A la par de las elecciones de las autoridades seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, los ecuatorianos se pronunciarán sobre una consulta popular para enmendar la Constitución impulsada por el gobierno de Guillermo Lasso. Este Diario les presenta a los lectores algunos puntos importantes de ella.

¿Cuántas consultas populares se han realizado en el país?

Con la de este 5 de febrero suman doce las consultas populares que se han realizado en el país desde el retorno a la democracia en 1979.

¿Cuántas preguntas tiene la consulta popular?

Tiene ocho preguntas relacionadas con temas de seguridad, institucionalidad democrática y medioambiente. Lo que se busca es cambiar algunos artículos de la Constitución.

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¿Cómo es la papeleta de la consulta popular?

La papeleta de la consulta es de color blanco. En el anverso están las ocho preguntas y en el reverso los anexos.

¿Qué son los anexos?

Los anexos son los textos que serán reemplazados o incluidos en la Constitución vigente.

¿Cómo se debe votar?

Usted debe marcar Sí o No según su preferencia. Si marca las dos opciones o si hace alguna otra seña en la papeleta, el voto se anula; si no marca nada, el voto se considera en blanco.

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¿Es obligatorio votar en la consulta?

El voto en Ecuador es obligatorio, pero es su decisión marcar alguna opción en la consulta popular.

¿Cuándo se conocerán los resultados?

Según el calendario del Consejo Nacional Electoral (CNE), las notificaciones de los resultados preliminares se realizarán el 15 de febrero; desde entonces corren plazos para impugnaciones. Los resultados definitivos se conocerían hacia el 20 de marzo.

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¿Cuándo entrarán en vigencia los cambios en la Constitución?

Los cambios entrarán en vigencia cuando los resultados de la consulta se publiquen en el Registro Oficial, pero en los anexos constan una serie de plazos para implementarlos, como las reformas a ciertas leyes.

Papeleta para el referéndum de este 5 de febrero. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Las preguntas de la consulta popular son las siguientes:

1. La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 1?

2. Actualmente, el Consejo de la Judicatura selecciona, evalúa, asciende, capacita y sanciona a fiscales, a pesar de que la Fiscalía es un órgano autónomo. ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 2?

3. En la actualidad, la Asamblea Nacional está integrada por 137 asambleístas y se estima que, con el censo poblacional del 2022, este número ascienda aproximadamente a 152 asambleístas. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 3?

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4. Actualmente existen 272 movimientos políticos en el Ecuador. Estos no garantizan la representación ciudadana, ni una adecuada participación de sus miembros. ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5 % del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 4?

5. El CPCCS es una entidad pública que actualmente tiene el poder de designar a 77 autoridades. ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social enmendando la Constitución según el anexo 5?

6. El CPCCS es una entidad pública que actualmente es elegida por sufragio universal. ¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución según el anexo 6?

7. La Constitución excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a las áreas de protección hídrica, por lo que estas no gozan de su protección. ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 7?

8. La Constitución no prevé compensaciones a quienes apoyan a la generación de servicios ambientales. ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 8? (I)