NOTICIAS

Publicidad

En la Asamblea Nacional se realizó la recolección de firmas para el juicio político en contra del presidente de la República Guillermo Lasso y la entrega en documentación para el inicio del proceso. Foto: El Universo

Publicidad

Actualizado el 

Una vez presentado el pedido de juicio político al presidente Guillermo Lasso la tarde del 16 de marzo, el siguiente paso es que el Consejo de Administración Legislativa (CAL) se reúna para conocerlo y calificarlo. Algo que está previsto para la noche de este 17 de marzo.

La solicitud tuvo el respaldo de 59 legisladores de las bancadas correísta, socialcristiana e independientes, quienes señalan en el texto de 55 páginas que Lasso estaría inmerso en la causal número 2 que prevé el artículo 129 de la Constitución para enjuiciar a un mandatario. Este dice lo siguiente:

“Artículo 129.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los siguientes casos:

Publicidad

  • Por delitos contra la seguridad del Estado.
  • Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.
  • Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia”.

Los legisladores afirman que Lasso habría cometido concusión y peculado.

Según la Ley Orgánica de la Función Legislativa, luego de que el CAL de paso al proceso, el expediente se remite a la la Corte Constitucional (CC) para que emita dictamen previo de admisibilidad. El organismo tiene seis días para emitir ese dictamen.

Luego, el presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela, en el plazo de tres días de recibido el dictamen, lo pone en conocimiento del CAL.

Publicidad

Si el dictamen de la Corte es negativo, se archiva la solicitud. Si es favorable, el presidente de la Asamblea remite al presidente de la Comisión de Fiscalización, Fernando Villavicencio, la solicitud de interpelación, el dictamen y los documentos de sustento.

La Comisión de Fiscalización avoca de manera inmediata y se da inicio el trámite.

Publicidad

El derecho a la defensa y contestación a las acusaciones políticas se da durante diez días. Se pueden conceder diez días adicionales para la actuación de pruebas.

En el plazo de diez días, la Comisión de Fiscalización entrega el informe motivado. Y en el plazo de tres días, el presidente de la Asamblea Nacional, dispone la difusión del informe.

Luego de 48 horas de la difusión del informe, el presidente de la Asamblea Nacional debe convocar al Pleno en el plazo de cinco días.

Luego del debate, en el que intervienen tanto el presidente de la República como todos los legisladores que lo deseen, Saquicela debe convocar al pleno nuevamente en el plazo de cinco días para que resuelva.

Publicidad

Todo este proceso, según los tiempos previstos en la Ley, podría durar unos 60 días. (I)

Publicidad

Publicidad

Publicidad

¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad