El proyecto de Ley Orgánica de Seguridad Integral y Fortalecimiento de la Fuerza Pública que presentó el Ejecutivo la tarde de este martes 25 de enero del 2022 contiene 46 artículos y reforma seis cuerpos legales vigentes.

Los 46 artículos del proyecto se dividen en siete títulos. El primero, que no reforma ninguna ley, contiene las normas que regulan el uso progresivo de la fuerza para militares, policías y guías penitenciarios, con los principios que la regulan y con los cinco niveles hasta el uso de armas letales.

El resto de títulos contiene las reformas a la Ley de Seguridad Pública, el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana, el Código Orgánico Integral Penal (COIP), la Ley de Extinción de Dominio, la Ley Orgánica de Servicio Público y el Código Orgánico de la Función Judicial.

Publicidad

La ministra de Gobierno, Alexandra Vela, señaló que el proyecto se refiere a una sola materia, aunque reforma varias leyes, y pidió a la Asamblea que lo tramite como si fuera un proyecto urgente, porque es prioritario para el país.

Entre las propuestas del Ejecutivo está la creación de un subtipo de delito de terrorismo: el terrorismo en la cárceles; la creación de un Consejo Nacional de Política Criminal; la creación de los “estados de emergencia”, y el patrocinio legal financiado por el Estado para policías.

Gobierno entregó a la Asamblea el proyecto de Ley Orgánica de Seguridad Integral y Fortalecimiento de la Fuerza Pública

El Gobierno señala que, para gestionar y reducir la violencia en las cárceles, el proyecto de ley reforma la estructura del Sistema de Rehabilitación Social y se integra el directorio del Organismo Técnico a otras funciones del Estado con competencias en el tema: Fiscalía, Corte Nacional, Consejo de la Judicatura y Defensoría Pública. Además, se aclara que el Organismo Técnico del Sistema tendrá al menos un ente rector y un ente ejecutor, aparte de su directorio.

Publicidad

Para reducir el hacinamiento, se dispone que la prisión preventiva solo podrá dictarse en procesos por delitos reprimidos con tres años de prisión o más. Se permite al Organismo Técnico de Rehabilitación Social que decida dónde se cumplirá la pena, y que el juez de Garantías Penales solo conozca dicha decisión cuando es impugnada. También se autoriza a los municipios a asumir la gestión de los centros de privación de libertad provisionales en sus cantones.

Sobre la delincuencia organizada, se optimiza el tipo penal para que se reprima a los colaboradores que no ejercen mando. Además, se excluye este delito de aquellos que pueden acogerse al procedimiento abreviado y las penas reducidas que eso conlleva. Se preserva la reserva de la investigación en aquellos casos en los que filtraciones pueden comprometer no solo ese proceso penal, sino la seguridad de grandes sectores de la población.

Publicidad

El proyecto también aclara que ciertas diligencias, como la detención con fines de investigación, pueden autorizarse sin cursar notificación previa que fomente la fuga, e incluye la inteligencia que se genere en los centros de privación de libertad como parte del Sistema Nacional de Inteligencia. (I)