La Corte Constitucional (CC) emitió el jueves el dictamen respecto de la vía que deben seguir las preguntas planteadas por el ejecutivo para la consulta popular del presidente Guillermo Lasso. Seis de las ocho propuestas de cambios a la Constitución podrán ser tramitadas por la vía de la enmienda.

Estas son las que constan en las preguntas 2, 3, 4, 5, 7 y 8, que se refieren a permitir las extradiciones de ecuatorianos que tengan relación con el crimen transnacional; la creación de un consejo fiscal que evalúe, elija y sancione fiscales; la modificación de la forma para elegir a los asambleístas; aumentar el número de afiliados para los partidos políticos; la creación de un subsistema de protección hídrica; y la compensación para comunidades que trabajen en protección ambiental.

En cambio, la CC indicó que los temas planteados en las preguntas 1 y 6 no se pueden tramitar por enmienda. “Podrían tramitarse, al menos, por vía de reforma parcial”, señaló la entidad en un comunicado.

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La 1 proponía que las FF. AA. apoyen de manera complementaria a la Policía Nacional en el combate al crimen organizado sin necesidad de emitir un estado de excepción; y la 6, que la elección de las autoridades de control pase del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) a la Asamblea Nacional. Respecto a estas, la Corte señaló que alteraban la estructura del Estado y los principios fundamentales que constan en la Constitución vigente. (I)

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Ecuador retoma la discusión constitucional

Propuestas que podrán ser tramitadas vía enmienda:

Pregunta 2: La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 2?
Pregunta 3: Actualmente, el Consejo de la Judicatura selecciona, evalúa, asciende, capacita y sanciona a fiscales, a pesar de que la Fiscalía es un órgano autónomo. ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 3?
Pregunta 4: En la actualidad, la Asamblea Nacional está integrada por 137 asambleístas y se estima que, con el censo poblacional del 2022, este número ascienda aproximadamente a 152 asambleístas. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 4?
Pregunta 5: Actualmente existen 272 movimientos políticos en el Ecuador. Estos no garantizan la representación ciudadana, ni una adecuada participación de sus miembros. ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5 % del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 5?
Pegunta 7: La Constitución excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a las áreas de protección hídrica, por lo que estas no gozan de su protección. ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 7?
Pregunta 8: La Constitución no prevé compensaciones a quienes apoyan a la generación de servicios ambientales. ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 8?