NOTICIAS

Publicidad

Pedido de suspensión de 30 días a Fernando Villavicencio no reunió los votos en el CAL

En la sesión de la tarde del sábado 29 de octubre, tampoco se logró el quorum suficiente para archivar la queja que puso el asambleísta Ronny Aleaga.

Parte de los miembros del Consejo de Administración Legislativa (CAL), presidido por Virgilio Saquicela, en una foto de archivo. Foto: Fernando Sandoval

Publicidad

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) sesionó la tarde del sábado 29 de octubre de 2022 para votar sobre la queja presentada por el legislador Ronny Aleaga (UNES), en contra de Fernando Villavicencio, presidente de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea, que pedía la suspensión por 30 días del legislador como sanción por unos comentarios vertidos en su contra meses atrás. El pedido no reunió los votos necesarios, pero tampoco hubo el quorum suficiente para archivarlo.

A la sesión asistieron cinco de los siete asambleístas que integran el CAL: Johanna Moreira (ID), Aleaga, Nathalie Arias (BAN), Marcela Holguín (UNES) y el presidente Virgilio Saquicela. Se justificaron de asistir los legisladores Darwin Pereira (PK) y Esteban Torres (PSC) y Aleaga, al ser quien presentó la queja, se abstuvo de participar en la votación, tal como lo dispone la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Luego que la primera moción, referente a que se sancione con 30 días a Villavicencio, no alcanzó los votos para su aprobación, Arias mocionó su archivo, para lo cual se procedió a constatar quorum, evidenciándose que salieron de la sesión Aleaga y Holguín, por lo que el presidente Saquicela dispuso al secretario general que se siente la razón y procedió a clausurar la sesión.

Publicidad

En tanto, la queja surgió el pasado 26 de junio de 2022, cuando el asambleísta Villavicencio en la sesión plenaria 740 expresó: “El cartel de narcotráfico de los tetones”, tras una fotografía en la que aparece en una piscina junto a personas que enfrentan cargos por narcotráfico y otros delitos.

El comentario, que según la denuncia, constituye un tipo de violencia simbólica y se fomenta el odio, con lo cual el acusado habría cometido una falta administrativa muy grave contemplada en el artículo 171 numeral 5 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), aunque en la denuncia en la página 2 se refiere a la Ley de la Función Judicial.

El numeral 5 del artículo 171 de la LOFL determina que constituye una falta administrativa grave “expresarse con términos ofensivos, discriminatorios o que inciten al odio en las sesiones del pleno de la Asamblea Nacional, del Consejo de Administración Legislativa y de las comisiones especializadas”. Esta falta se sanciona con la suspensión, sin remuneración, de 30 a 90 días.

Publicidad

Además, Aleaga en su queja señaló que “las expresiones ‘el cartel de narcotráfico’ es una clara ofensiva, ya que pretende no solo plantear que la bancada de UNES, con mi persona incluida, somos autores del delito de narcotráfico, sino que además pretenden determinar que somos un grupo organizado comparable con los grupos delictivos llamados carteles, además de eso hace una alusión burlesca y discriminatoria sobre una parte del cuerpo humano, expresión que proviene directamente de la burla que ha hecho sobre mí, al parecer al asambleísta Fernando Villavicencio le molestan las personas con peso corporal robusto, tanto que puede hacer burla del cuerpo masculino comparándolo con partes femeninas, como si estas fueran términos burlescos y discriminadores”. (I)

Publicidad

Publicidad

Publicidad

¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad