de aquellos que aspiran a alcanzar las siete vocalías del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS); y, para las organizaciones sociales y políticas que promoverán el Sí o el No al referéndum de enmienda a la Constitución.

Desde este 3 de enero y hasta el 2 de febrero regirá un periodo de 31 días para la campaña electoral, antes de llegar al 5 de febrero, cuando los 13,4 millones de ecuatorianos irán a las urnas para elegir a 5.600 autoridades de las alcaldías, prefecturas, concejalías urbanas y rurales y los vocales de las juntas parroquiales.

También, 45 candidatos promoverán sus propuestas de trabajo para el CPCCS, además de la promoción por el referéndum de ocho preguntas propuestas por el presidente de la República, Guillermo Lasso, para enmendar textos de la Constitución.

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Para la promoción en los tres casos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) financiará de manera exclusiva la campaña propagandística en prensa escrita, radio, televisión, vallas y medios digitales, de forma equitativa e igualitaria.

El Código de la Democracia establece varias reglas para ajustar a los candidatos en la promoción de sus propuestas a cumplirlas, así como a las instituciones del Estado se les prohíbe en todos los niveles de gobierno la difusión de publicidad o propaganda.

Salvo excepciones para informar sobre cierres o habilitación de vías u obras, en situaciones de emergencia, catástrofes naturales o temas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de clases, seguridad ciudadana.

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Está prohibida la difusión de propaganda por parte de sujetos de derecho privado referente al proceso electoral en prensa, radio televisión, vallas. Los medios de comunicación tampoco podrán hacer promoción directa indirecta, reportajes especiales u otros mensajes que incidan a favor o en contra de un candidato, postulado, preferencias electorales o tesis política.

La ley impide a los sujetos políticos (organizaciones políticas o candidatos) que participen en una elección popular o democracia directa a entregar donaciones, dádivas, regalos a los ciudadanos, a excepción de artículos promocionales.

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En el artículo 207 se dispone la prohibición de exposición en espacios audiovisuales que impliquen utilización de recursos públicos de la voz, nombres de candidatos.

No está permitido que las instituciones públicas realicen eventos con artistas internacionales durante la campaña.

Los aspirantes a una dignidad de elección popular no podrán participar en eventos de inauguración de obras u otros financiados con fondos públicos.

Los sujetos políticos calificados por el CNE podrán recibir aportes económicos lícitos, en numerario o especie, a cualquier título, los cuales serán valorados económicamente para consultas populares, por ejemplo.

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Pero no podrán recibir aportes, contribuciones o entrega de recursos de origen ilícito, tampoco pueden aceptar aportes de personas naturales nacionales que tengan contratos con el Estado.

No se permite a los servidores o instituciones públicas utilizar recursos y bienes para promocionar sus nombres y el de organizaciones políticas en obras o proyectos.

A propósito de la campaña para la promoción de las opciones por el Sí y No del referéndum, el Consejo Electoral aprobó un Fondo de Promoción Electoral que asciende a $ 807.002, que serán distribuidos para seis agrupaciones de la sociedad civil.

El Consejo Electoral calificó a los movimientos Creando Oportunidades (CREO) lista 21 y Avanza lista 8, quienes promoverán el Sí a las ocho preguntas de enmienda constitucional.

Por el No están el movimiento Unidad Popular (UP) lista 2, el Partido Socialista Ecuatoriano (PSE) lista 17, el movimiento Revolución Ciudadana (RC) lista 5 y la agrupación social Unión General de Trabajadores (UGTE).

Respecto de la elección de las autoridades de los gobiernos seccionales, se registraron alrededor de 9.000 candidatos, para lo que el CNE definió un monto de alrededor de $ 12 millones para el Fondo de Promoción Electoral (recursos del Estado) para difundir propaganda en medios de comunicación.

En el caso de los 45 candidatos al Consejo de Participación Ciudadana, su promoción electoral tiene prohibiciones específicas.

La Ley del CPCCS permite solo al CNE difundir a través de spots promocionales sus nombres, trayectoria y propuestas; por lo que se prohíbe a partidos y movimientos políticos, organizaciones sociales, funcionarios públicos, candidatos o ciudadanos realizar actos de proselitismo político a favor o en contra de ellos.

Tampoco pueden “recibir ni utilizar financiamiento privado de ningún tipo. El que contravenga estas disposiciones será descalificado”, señala la norma.

Los medios de comunicación tampoco pueden hacer promoción directa o indirecta que incida a favor o en contra de un candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis política.

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Lo que sí está permitido es que instituciones privadas o públicas organicen entrevistas y debates para estos postulantes.

Pese a todo el marco legal existente, el vicepresidente del Consejo Electoral, Enrique Pita, reconoció que se “desbordó” la campaña electoral y más de quienes están aspirando a la reelección.

Ejemplificó que ni en procesos electorales pasados se había visto a postulantes que regalen cilindros de gas o pollos a los ciudadanos para ganar adeptos, como estaría ocurriendo en provincias de la Costa, aunque no precisó nombres.

“Antes se regalaban camisetas, folletos… pero ahora parece que la inversión que están haciendo los candidatos no guarda relación con la posición que van a ocupar y ahí es cuando la ciudadanía debe evaluar que aquellos que se desbordan en estos obsequios están faltando al respeto en cuanto a la democracia equitativa y es por eso que el Estado asume la promoción electoral en medios de comunicación, para que haya un equilibrio en la promoción”, manifestó.

Lamentó que los presupuestos legales tengan una “delgada línea” que permite que se irrespeten la norma y las “buenas maneras de llevar adelante el proceso electoral”, pues sobre la denominada campaña anticipada las regulaciones son ambiguas.

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De este periodo de proselitismo político están exentas del control las redes sociales, pues el Código de la Democracia no las reconoce como medios de comunicación digitales.

No obstante, según Pita, el Consejo Electoral sí podrá registrar los gastos que se incurran en la plataforma virtual Facebook.

“La única red social que permite que podamos establecer si hay contratos publicitarios es Facebook y ahí el CNE podrá determinar sobre los gastos incurridos, aunque no en otras plataformas como TikTok y Twitter”, añadió la autoridad, quien adelantó que se evaluará si hubo contrataciones con dicha red social para reportarlos a los gastos de campaña de los candidatos, incluyendo a aquellos que postulan al CPCCS. (I)