Luego de diez meses de realizada la consulta popular en Cuenca, el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAE) emitió el Decreto MAATE-2021-077, en el que delimitó las zonas de recarga hídrica de este cantón azuayo. El 7 de febrero del 2021, ocho de cada diez cuencanos votaron a favor de prohibir las actividades mineras cerca de los ríos Tomebamba, Tarqui, Yanuncay, Machángara y Norcay.

En la nueva consideración del MAE se extendió la delimitación inicial desarrollada por la Empresa Municipal ETAPA. El documento fue firmado por el ministro Gustavo Manrique el 22 de diciembre anterior, pero las autoridades locales lo conocieron recién la noche del miércoles 29.

Para el concejal Omar Álvarez, esta resolución es importante porque es precisa y georreferenciada en cuanto a las zonas de protección ambiental en donde la explotación de minería metálica no se podrá ejecutar. Lo único permitido son actividades vinculadas a la preservación, estudios científicos, resguardo del ecosistema en general y sobre todo el cuidado del agua en los 1.919,37 kilómetros cuadrados de zonas de recarga hídrica detallados en la resolución.

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Si bien la nueva resolución del MAE complementa lo aprobado en el plebiscito, Álvarez considera que el Concejo Cantonal debe apoyar aún más con sus políticas sobre el uso y control de suelo a través del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y del Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS), que por ahora se debate en talleres informales entre los ediles. Es decir, a través de las disposiciones del Gobierno nacional y del Municipio, “habría dos vías para ratificar lo decidido en febrero pasado”.

En los considerandos del Acuerdo Ministerial se incluyen artículos de la Constitución, de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, del Código Orgánico Administrativo, del Estatuto Orgánico de Gestión Organización por Procesos del MAE, un dictamen de la Corte Constitucional y la consulta popular por el agua.

Justamente en los literales b y c de este dictamen se dice: “Los efectos de la presente consulta popular, ante un pronunciamiento afirmativo del electorado, serán únicamente hacia el futuro” y que “las medidas a implementar (…) no podrán exceder el ámbito de competencias constitucionales y legales fijadas para cada nivel de gobierno”.

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Es así como ante personas o instituciones prominería que intenten apelar esta delimitación, Álvarez dice que como ciudad habrá que estar pendientes, más aún “ante el enmarañamiento legal que vive el país”.

Asimismo, en un comunicado emitido por el Ministerio se especifica que la decisión de los cuencanos es un precedente para garantizar el derecho humano al agua en la que se permite que 1′584.377 habitantes del cantón Cuenca se beneficien de los diversos usos y aprovechamiento del agua para consumo humano.

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El 7 de febrero pasado, 435.963 votantes empadronados en Cuenca decidieron prohibir la explotación minera en las zonas de recarga hídrica de los ríos Tarqui, Yanuncay, Tomebamba, Machángara y Norcay. Respondieron cinco preguntas con el siguiente texto:

“¿Está usted de acuerdo con la prohibición de la explotación minera metálica, a mediana y gran escala, en la zona de recarga hídrica del río Tarqui, según la delimitación técnica realizada por la Empresa Municipal Etapa EP? Sí o No”. En las demás solo cambió el nombre de las zonas de recarga con los ríos Yanuncay, Tomebamba, Machángara y Norcay.

Según los resultados oficiales del Consejo Nacional Electoral, en cada uno hubo una mayoría absoluta a favor, con un promedio del 80 %. (I)