Hubo graves fallas de algunas instituciones públicas en el control de las jornadas de teletrabajo desarrolladas durante los meses más duros de la pandemia del COVID-19 en el 2020 y, por tanto, no se puede constatar que, efectivamente, sus servidores hayan laborado. Así lo determinan los informes de cinco auditorías realizadas por la Contraloría General del Estado a igual número de entidades.

El organismo de control examinó al Ministerio del Trabajo, al Ministerio de Educación y Cultura, a la regional de Pichincha de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Senescyt), al Consejo de Educación Superior (CES) y a la Casa de la Cultura Ecuatoriana, en el periodo comprendido entre el 17 de marzo de 2020 y el 31 de mayo del presente año.

El 12 de marzo de 2020, días antes de que el expresidente Lenín Moreno dispusiera el confinamiento de los ciudadanos para evitar los contagios, el Ministerio de Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2020-076 sobre las “Directrices para la aplicación del teletrabajo emergente durante la declaratoria de emergencia sanitaria”. En este señala que “corresponde al empleador, o sus delegados, establecer las directrices, controlar y monitorear las actividades que el teletrabajador emergente realice durante la emergencia sanitaria”.

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Pero todas las entidades tienen en común el hecho de que no hubo lineamientos claros para realizar la verificación del teletrabajo ni un seguimiento estricto de aquello.

Así, en el caso del propio Ministerio del Trabajo, la Contraloría explica que se dictó un instructivo en el cual se señalaba que los jefes de área tenían que enviar a los servidores las actividades que debían realizar en su jornada a través de una “ficha de control y seguimiento del teletrabajo” y, a su vez, remitir los informes del cumplimiento al departamento de Talento Humano. Pero no se estableció la frecuencia con la que debían hacerlo; esto lo corrigieron recién el 20 de octubre del 2020 en que se dispuso que sea semanal.

Asimismo, no se habilitó un sistema informático de marcación remota para los empleados pese a que el que usan regularmente, el Sistema de Control de asistencia y registro de permisos y horas extraordinarias y suplementarias (Sirha), sí lo tiene. El argumento que dieron las autoridades es que solo se podía usar “ocasionalmente”.

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En el Ministerio de Educación, dice el informe, el área de Talento Humano tampoco le pidió al de Tecnología que desarrolle alguna herramienta informática para controlar de forma remota la asistencia y el registro de vacaciones o permisos.

¿Cómo verificaban que la gente estuviera trabajando? Según el documento, se hacían llamadas aleatorias por el sistema Teams, de Microsoft, pero no hay registros completos.

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Otra novedad en esta institución es que se concluye, por la ausencia de registros, que hubo algunos trabajadores que no tuvieron asignaciones en este periodo, y que tampoco se determinó algún mecanismo para recuperar las horas no trabajadas.

En la Senescyt también hay un sistema de marcación remota en la herramienta Sirha que usan, pero este no fue habilitado para todos los colaboradores, indica la Contraloría.

Además, no se definieron “formatos estandarizados” para el registro y reporte de las actividades realizadas por cada trabajador; por ellos algunos tienen inconsistencias, como falta de firmas, o de detalles de la labor realizada, o de evidencias que respalden los informes.

Y tampoco hay claridad en los pedidos de vacaciones y permisos. De ahí que una de las recomendaciones sea actualizar esta información para descontarlas.

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En el CES, en cambio, se estableció que los jefes de área debían enviar a Talento Humano los reportes de actividades de los empleados cada quince días, pero esto no se cumplió. Hay funcionarios que los entregaron entre 16 y 163 días después del límite fijado.

En tanto que la Casa de la Cultura se acogió a una jornada de trabajo ‘mixta’ sin permiso del Ministerio del Trabajo. Así, tenían cinco horas presenciales y tres en teletrabajo.

Los directivos argumentaron que la institución es autónoma de la Función Ejecutiva; y que durante la emergencia los COE nacional y cantonales eran las autoridades que regulaban el trabajo y estos, a su vez, transfirieron a las de cada entidad la competencia para fijar horarios y jornadas laborales.

En el informe se indica que tampoco hubo un sistema informático para registrar la asistencia, a lo que respondieron que “no era obligación” establecerlo. Además, no se fijaron lineamientos para la presentación de los reportes de las actividades de teletrabajo, por lo que la información está incompleta o es repetitiva.

Al momento, la Contraloría efectúa exámenes a otras seis instituciones: los ministerios de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, y de Economía y Finanzas, la Corte Constitucional, la Superintendencia de Bancos, el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Municipio de Rumiñahui.

Según los registros realizados por los empleadores en el Sistema Único de Trabajo (SUT), actualmente hay 12.331 empresas bajo Código de Trabajo y 262 instituciones públicas, con la modalidad de teletrabajo. La cifra la proporcionó el Ministerio de Trabajo en un pedido de información efectuado por este Diario.

“La modalidad de teletrabajo tuvo un incremento significativo en el 2020, siendo así que ascendió en el 40 % en el número de teletrabajadores”, indicó la institución.

Al consultarle respecto a si el ministerio realizó algún control sobre el correcto cumplimiento de horarios y conexiones en el sector público bajo la modalidad de teletrabajo, respondió que esto le correspondía a cada institución, según el Acuerdo Ministerial MDT-2020-076. (I)