La Comisión de Fiscalización, este 19 de octubre, recomendó el juicio político al exministro de Energía y Recursos No Renovables por incumplimiento de funciones, y solicitará a la Corte Constitucional que revise la constitucionalidad de los decretos que permitieron la eliminación del subsidio de los combustibles y la fijación de precios mediante el sistema de bandas.

Además, la Comisión de Fiscalización recomienda al presidente de la República, Guillermo Lasso, la derogatoria de los decretos 1054, 1158 y 1183, referentes al sistema de bandas y que determinan los precios internos de los derivados de petróleo.

El decreto 1054 crea el sistema de bandas para el ajuste de los precios de los derivados del petróleo, en función de los precios del mercado internacional, de las gasolinas extra y eco, así como del diésel.

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El decreto 1158 libera los precios y la comercialización interna y externa de los derivados no incluidos en las bandas.

Con el decreto 1183 se regula la determinación de los costos, a nivel de abastecedora, en función del precio internacional del marcador WTI. De igual manera, se recupera para el Estado la potestad de regular los costos de los otros elementos de la cadena de comercialización, lo que había sido atribuido a todos los actores, incluidos los privados, en el decreto 1158.

Según el informe de la Comisión, una constante en los tres decretos es la vinculación de los precios internos de los derivados a los precios internacionales de mercado del crudo y de los propios derivados, así como el facilitamiento para que el sector privado incursione en las actividades de abastecimiento, pese a carecer, en absoluto, de la más mínima infraestructura de almacenamiento y transporte. Lo harían a expensas de la infraestructura de Petroecuador y en detrimento de la capacidad operativa de la empresa pública.

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El juicio político en contra del exministro de Energía fue planteado por los legisladores Luis Almeida (PSC) y Salvador Quishpe (Pachakutik), por incumplimiento de funciones y responsabilidad en la suscripción de decretos que permitieron la implementación del sistema de bandas para el ajuste de los precios internos de las gasolinas y el diésel.

La Comisión de Fiscalización determinó que hay elementos suficientes de convicción respecto a que existió el acto administrativo que configura el incumplimiento de funciones de Ortiz.

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Con insultos y descalificaciones concluye etapa de prueba del juicio político al exministro de Energía René Ortiz

Planillas de servicio eléctrico

También hubo una acusación por la falta de control en el incremento de los servicios de energía eléctrica por el cobro de planillaje presuntivo durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, en tanto que la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor establece que en las planillas emitidas por las empresas proveedoras de los servicios públicos domiciliarios deberá constar exclusivamente el valor del consumo respectivo, más los recargos legales pertinentes y cobros adicionales establecidos expresamente por leyes y ordenanzas, quedando prohibido incluir en dichas planillas rubros adicionales a los señalados.

Por lo tanto, queda prohibido el planillaje a base de sistemas diferentes a la medición directa, tales como valores presuntivos o estimativos, con excepción del sector rural que no disponga de instrumentos de medición.

El establecerse el planillaje presuntivo imputó como consumo de las planillas eléctricas en todo el país valores que no se habían consumido; además, no estableció los correctivos ni los mecanismos para evitar el abuso de cobro de planillas eléctricas en todo el Ecuador, con lo que se configuró la causal del incumplimiento de funciones.

Independientemente de la censura y la inhabilitación del ejercicio de cargo público del exfuncionario René Ortiz Durán, la Comisión solicita al pleno del Legislativo que el informe sea remitido a las diferentes autoridades de control. En el caso puntual de los contratos con las empresas de corte y reconexión de energía eléctrica, se solicita a Contraloría que se realicen exámenes especiales a los contratos de servicio de corte y reconexión de suministros de energía eléctrica a clientes masivos de la Unidad de Negocios de Guayaquil.

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Respecto al cobro excesivo por el planillaje presuntivo, esta Comisión recomienda que se realice la liquidación a todos los usuarios por el valor efectivamente consumido y que se emitan las notas de crédito por los valores cobrados en exceso.

El informe de la Comisión de Fiscalización aprobado por unanimidad de sus miembros pasará a conocimiento de la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, para su inclusión en el orden del día del pleno. (I)